Don José de Ávila, Alcaide de la Real Cárcel, dijo que por cuanto se halla presa en dicha Real Cárcel, María Josefa Martínez, a pedimento de su marido José Estrada por desavenencias en su matrimonio, cuya causa se sigue en el juzgado del Señor Alcalde Ordinario de segunda elección de esta Villa, y habiéndose enfermado dicha María Josefa Martínez, se ha ordenado se excarcele en calidad de presa hasta que mejore su sanidad, por lo cual el otorgante sale y se constituye en fiador comentariense y carcelero seguro, de tal manera que restablecida de sus males la devolverá y presentará en esta Real Cárcel.
FIANZAS
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Don Santiago Sainz Sarabia, vecino y del comercio de esta Villa, otorga poder especial a don Dionisio Fernández, vecino y del comercio de la Ciudad de la Puebla, para que lo constituya y obligue como fiador de don José Antonio de la Peña Vallarta, vecino y del comercio de esta Villa y Alcalde Ordinario de la misma, por la cantidad de 10 000 pesos, que en mayor partida solicita tomar a réditos de 5% anual, de los monasterios, conventos, comunidades, cajas reales y de difuntos o personas vivas que le hagan dicho suplemento.
Don Carlos Díaz y Herrero, Alguacil Mayor y Regidor Decano, junto con don Diego Leño, ambos de esta vecindad y comercio, se constituyen fiadores de don José Ponce, quien nuevamente ha sido habilitado y nombrado en el empleo y cargo de Administrador del Correo de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, por la cantidad de 2 000 pesos, para caucionar los intereses que han de ser a su cargo y han de entrar en su poder.
Don Diego Leño, labrador de esta vecindad y comercio, dijo que don Ramón [María] de Villalba se halla provisto Juez Subdelegado de esta Villa, y para ejercer su empleo requiere caucionar a la Real Hacienda la cantidad de 2 000 pesos. El otorgante es uno de sus fiadores pero no puede apersonarse en la Ciudad de la Nueva Veracruz a formalizar su fianza por las ocupaciones que tiene, por lo que otorga poder especial a don Francisco de Emparan, de aquélla vecindad, para que en su nombre lo obligue a favor de su majestad y por cualquier ramo de su Real Hacienda, como principal y llano pagador por el nominado Villalba hasta en cantidad de 2 000 pesos de oro común.
José Mariano Pérez, vecino de esta Villa de Xalapa, se constituye en fiador carcelero de Pedro Méndez, su padre político, preso en la hacienda y trapiche del Xobo, por un adeudo de 120 pesos que tiene con don Francisco de la Torre, vecino de la jurisdicción de Teziutlán, obligándose a pagar los mencionados 120 pesos en el término de un año a partir de esta fecha.
Manuel Maseda, vecino del pueblo de Quechula, se obliga a pagar a don José María Becerra, de esta vecindad de Xalapa y su comercio, la cantidad de 881 pesos y 6 reales en que ha salido descubierto y le debe después de cumplido el presente plazo, por cantidades que del susodicho ha recibido en dinero y efectos, cuya cantidad pagara dándole 40 pesos cada 3 meses. Y para seguridad de la deuda Toribio Garcés, vecino de esta Villa, se constituye fiador, liso y llano pagador de los 40 pesos en cada plazo.\t
Don Miguel Antonio Barradas, vecino y del comercio de esta Villa, se constituye fiador de don Miguel de Acosta, Cura de la doctrina Xopala, por la cantidad de 500 o 600 pesos correspondientes al importe de las bulas que pueden necesitarse para la provisión de sus feligreses.\t
Doña María del Rosario Ochoa de Amézaga, vecina de esta Villa, mujer legítima de don Matías Ochoa de Amézaga, otorga poder especial a dicho su marido para que en su nombre pueda obligarla como principal pagadora o su fiadora en la cantidad o cantidades que con alguno o algunos individuos comerciantes de la Ciudad de la Nueva Veracruz les comprase el citado su marido algunos géneros o efectos comerciables al fiado.
Don Pedro Mariano de la Cruz, vecino de esta Villa, dijo que en la causa criminal que se está siguiendo en este Juzgado Real Ordinario ante el Señor Alcalde Ordinario menos antiguo, sobre un robo de reales que acaeció en esta Villa la noche del 20 de octubre del año pasado en el almacén de don Juan Esteban de Elías, se mandó pusiesen en libertad bajo caución juratoria a los responsables, lo cual se corrigió pues lo correcto es bajo libertad real comentariense. Y para que tenga efecto el otorgante recibe en fiado preso como carcelero comentariense a José Antonio, a Manuela Melchora y a Francisca Paulina, presos en esta Real Cárcel por dicha causa.\t
Don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino de Naolinco, otorga que se obliga a dar y pagar a la Masa General de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla, Señores Comisarios de su Cofre, 6, 495 pesos en que se remataron los diezmos de semillas, ganados y mestas y el conmutado de maíz de los naturales de los partidos de Naolinco, Tlacolula y Misantla por tiempo de tres años. Y otorga que obliga a don Juan Gómez de Estrada, don Ignacio de Guevara, don Manuel Eugenio de Acosta, vecinos de Jalapa, y a don José Mariano de Acosta, vecino de Naolinco, como sus fiadores.