Don Antonio Gomila y Santiago López, ambos de esta vecindad, dijeron que José Sánchez se halla preso en esta Real Cárcel, en virtud del exhorto librado por el Alcalde de primera elección de la Ciudad de Veracruz, por delito de igual clase cometido en este suelo que en Veracruz; pero tiene que contestar en el Juzgado de Veracruz para que se le verifique el delito cometido, por lo que los comparecientes se constituyen en fiadores del referido Sánchez, recibiéndolo en fiado, preso y encarcelado, como carceleros comentariences, obligándose a presentar al preso en el término de 4 días en aquel juzgado y en caso de no hacerlo, lo traerán de nuevo a esta cárcel siempre que el juez lo mande.
FIANZAS
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Don Francisco Roso, vecino de esta vecindad y comercio, dijo que por cuanto José Francisco Barradas se encuentra preso en la Cárcel Real a instancia de José Antonio Prados, vecino de Coatepec, por cantidad de 93 pesos que le debe dicho Barradas, y no teniendo al presente reales con que satisfacer la deuda, se le ha concedido la espera de 20 días para recolectar la expresada suma vendiendo algunas reses o algún otro bien, siendo necesario excarcelarlo para que realice las diligencias necesarias, constituyéndose el compareciente, Francisco Roso, como fiador carcelero, quien lo recibe en fiado preso como carcelero comentariense, obligándose a presentarlo cuando el juez así se lo requiera.
Don Vicente Lledo, vecino del pueblo de Altotonga, principal deudor, y don José Bello, vecino del mismo pueblo, como fiador, otorgan que se obligan a pagar a María Ana Roso, viuda y albacea de don Antonio Merino, y a don Marcos Roso, vecinos de esta Villa de Jalapa, la cantidad de 904 pesos y 3 reales, por compras que el principal deudor hizo a fiado.
Don Juan Bocelo, vecino de esta Villa de Jalapa, se constituye en fiador de don Francisco Ángel del Camino, obligándose a pagar a don Francisco Antonio de Zamacona, Factor y Administrador General de los Ramos de Tabaco, Pólvora y Naipes, la cantidad de 1, 500 pesos que se calculó para cada uno de los 6 fiadores que nombró el citado don Francisco Ángel del Camino.
Don Miguel Antonio Barradas,vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, otorga que se constituye en fiador, liso, llano y principal pagador del Cura del pueblo de Santa María Magdalena Xicochimalco, don José Mariano de Ayala e Hidalgo, por el importe de 2, 252 bulas de a 2 reales que intenta sacar para su doctrina.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, otorga que se constituye como fiador, liso y llano pagador del Cura de esta villa, don Gregorio Fentanes por el importe del anunciado Ramo de Bulas que sacará para próxima publicación.
Don Juan Esteban de Elías y don Francisco Javier Sáenz de Santa María, del Comercio de España y vecinos de la Villa de Xalapa, otorgan que se obligan como fiadores de don Joaquín Freiría y Sotomayor, Provisto Regidor Depositario General de esta Villa, por la cantidad 4, 000 mil pesos cada uno, para caucionar los intereses que se le depositen durante su oficio.
Don Pedro Bartolomé Aragón, vecino de la Villa de Xalapa, en nombre de don Francisco Antonio de la Torre, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, dijo que ha seguido pleito con don Nicolás Manuel Fernández, como apoderado de los herederos de don Felipe Montes de Guevara, vecinos de la península de España, sobre preferencias de deudas o créditos de cada uno por 12, 819 pesos 5 y 1/8 reales, que se hayan en depósito perteneciente al deudor común don Juan Antonio Gómez; por lo que don Pedro Bartolomé, en nombre de dicho su poderdante, obliga a éste a devolver incontinenti 6, 900 pesos en caso de que la Real Audiencia nombrase a dichos herederos de don Felipe como acreedores más privilegiados.
El Capitán José de Arias y Torija, vecino de la Villa de Xalapa, otorga poder especial a don Juan Maniau y Torquemada, Oficial de la Factoría de Tabacos de Veracruz y vecino de aquella ciudad, para que en su nombre lo obligue por la cantidad de 1, 000 a favor de la Real Hacienda y Señores Ministros principales de ella, de las Reales Cajas de Veracruz, para caucionar el Ramo de Papel Sellado que es a cargo de don Juan de Arias, Factor de Tabacos de aquella misma ciudad.
Don Antonio Callebout y don Francisco Pren y Castro, estantes en la Villa de Xalapa, dijeron que por orden comunicada por el señor intendente de esta provincia se les ordeno manifestasen sus intereses y entretanto no diesen fianzas abonadas los tendrían a disposición de la superioridad y sus personas sujetas a carcelaria en sus casas, por lo que don Juan Mateo Juille y don Juan Benito Muedra otorgan se constituyen como fiadores de don Antonio Callebout y don Francisco Pren.