Don José María Rivera, de esta vecindad, otorga que se constituye fiador y principal pagador de don Benigno Farfán de los Godos, en razón de los dineros que deben entrar en su poder por la recaudación del peaje de la garita nombrada de México. El comparente, se obliga en el evento de resultar descubierto Godos hasta por la cantidad de 2 000 pesos en reales de contado.
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Don Bernabé de Elías Vallejo, vecino y del comercio de la misma ciudad, dijo que Ignacio Hidalgo consiguió en la municipalidad de esta población el empleo de corredor de número del comercio de esta plaza, para tal efecto necesita dar fianza de 2 000 pesos. Por la presente y por solicitud de Hidalgo al comparente, éste otorga que se obliga como su fiador, para caucionar con las responsabilidades del mencionado corredor, según y cómo lo ordena la ley, sin que contra Hidalgo ni sus bienes se haga diligencia ni ejecución alguna.
Sans titreEl ciudadano Félix Velasco Quiroz, de esta vecindad, se obliga de pagar a don Antonio José Peredo, de esta vecindad, la cantidad de 4 988 pesos 5 octavos reales, valor total del establecimiento de botica situado en la calle de Belén, como consta del balance y traspaso hecho al efecto, que queda en poder de Peredo; cuyo pago hará dando 250 pesos mensuales, desde el día 21 de julio del presente año, descontando a la cuenta 500 pesos que tiene abonados, restando 4 488 pesos 5 octavos reales que seguirá pagando hasta concluir la deuda. Para mayor seguridad, nombra por su fiador a don Francisco Fernández y Agudo, de quien Peredo señala recibió 2 abonos de 250 pesos, vencidos hasta 21 de septiembre y le entregó recibo.
Sans titreEl ciudadano Dionisio Camacho, de esta vecindad, dijo que en juzgado de hacienda de este cantón se formó expediente a solicitud del administrador de alcabalas sobre la detención que se hizo en la garita del Calvario de dos taratanas que conducía para Puebla el ciudadano Manuel Juárez. Que en el juicio verbal habido en dicho juzgado el 25 del corriente, contradictorio entre el celador Miguel Márquez y el expresado conductor Manuel Juárez, en que el primero pretendía se declarasen los carruajes caídos en la pena de comiso mediante a que venían sin pase ni guía, y en que el segundo defendía no deber incidir en tal pena conforme a la ley del Congreso General a que se acogió para pretender que esos carruajes sean libres en sus importaciones. Tuvo a bien el juez de hacienda de consentimiento del fiscal de ella, en acceder a la súplica que le hizo el comparente, a quien vinieron consignadas de Veracruz las citadas faratanas, de que se permitiese su transporte a Puebla adonde iban dirigidas para los señores Furlong, en consideración a los excesivos gastos que se originarían en esta ciudad con la detención y bajo la caución fideiusoria que estaba pronta a otorgar el mismo comparente por el valor de 1 200 pesos. Que conformes el juez y las partes en que se siguiesen su derrotero las faratanas bajo dicha caución, se pasaron el expediente a este oficio público para que se ponga en él la constancia de haber sido otorgada la fianza. Por lo cual, Dionisio Camacho otorga que fía al mencionado conductor don Manuel Juárez, al consignante de dichas faratanas, a los consignatarios que parece es una compañía de carruajistas de que son miembros los señores Furlong, o a quien aparezca en juicio ser responsable del valor de dichas faratanas, siempre que juez competente se declare en juicio definitivo haber caído en la sobre dicha pena de comiso, en cuyo caso las presentará al momento que sea requerido o su estimación de 1 200 pesos en dinero efectivo.
Sans titreDon Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, don Juan Esteban de Elías y don Manuel de Goiri, vecinos de esta Villa de Xalapa, otorgan poder a Miguel de Lizardi, vecino de la Nueva Veracruz, para que subrogando las fianzas que otorgaron de 2, 000 pesos cada uno a don Pedro de Garay, don Eduardo de Alsasua, y don José Antonio de la Madrid y Loviano, para caucionar los reales tributos de esta jurisdicción de Xalapa, que se colectan por su subdelegado don Gaspar de Iriarte, obligue a cada uno de los otorgantes, como fiadores de dicho subdelegado, por la cantidad de 2, 000 pesos para caucionar dichos tributos.
Doña María de la Trinidad Cabañas, vecina de esta Villa de Xalapa, viuda y albacea de don Cristóbal Martínez tutora de sus hijos, dijo que al casarse por segunda vez perdió la tutoría de sus hijos, razón por la cual solicitó al Juez que diese la tutoría de sus hijos a su marido don Clemente Ávila, y ofreció por él, fianza e hipoteca de un atajo de mulas aparejadas, y ella caucionar dichas tutelas con la casa mortuoria que se le adjudicó, valuada en 1, 320 pesos 2 ½ reales. Por lo que a través de la presente ambos otorgan que se obligan a pagar las tutelas correspondientes a sus 3 hijos para cuando tengan la edad de recibirlos.
Don Juan Bautista Guido, y don Bartolomé Álvarez, vecinos de esta Villa de Xalapa, dijeron que habiendo comprado don José Antonio Pereira de Castro, una casa de don Francisco Hidalgo, gravada con 3, 000 pesos de un censo cargado el año de 1789, y también a 2, 000 pesos de un depósito irregular, pertenecientes a los menores hijos del difunto don Fernando González, mismos que don Carlos Díaz[ de la Serna] y Herrero, Regidor y Alguacil Mayor de esta villa, en representación de los menores, ha prorrogado por otros 2 años, razón por la cual, los otorgantes señalan que se constituyen fiadores de don José Antonio Pereira de Castro, obligándose a devolver y pagar a la persona que sea la parte legítima de los menores, la cantidad de 2, 000 pesos que en depósito irregular están cargados sobre la casa que compró dicho Pereira a don Francisco Hidalgo y Ahumada, junto con los réditos que han corrido hasta el día de la devolución, la que harán dentro de 2 años.
Andrés Gregorio, indio principal y don Marcos Juan, Alcalde actual de San Andrés Acatlán, a través de Antonio Barradas, intérprete de este juzgado, se constituyen en fiadores de Melchor Andrés, indio preso y enfermo en la cárcel pública, quien, para poderse curar y salir de la prisión presentó a sus fiadores ante don Francisco Miguel de Campo, Teniente General de esta provincia, cuyos fiadores se comprometen a devolverlo a la prisión una vez que ya se haya curado
Diego de la Torre Arnate, como principal obligado y Antonio Barradas como su fiador real y llano en que se constituye, otorgan que deben y se obligan a pagar a los señores Jueces y Receptores de la Masa General de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles, la cantidad de 585 pesos; la mitad la pagarán para fin de diciembre del año venidero de 1706 y la segunda mitad en diciembre de 1707. En cuyo monto se le remataron a Diego de la Torre Arnate los diezmos de este pueblo y su partido en la forma y manera que lo estaban antes de la división de este curato.
El Alférez Agustín Velázquez como principal, e Isabel López Ruiz Matamoros, su tía, como fiadora, dijeron que María Rodríguez, viuda que fue de Juan Martín de Abreu, impuso 200 pesos de principal a censo redimible sobre una casa ubicada en la Calle Real a favor del Convento del Señor San Francisco de este pueblo, cuyo principal tiene redimido el Regidor Luis de Monterde y Antillón, de la Orden de Santiago, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, por haber entrado en posesión de la casa y el principal se haya en reales efectivos en poder de Diego de la Torre Arnate, Síndico actual del Convento, con quien tiene ajustado el recibirlos a censo redimible pagando los réditos del 5% en cada año y en su virtud otorgar escritura a favor del Convento. De esta forma, imponen a favor del Convento y en su nombre al Síndico actual, 10 pesos de oro común de censo en cada año que cargan sobre todos sus bienes, especialmente sobre un solar ubicado en este pueblo y una casa de pared con techo de teja que colinda con el aguaje que llaman de Techacapa, por otro lado con solar de Juan Rodríguez, con solar de Juana Agustina, y por otro lado con solar de indios. Asimismo hipotecan lo referido por el que pagarán 5 pesos en julio de este año y los otros 5 al cumplimiento el 14 de febrero del próximo año.