Diego de Anaya y Pissa, maestro del arte de boticario, examinado y aprobado por el Real Protomedicato de la ciudad de México, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da su poder a don Julián [roto] Centeno, maestro de dicho oficio, y a don Francisco de Valdez, Escribano de Su Majestad, vecinos de la ciudad de México, para que representando su persona [lo defiendan] en todas sus causas, negocios civiles y criminales, movidos y por mover.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOESCRIBANOS
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Juan Morera de Silva, Escribano del Rey, vecino de esta villa de Córdoba, que al presente asiste [roto] del oficio público y del cabildo de ella, como Teniente del Capitán Juan Jiménez, su propietario, otorga que da su poder a Francisco Javier de Luna, Procurador del Número de la Audiencia Ordinaria de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre parezca ante el Capitán don Felipe de Sierra y Cangas, Alcalde Ordinario por Su Majestad, y pida el auto proveído presentado por Pedro Ignacio Rodríguez, sobre la injusta demanda que sigue contra el presente otorgante, conforme a ello se le dé testimonio para el seguimiento de dicha apelación y hasta que la consiga, haga pedimentos, requerimientos, y los demás autos, diligencias.
LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOREl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario en ella, Síndico del convento del Señor San Antonio de esta villa, en virtud de patente del Muy Reverendísimo Padre Provincial de dicho convento de la ciudad de México, cuyo cargo está ejerciendo en esta villa de Córdoba, y en virtud de dicha facultad y en nombre del convento, otorga que vende a Agustín Jiménez Cortés, niño de siete años, ahijado del Capitán Juan Jiménez, Escribano Público del pueblo de Orizaba, que se ha criado en su casa, un negro esclavo del dicho convento nombrado Antonio que será de edad de ocho a diez años, criollo, el mismo que a dicho convento hizo donación don Nicolás de Rivera, difunto, vecino que fue de esta villa, por haber nacido ahogado como consta de la información que incluye esta escritura. Lo vende en precio de 200 pesos de oro común, los cuales ha recibido por mano del citado Secretario Juan Jiménez.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Morera de Silva, Escribano del Rey Nuestro Señor, vecino de esta villa de Córdoba, que al presente asiste al despacho de oficio público de ella, como Teniente del Capitán Juan Jiménez, su propietario, en virtud de mandamiento del superior gobierno de esta Nueva España, certifica y da fe que este registro se compone de 267 fojas con ésta, y se han otorgado por las partes 150 instrumentos, uno del alcalde mayor don Francisco Sigler [del Rebollar]; otro del Capitán don Manuel de Rosas Sáenz, Caballero del orden de Calatrava y dos del Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcaldes Ordinarios, y los ciento cincuenta y uno restantes por ante el presente escribano, y para que conste así lo certifica.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan de Espinosa, Escribano del Rey Nuestro Señor, otorga que vende al Capitán Juan de Malpica, vecino del pueblo de Xalapa [Jalapa], un negro su esclavo nombrado Antonio de Espinosa, criollo, nacido en su casa, hijo de Isabel negra su esclava, que será de veintiséis años. Lo vende en precio de 500 pesos de oro común, el cual dicho esclavo lo tiene entregado en el pueblo de Xalapa [Jalapa], por haberle huido y aprehendido en el citado pueblo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de esta villa, exhibió una escritura testimoniada para su registro en este libro, su data 31 de diciembre de 1716, al parecer signada y firmada de don Miguel García Fragoso, Escribano Real y Público de la ciudad de los Ángeles, en cincuenta y tres fojas para el efecto de registrarla, la cual consta y parece ser una escritura de obligación y censo que otorgó don Sebastián de Guevara y Lucio, vecino de dicha ciudad de los Ángeles, como apoderado de dicho Capitán don Lope Antonio de Iribas y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su legítima mujer, de 25 000 pesos procedidos del valor de la hacienda que compró Guevara y Lucio para los susodichos, nombrada San José de Omealca, que está en la jurisdicción de la Antigua ciudad de la Beracruz [Veracruz], y quedó por bienes del Alférez don José Gómez Dávila; dicha cantidad quedó sobre una hacienda que remató públicamente, y quedó a favor de las obras pías que dejó el Doctor don Diego Peláez Sánchez, Maestre de escuela que fue de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles, a quien pertenecía dicho principal; y dicho Guevara y Lucio obligó a sus otorgantes a pagar la mitad de dicha cantidad que son 12 500 pesos para el día 4 de diciembre de 1720 y los otros 12 500 para el día 4 de diciembre de 1724, asimismo a pagar los réditos, la cual dicha escritura de obligación se hizo junto con las hipotecas de cuatro haciendas de hacer azúcar ubicadas en esta jurisdicción.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Señor Licenciado don Pedro Molina Pérez, Presbítero, Cura Coadjutor, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa, exhibió un testimonio signado y firmado al parecer de Pedro Ibáñez Cabellos, Escribano Real y Público de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de una escritura [roto] por el Capitán don Antonio de los Reyes [Ladrón de Guevara], vecino y mercader de dicha ciudad, [roto] don Alonso Gómez del Corro, su data en la ciudad de los Ángeles a 24 de julio de este presente año, por la cual se obligó en nombre de su parte a exhibir en la Secretaría de Gobierno de este obispado 2 000 pesos de principal de una capellanía procedidos de la venta de la casa que le hizo el Alférez Mayor don Juan Valero Grajeda a su parte, cuya exhibición se obligó a hacer de la fecha de la escritura en cuatro años a don Francisco de Oliván, capellán propietario interino de dicha capellanía, para mayor seguridad de dicho principal y réditos obligó en nombre de su parte e hipotecó la dicha casa; y para que conste la registra en el presente libro del becerro.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJoseph Gómez Dávila, Manuel Gómez Dávila, doña María [Gómez] Dávila, doña Marina y doña Josepha [Josefa] Gómez Dávila, todos hermanos y vecinos de esta villa de Córdoba, hijos de Domingo Antonio Gómez, Escribano Público, y de doña Juana Dávila [Valero], difuntos, dijeron que los bienes de su madre se hallan cargados en el valor de la hacienda de hacer azúcar nombrada San Joseph [San José], en términos de esta jurisdicción, la cual está en poder de su hermano Alonso Gómez Dávila; por lo que a través de la presente otorgan poder especial a Antonio [roto] para que representándolos, pida, demande y reciba de Alonso Gómez Dávila la cantidad de pesos de sus legítimas, para lo cual haga los pedimentos, requerimientos, citaciones, y demás que se requiera y sea necesario, por lo que se le da éste con libre y general administración para ello.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Alférez Joseph [José] de Padilla, residente en esta villa en voz y en nombre de Miguel González, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, en virtud del poder que éste le otorgó, vende a Nicolás de Estrada, Escribano de Su Majestad y Público de esta villa, un esclavo criollo de la ciudad de Santo Domingo de la isla Española, nombrado Rodrigo Miguel, que será de veintitrés años poco más o menos, que hubo y compró el susodicho de Martín de Ycochea [Icochea] y doña Leonor de Berrio y Obiedo [Oviedo]. El cual vende por esclavo cautivo, sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre, libre de empeño, enajenación e hipoteca, al precio de 100 pesos de oro común, horros de alcabala.
FRANCISCO DE BARRIOS, JUEZ RECEPTORCertificación del testamento de Don Pedro Caramur Enrriquez [Enríquez], natural de la ciudad de Sevilla, residente en esta villa de Córdoba, hijo legítimo de don Pedro Caramur Enrriquez [Enríquez] y de doña María Enrriquez [Enríquez] de Castilla y Momparles [Momparler], difuntos. En dicho testamento declara lo siguiente: Debe de 700 a 800 pesos poco más o menos, de los rezagos de alcabalas que fueron durante el tiempo en que permaneció de alcalde mayor de la provincia de San Antonio Guatusco [Huatusco] y esta dicha villa. También debe más de 300 pesos, en que Su Majestad lo alcanzó, por el beneficio de una cantera que obtuvo siendo tal alcalde mayor, distante una legua de esta villa en que se labraban las piedras para el castillo de San Juan de Ulúa; es su voluntad se ajuste la cantidad líquida que fuere, y en caso de no alcanzar para su paga con el valor de sus bienes que deja, pide “por el amor de Dios” que el resto, para su reintegración se lo perdonen. Debe varias cuentas de pesos al Capitán Luis Saens [Sáenz] de Tagle, al Capitán Domingo de la Rea y otras personas, mediante a que se compruebe, no tener con que pagar, pide “por amor de Dios”, se lo perdonen. Deja entre sus papeles diferentes cuadernos [roto] en el que consta lo que a él se le debe. Nombra por su albaceas testamentarios y tenedores de bienes al Capitán Luis Saens [Sáenz] de Tagle y al Capitán Joseph [José] de Segura y Seballos [Ceballos] Alcalde Ordinario actual y vecino de dicha villa. Declara por hijo natural, habido en mujer soltera, a Joseph Seron [José Cerón], niño de ocho años, poco más o menos, que se halla en casa de Agustín Seron [Cerón] en la ciudad de la Puebla de los Ángeles. Por bienes señala cuatro esclavos, y los demás que se hallaren de la puerta hacia adentro de su casa y que constarán por su inventario. Nombra por tutor y curador al dicho Capitán Tagle.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO