ESCRIBANOS

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              1245 Archivistische beschrijving results for ESCRIBANOS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0118 · Stuk · 1700/04/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Manuel Francisco de Urquía, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán don Juan Esteban de Aparicio, de la Orden Tercera [roto] y Agente de Negocios de la villa de Madrid, para que en su nombre comparezca ante Su Majestad [roto] y ante el Consejo de las Indias y pida que se le haga merced en propiedad de un título de escribano real en esta villa y Nueva España.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0121 · Stuk · 1700/12/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El escribano menciona que devuelve el original a poder del depositario general don Baltazar González de Velilla Blanco.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0066 · Stuk · 1831/01/25
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad y comercio, dijo que don Bernabé de Elías Vallejo, también de este comercio y vecindad, ha tomado en arrendamiento la hacienda titulada de La Orduña, ubicada en términos de este cantón, por el precio y condiciones que constan en una escritura formalizada en la capital de México, ante el Escribano Nacional y Público don Francisco Calapiz, con fecha de 16 del mes actual. Estipulando una de las cláusulas que Elías debe afianzar a favor del locador, que lo es don Pablo Beti, como albacea del señor prebendado don José Joaquín de la Pedreguera, y habiéndose admitido la caución del comparente, quien por la presente otorga que se constituye fiador y pagador por don Bernabé de Elías, obligándose a cumplir las condiciones que se estipulan en dicha escritura.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0100 · Stuk · 1831/01/29
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Francisco Rivadeneira, a nombre propio; y don Manuel Martínez, como apoderado de doña María Manuela Yáñez, vecina de Puebla, en virtud del poder que ésta le otorgó en dicha ciudad el 31 de diciembre del año pasado, por el cual, se le autoriza, para que pidiendo a Rivadeneira cuentas, las liquide, adicione y apruebe conviniéndose y transigiendo con él sobre ellas y su pago, con arreglo a las instrucciones de doña María Manuela Yáñez. Dijeron que habiendo dado al citado Rivadeneira, en el año de 1824, 6 000 pesos para que los girara libremente y con sus utilidades sostuviera a su familia, Rivadeneira promovió una escritura pública de obligación a favor de la señora Yáñez, la que por consentimiento de ambos se otorgó en la ciudad de Puebla, por ante el escribano Nacional Ignacio de Urrutia el 27 de junio de 1825. Escritura en la que Rivadeneira se obligó a reconocer la citada cantidad por término de 8 años, pagando los réditos del 5 por ciento anuales y bajo la hipoteca de todos sus bienes. Posteriormente, el 21 de marzo de 1826, provoco la señora Yáñez una conciliación ante el alcalde quinto interino de esa ciudad, en la que confesando su patrono, el Licenciado don Manuel Ruiz, que su parte había hecho a Rivadeneira donación de 1 000 pesos y diciendo que ignoraba ella en que parte se hallaban los 5 000 pesos restantes, que eran los únicos a que con su respectivos réditos tenía derecho ya, quería se le expusiese aquello y se le asegurara su dinero con un instrumento e hipoteca de una finca raíz. Dificultándose el asunto por la falta de bienes de Rivadeneira, finalmente convino éste con el Licenciado don Manuel Martínez en nombre de la señora Yáñez, que el asunto se tenga por transigido en los términos y con las condiciones siguientes: 1.ª que la deuda que Rivadeneira tiene con la señora doña Manuela Yáñez, queda reducida a la cantidad de 1 650 pesos, así por el capital de 5 000 pesos, como por los réditos. 2.ª esta cantidad no ha de causar ninguno en adelante, y se ha de satisfacer parcialmente. 3.ª por lo pronto, el deudor debe entregar 300 pesos a don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio, persona elegida por la Yáñez. 4.ª en los primeros días de marzo y en adelante, debe entregar 40 pesos mensuales a la misma persona hasta concluir el pago de los 1 350 pesos. 5.ª para realizar el pago, no se pediré fianza ni otra seguridad. 6.ª se deberá entregar a Rivadeneira escritura en donde conste que queda cancelada la de fecha de 27 de junio de 1825, y de alguna otra que en su contra pudiera obrar. Considerando que dan valor a la presente escritura para cumplir lo pactado en ella, por lo que ambos Martínez por la señora Yáñez, y Rivadeneira por sí mismo, quienes señalan que en la presente transacción no hay dolo ni engaño alguno, dando por nulos y rotos todos los instrumentos, obligaciones y papeles que se hayan extendido antes.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0211 · Stuk · 1831/12/31
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio María Buenabad, Escribano Interino, certifica que los 106 instrumentos contenidos en las 269 fojas de este registro han pasado por ante él, incluyendo los testamentos que se han otorgado externamente. Cuyo registro comenzó el 29 de enero y concluyó hoy día de la fecha, aclarando que, aunque son 105 instrumentos, los numerados deben ser 106 por hallarse duplicados el número 28.

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