Rodrigo Hernández, vecino de la provincia de Jalapa, se obliga de pagar a Juan López Ruíz, 225 pesos de oro común, que son el precio de una estancia para ganado mayor en términos de Colipa.
ESTANCIAS
165 Descrição arquivística resultados para ESTANCIAS
Diego Daza, vecino de Jalapa, vende en nombre de Pedro Valencia, un sitio de estancia para ganado mayor en términos de Colipa, a José Rodríguez, vecino de Iztacamaxtitlán, en 150 pesos de oro común.
Lorenzo Sánchez, vecino de la Ciudad de México, traspasa a Gabriel de Balmaseda un sitio de estancia para ganado mayor en términos de Colipa.
Diego Daza, vecino de Jalapa, en nombre de Gabriel de Balmaseda, vende a José Rodríguez, vecino de San Juan Iztacamaxtitlán, un sitio de estancia para ganado mayor en términos de Colipa, en el precio de 150 pesos de oro común.
Juan García Calleja, vecino de la provincia de Jalapa, vende a su yerno Melchor del Moral, una casa, tierras, ganados y otras propiedades que tiene en su estancia en términos de Coatepec, por el precio de 3500 pesos de oro común.
Juan García Calleja, y sus hijos Blas Machado y María Esquivel, venden a Francisco Hernández de la Higuera, vecino de la Puebla de los Ángeles, 9 caballerías y media de tierra, dos sitios de estancia para ganado menor, unas casas, ganados y pertrechos agrícolas, en 2500 pesos de oro común.
Sebastián Díaz, vecino de Jalapa, hace donación a Pablo Gutiérrez, vecino de Tecamachalco, de un sitio de estancia para ganado mayor en términos de Chicuacentepec.
Hernán Ruiz de Córdoba, se obliga de pagar a Tomás de Herrera, 800 pesos de oro común que son el valor de tres sitios de estancia para ganado mayor.
Cristóbal de Miranda, vecino de la ciudad de Chiapas, se obliga a pagar a Martín Larios, vecino de la ciudad de los Ángeles, 740 pesos de oro común, los cuales son por razón y de resto de dos sitios de estancia de ganado mayor que el susodicho le vendió con el ganado de su hierro.\n
Simón de Prado, residente en el pueblo de Maltrata, se obliga a pagar a Juan Ramírez Pinedo, residente en dicho pueblo, 500 pesos de oro común, los cuales son por razón de dos caballerías de tierra y un sitio de estancia para ganado menor.\n