El Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino y mercader de este pueblo de Jalapa, otorga poder al Licenciado don Juan de Lucena y al Licenciado José de Lucena, Presbíteros y vecinos del Obispado de la Puebla de los Ángeles, para que lo obliguen como fiador y principal pagador, en compañía de don Diego Cardeña, en las cantidades de pesos en que se rematen los diezmos del partido de Ixhuacán de los Reyes, pagándolos a la iglesia catedral de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles.
FIANZAS
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Don Juan Martínez de Espinosa y Franceschi, asociado de su curador don Juan Nepomuceno de Urquía, de esta vecindad, dijo que siéndole deudor a don José Bernardino Alcalde de la cantidad de 211 pesos por lasto que hizo este señor a virtud de que como fiador del comparente dio esa suma a don Félix Velasco Quiroz, fue demandado el relacionante en el Juzgado de Primera Nominación, donde se convino que dicha deuda será cubierta en el término de ocho meses, dando durante ese tiempo el 3 por ciento mensual. Y que debiendo formalizar ese convenio, el nominado Juan Martínez de Espinosa confiesa ser deudor a don José Bernardino Alcalde de los enunciados 211 pesos procedentes de la indicada fianza y se obliga a satisfacer la enunciada cantidad a dicho su acreedor en término de ocho meses y a pagar durante ese tiempo el premio de un 3 por ciento. Y para seguridad del crédito hipoteca la parte que le toque por herencia materna.
Sem títuloDon Francisco Fernández y Agudo, don Martín Sánchez y Serrano, don Juan Franco, don Manuel de Cano y Valle, don Bernardo Sayago, don Francisco Palacio Miranda, don Bernabé de Elías Vallejo y don Francisco Antonio de la Serna, de esta vecindad, dijeron que por el gobierno ha sido nombrado para administrador de la Aduana Marítima de Veracruz don Manuel María Pérez, quien debe caucionar con ocho fiadores por cantidad de 2 000 pesos cada uno. Por lo que, a través de la presente, los otorgantes señalan que se constituyen fiadores y principales pagadores por la responsabilidad que pueda resultarle a don Manuel María Pérez en el referido destino de administrador de la aduana marítima de Veracruz.
Sem títuloDon Juan Bautista de Lezama, residente en este suelo, dijo que en uno de los juzgados de la ciudad de Puebla se han seguido y penden autos sobre concurso a bienes de don Carlos Chávez, entre cuyos acreedores se halla don Manuel María Pérez, actual administrador de la Aduana Marítima de Veracruz, a quien en un reparto que hicieron los síndicos de dicho concurso, le señalaron y percibió 2 610 pesos, previa fianza de acreedor que prestó en aquella ciudad don Diego Cervantes, quien por haberse ausentado de esa vecindad, pidió se le releve de dicha fianza. Por lo antes mencionado, don Juan Bautista, otorga que se constituye fiador de don Manuel María Pérez, en tal manera que, si el juez de dicho concurso llegase a declarar que el mencionado señor Pérez debe recibir poco o nada de la citada cantidad, exhibirá el otorgante de su bolsillo, la que fuere hasta por la cantidad de 2 610 pesos.
Sem títuloDon Nicolás Pastoressa, como síndico del Ayuntamiento de esta ciudad, a nombre de dicho Ayuntamiento, otorga pone a disposición de don Cesáreo Reyes, el cobro de las pensiones municipales de la plaza de carnes, para que haga la recaudación por su cuenta y riesgo desde el día 15 del corriente, bajo las cláusulas y condiciones contenidos en el documento por el que consta, y que se agrega a la presente. Debiendo hacer el contratista la primera exhibición de 100 pesos el día quince del corriente. Estando presente don Dionisio Luis Camacho y Reyes, señaló que se constituyó fiador pagador por don Cesáreo Reyes, de tal manera que, si éste faltase a la exhibición que debe hacer de 100 pesos en los días primero y quince de cada mes, incluyendo el 15 del presente, el tiempo de la contrata, los enterará el otorgante, luego que se le requiera.
Sem títuloDon Pedro Mengouz, de esta vecindad, y don José Antonio Hernández, de la población de la Hoya, el primero como administrador de las diligencias de línea, cuyas acciones tienen rematadas las postas que comprehenden las mismas líneas, y el segundo como particular. Ambos comparentes han contratado lo siguiente: José Antonio, se obliga a conducir desde la Hoya a Perote, la correspondencia del correo ordinario, teniendo para el efecto las bestias de silla y mula de carga en buen estado y a las horas de costumbre, por el tiempo de un año, contados desde el próximo día 10 de agosto, y por la cantidad de 350 pesos, de los que al momento Mengouz le entrega 150 pesos, y los restantes 200 pesos al vencimiento de los primeros seis meses. Estando presente don Joaquín Rincón, se constituyó fiador del mencionado José Antonio.
Sem títuloEl ciudadano Antonio María Priani, vecino de esta ciudad, dijo que el ciudadano Miguel Palacio a nombre de sus hermanos sigue autos ejecutivos contra la testamentaria de don Carlos Arias, vecino que fue de esta vecindad, por la cantidad de 3 413 pesos, testamentaria que está debiendo a la del padre del señor Palacio, en virtud de escrituras reconocidas en los que profirió auto de remate ante el escribano don Juan Nepomuceno de Arriaga, en 18 del presente mes y año, y venta de los bienes secuestrados. Y con el producto de dicho remate y venta, se haga el pago de la mencionada deuda y costas, que para ponerlo en ejecución se requirió al actor diese fianza. En su consecuencia, don Antonio María Priani otorga que, si la referida sentencia fuese revocada o modificada por tribunal superior, o siempre que sea condenado a restitución en dicho juicio, el citado señor Palacio volverá incontinenti que sea requerido, la cantidad que en virtud de ella percibiere, y no cumpliéndolo, se obliga el otorgante a satisfacerlo por él.
Sem títuloEl escribano Ángel Narciso de Ochoa y Ortega, dijo que doña Prisciliana Rascón y Ulloa, dueña de los oficios públicos de cabildo y de hipotecas de esta ciudad, ha obtenido un decreto del señor Jefe Superior de Hacienda de la ciudad de Veracruz, por el que se manda que el señor administrador subalterno de rentas de esta ciudad, admita la cuarta parte del arrendamiento del citado oficio que ofreció la interesada hasta cubrir la cuarta parte de la media anata. Y como el compareciente se halla despachándolo interinamente por 20 pesos mensuales de arrendamiento, ha convenido con dicha señora en entregarle mensualmente en esta Aduana Nacional, los 5 pesos correspondientes a la cuarta parte de dicha renta, en lo que está de acuerdo el señor don Luis Uribarry, administrador subalterno de esta Aduana. Por lo cual, otorga que se obliga a entregar mensualmente, desde el día 4 del próximo mes de marzo, 5 pesos al expresado señor Uribarry. Y para mayor seguridad ofrece como su fiador a don Bernardo Sayago, de esta vecindad y comercio.
Sem títuloDon Ángel de Ochoa, escribano público en esta ciudad, dijo que doña Prisciliana Rascón y Ulloa, dueña del oficio público y del de hipotecas, obtuvo decreto del Jefe Superior de Hacienda de la ciudad de Veracruz, por el que se mandó que el administrador subalterno de ésta, admitiese la cuarta parte del arrendamiento de los citados oficios que ofreció la interesada hasta cubrir la cuarta parte de la media anata, y como el comparente se haya despachándolos interinamente por 20 pesos mensuales, convino con dicha señora en entregar en esta aduana los 5 pesos que corresponden a la cuarta parte de dicha renta, en lo que estuvo conforme don Luis Uribarry, administrador subalterno de esta misma aduana, previa la obligación correspondiente que con fianza de don Bernardo Sayago, otorgó el relacionante el 23 de febrero del corriente año. Y habiéndose dispuesto posteriormente la superioridad que en lugar de la cuarta parte del expresado arrendamiento sea la tercera, por lo que se le pidió al comparente otorgue nueva obligación por los 6 pesos, 5 reales y 4 granos, que es la tercera parte de los 20 de dicho arrendamiento de los oficios referidos. Por lo tanto, don Ángel de Ochoa, otorga que se obliga a entregar mensualmente desde el día 4 del próximo enero de 1839, 6 pesos 5 real y 4 granos al administrador don Luis Uribarry. Y para mayor seguridad de dicha cantidad y en razón de haberse ausentado de esta ciudad don Bernardo Sayago, ofrece por fiador al nominado don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad y comercio, quién estando presente se constituye como tal.
Sem títuloDon José María Rodríguez Roa, de esta vecindad y comercio, dijo que el Superior Tribunal de Justicia del departamento dio el nombramiento de procurador de número a don Manuel Valentín Martínez Espinosa de los Monteros, de esta vecindad, quien, para cumplir con el reglamento interior de los tribunales superiores, ofreció al comparente como su fiador. Por lo antes mencionado, José María, otorga que se constituye fiador del citado Manuel Valentín, en caución de los provechos, adjudicaciones y demás documentos que entren en su poder, y recaiga para el libre uso de su ejercicio.
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