Don Domingo Malo e Iturbide, Teniente de la Primera Compañía de Granaderos del Regimiento de Caballería Provincial de las Milicias de Valladolid, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Juan José de Aguirre, vecino del comercio de Valladolid, para que en su nombre otorgue escritura de fianza a favor de don José Joaquín de Iturbide, por la cantidad en que anualmente tome en arrendamiento los diezmos de Apasco y sus anexos, que recayeron en él por fallecimiento de su hijo el Licenciado don José Francisco de Iturbide.
FIANZAS
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Don Francisco Xavier Fernández de Ulloa, vecino de la Villa de Xalapa, se constituye en fiador liso y llano pagador de don Gregorio Fentanes, Cura de esta villa, en el ramo de las bulas que se saquen en la próxima publicación.
Don Clemente Couso, vecino de la villa de Xalapa, se constituye en fiador liso y llano de don Rafael de Aguilar, Cura de la doctrina de San Pedro Tonayan, por la cantidad de 400 pesos que importan las bulas que necesita, las cuales pagará en todo el mes de diciembre de este año.
Don Domingo Franceschi[Franco], vecino y del comercio de esta Villa de Xalapa, dijo que por don José Tamariz [y Rivera], Visitador de la Real Renta del Tabaco, se aprehendió en esta Real Cárcel a Manuel Sánchez, uno de los fabricantes de aguardiente de caña, y se le está siguiendo causa, en la que el compareciente se ha ofrecido a otorgar fianza comentariense para que salga de la cárcel; por lo que otorga que recibe en fiado por preso y encarcelado a Manuel Sánchez, de cuya persona se constituye su carcelero comentarience, y en calidad de tal se obliga a ponerlo en esta misma Real Cárcel dentro del término que se juzgare justo.
Don José Mariano Florido, vecino y hacendado en esta Jurisdicción, otorga que se constituye fiador principal pagador del Presbítero don Manuel José de Campo, provisto Cura del pueblo de Apazapa, quien deberá asegurar la satisfacción de los señores Ministros de las Cajas Reales de la Puebla de los Ángeles, la cantidad que en cada bienio importan las Bulas de la Santa Cruzada, las de difuntos y las del nuevo indulto de carnes saludables que han de expender en su feligresía, así como también la seguridad de las Mesadas Eclesiásticas, en el tiempo que dicho presbítero sirva el indicado curato.\t
Don José Antonio Pereira de Castro, de esta vecindad y comercio, declara que por cuanto don Andrés López se halla preso en esta Real Cárcel por el Señor Subdelegado de esta Villa, en virtud de instancia de la Señora Claudia Licona, madre de doña Dolores Blanco, por la causa de mantener una amistad ilícita con su hija, otorga se constituye fiador del enunciado López para caucionar su persona en tal manera que éste cumplirá y guardará carcelería dentro de dicha Villa sin hacer ausencia de ella, y estará pronto a los llamados y a presentarse siempre que sea citado.
Don José Mariano Florido, de esta vecindad y hacendado en su jurisdicción, otorga que se constituye fiador principal pagador del Presbítero don Manuel José de Campo, para que tome colación del curato del pueblo de Ixhuacán de los Reyes, quien deberá asegurar la satisfacción de los señores Ministros de las Cajas Reales de la Puebla de los Ángeles, la cantidad que en cada bienio importan las Bulas de la Santa Cruzada, las de difuntos y las del nuevo indulto de carnes saludables que ha de expender en su feligresía, así como también la seguridad de las Mesadas Eclesiásticas, en el tiempo que dicho presbítero sirva el indicado curato y sean aquellas a su cargo.
Don José Ignacio García, vecino y del comercio de esta Villa, otorga que se constituye fiador y principal pagador a favor de don Tomás Antonio de Illanes, actual Administrador de Rentas Reales unidas de esta Villa, en caución de la Real Hacienda por lo ramos de Pólvora, Naipes y Papel Sellado, que son y han de ser a su cargo, y que será puntual en hacer los enteros que de estos tres ramos le corresponden con presentación de sus respectivas cuentas, y si por su falta, culpa u omisión resultare en su contra algún descubierto, lo satisfará el otorgante hasta la suma de 2 000 pesos.
Don Santiago Sainz Sarabia, vecino y del comercio de esta Villa, otorga poder especial a su hermano don Patricio Sainz Sarabia, vecino y del comercio de Oaxaca, para que otorgue escritura de fianza a favor de don Manuel Antonio de Sarabia, Administrador de Alcabalas de dicha ciudad, en caución de la Real Hacienda por cantidad de 2 000 pesos; y la otorgue con todas sus cláusulas, vínculos y requisitos para su mayor validación y firmeza.
Don Rafael Antonio Lagunas, vecino de Rancho Nuevo, de esta Jurisdicción [sic], otorga que debe a don Santiago Sainz Sarabia, de esta vecindad, albacea del finado don Manuel María de Palacios [y Soto Carrillo] la cantidad de 5 000 pesos, importe del traspaso que le ha hecho de su rancho nombrado Rancho Nuevo, en Jurisdicción de la Antigua Veracruz [sic]. Se obliga a satisfacer dicha suma en el término de 2 años, con sus 5% en cada uno; para seguridad del principal ofrece por su fiador a don Miguel Rodríguez Rojo.