José Sebastián Antonio Jiloteo, vecino de Maxtatlán, y José Andrés Viveros, vecino de la hacienda de Almolonga, otorgan que se constituyen fiadores y carceleros de José Manuel Viveros, también vecino de Maxtatlán, al que reciben fiado en el puerta de la cárcel pública y se obligan a entregarlo en el término de ocho días, tiempo que se le ha concedido, en la causa instruida ante el juez del partido, por extravío de un baúl que le entregó el capitán don Tomás Matos en Puente Nacional para que lo condujese a Plan del Río, en tal manera que a los ocho días ha de haber recorrido los montes por donde se extravió la bestia y hallado el baúl lo deberá entregar al dicho juzgado y de no cumplir con esta obligación lo deberán de restituir a la prisión.
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1823/09/19
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