Don Miguel Valero Gragera [Grajeda], Alférez Mayor, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa, como uno de los herederos del Bachiller don Juan García Balero [Valero], Presbítero, su hermano; juntamente con el Doctor don Joseph Balero [José Valero Grajeda], Cura Foráneo y Juez Eclesiásticos de esta villa, con don Diego Balero [Diego Valero Grajeda], Regidor, y doña María Balero [María Valero Grajeda], todos hermanos y también herederos nombrados en el testamento so cuya disposición falleció, su fecha en la ciudad de los Ángeles a los 5 de enero del corriente, ante Felipe Cortés de Brito, Escribano de Su Majestad; dijo que entre los bienes de dicho difunto quedaron dos haciendas de labor ubicadas en la jurisdicción de los Ángeles, nombradas San Bartolomé y San Juan Amaluca, las cuales fueron vendidas por los citados herederos a Pedro de Soto Mayor [Sotomayor], vecino de ella, en precio de 23 000 pesos, en que se incluyeron 11 700 pesos que sobre ellas se hallan impuestos a censo. Asimismo, dijo que de la cantidad restante, 8 500 pesos dio de contado y 2 800 se obligó a pagar en plazos como parece en la escritura que otorgó en 8 de marzo pasado. Y porque en dicha escritura es calidad que el otorgante debe ratificar para su validación, cumpliendo con ella, otorga que aprueba y ratifica la dicha escritura de venta otorgada por los demás herederos del difunto, según como en ella se contiene.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOESCRIBANOS
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Francisco de Mitre, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que al presente posee un solar en esta villa, en la calle Real que sale de ella para el pueblo de Orizaba, cuya esquina hace frente por la parte del sur con la esquina del solar y casa de Diego Pérez; por la del norte con casa y solar de Juan de Monteagudo; y por el poniente con solar de Nicolás del Castillo. Dicho solar lo recibió por merced de los señores Justicia y Regimiento de esta villa; y respecto a no habérsele dado el título por haber fallecido Domingo Antonio, Escribano, presentó escrito ante los señores Justicia y Regimiento para que le dieran título, el cual se le proveyó el 23 de marzo de 1697. En cuya conformidad, otorga que vende a Juan Joseph [José] Coronado, vecino de esta villa, medio solar, de la parte que hace esquina con la de Diego Pérez, compuesto de 25 varas de frente y 50 de fondo. Lo vende en precio de 40 pesos.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICONicolás López, Escribano Real y Público, certifica que los documentos entregados en los 8 pliegos antecedentes contados desde la foja 109 hasta la 126, han sido y parecen en papel del sello cuarto en atención a no haber del sello tercero en esta villa, ni 20 leguas en contorno, hasta ahora que se trajo de la ciudad de los Ángeles.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Doctor don Joseph Valero de Grageda, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, Comisario del Santo Tribunal [roto] de este obispado, otorga que da poder especial al señor don Pedro Xpstobal de Balcasar [Cristóbal de Balcázar], vecino de la villa de Madrid, Caballero del Orden de Calatrava y Ayuda de Cámara del Rey, para que en su nombre parezca ante Su Majestad y en su Real y Supremo Consejo de Indias pida cualquier merced o mercedes en el reino [roto], y “siendo Su Majestad servido de hacerme alguna merced me remita a este reino los títulos de ella”.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICONicolás de Estrada, Escribano de Su Majestad, vecino de esta villa de Córdoba, Teniente de Juan de Espinosa, Escribano Público del partido de Orizaba, de San Antonio Huatusco y villa de Córdoba, certifica y da testimonio de verdad “que hoy día de la fecha como a las diez horas del día, estando en el trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora de Guía de que es dueño don Balthazar Gonsales de Belilla Blanco [Baltazar González de Velilla Blanco], vecino de dicha villa, que dista de ella dos leguas, a donde fui llamado a pedimento del susodicho y saliendo de las casas principales de dicha hacienda por el camino real que va a la ciudad de México, hacia el alto de la barranca que llaman [roto] a medio cuarto de legua [roto] lado de dicho camino veo una mojonera de pie [roto] una cruz de madera encima que dice dicho don Baltazar González de Velilla [Blanco] que es lindero que tiene puesto el regimiento de dicha villa, de las tierras que pertenecen a ella, con que al parecer dichas casas quedan comprendidas debajo de dicho lindero por estar dicho medio cuarto de legua según aparece más delante de dichas casas, saliendo de esta dicha villa y para que conste de pedimento del dicho don Baltazar González de Velilla Blanco”.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOFrancisco Dias [Díaz], Juan Pedro, Nicolás Falcón, Lorenzo Bernardo, Juan de Santiago, Joseph Mathias [José Matías], [José] de Rua, Juan de la Cruz Vidaña, Pedro Dias [Díaz], [roto] Mexicano, Joseph [José] Antonio, Thomas Vasquez [Tomás Vázquez], [Nicolás] de la Cruz, Juan Agustín Miguel, Juan Hernández, Andres [roto], Lorenzo de Salas, Nicolás García y María Gerónima [Jerónima], vecina del pueblo de Orizaba, oficiales de cantería que trabajan en la obra de ella; y la dicha María Gerónima [Jerónima] como administradora que dijo ser de la persona y bienes de Andrés de la Cruz, su hijo menor, y de dicho su marido difunto; dijeron que por el año de 1685 trabajaron en dicha cantera de cuenta de Su Majestad y se les quedó a deber la cantidad de pesos que consta por la relación jurada, que de dichos débitos dio el Alférez Pedro Pablo Sánchez [López], Superintendente de dicha obra. Y para que haya persona que por ellos pida al Excelentísimo Conde de Galve, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, el libramiento en forma para que el Capitán don Pedro Caramur [y Henríquez], Alcalde Mayor de dicha villa, les pague a cada uno las cantidades de pesos que por dicha relación consta debérseles, y a María Gerónima [Jerónima] la que dicho su marido “había de haber”, otorgan que dan su poder al Alférez Sebastián Sánchez de las Fraguas, vecino de la ciudad de México, Escribano del Juzgado General de Bienes de Difuntos, para que representando sus personas parezca ante el Virrey y ante quien y con derecho deba y haga todo cuanto los otorgantes harían hasta conseguir dicho libramiento.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, a saber el [roto] Mayor don Miguel Valero de Grageda [Grajeda], Alcalde Ordinario [roto] de esta villa; el Alguacil Mayor Gregorio Martínez [de Solís]; los Regidores Joseph [José] de Leiva, don Francisco Valero [Grajeda], [Diego Valero Grajeda] y Francisco de Aguilar; otorgan poder general a [roto], vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que los represente y defienda en todos los pleitos que contra esta villa haya. Y especialmente para que haga viva representación al Excelentísimo Señor Virrey y Real Audiencia del derecho con que pretende introducirse Juan de Espinosa, Escribano Público de Orizaba, cuando consta por la cédula de fundación de esta villa, la facultad que Su Majestad le concedió por tiempo de treinta años para que pudiese nombrar regidores y escribanos y que pasado dicho tiempo los beneficiaría, como beneficio a dichos regimientos, faltando sólo de beneficiar la escribanía, de la que resultó ganador dicho Juan de Espinosa, por mandamiento de dicho Señor Virrey con pena de 1 000 pesos. Asimismo, pueda hacer las posturas que le parezcan para dicha escribanía pública y de cabildo de esta villa.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALDiego Notario, vecino de la ciudad de Cádiz y residente en esta villa de Córdoba, en nombre y con poder del Capitán don Diego de Ayala, vecino de Cádiz, vende al Alférez Juan Maldonado, vecino de esta villa, un esclavo mulato nombrado Andrés de Avalo y Ayala, en precio de 150 pesos.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALCertificación de escrituras contenidas en este protocolo que hace Juan Francisco Cardeña, escribano nacional, público interino, fecha 31 de diciembre de 1826.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOEl Capitán don Bartolomé Soriano Correa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en términos de Songolica [Zongolica] inmediata a esta jurisdicción, otorga poder especial a Bernardino Felices, Escribano de Su Majestad, residente en esta villa y vecino de la ciudad de Tehuacán, para que lo obligue como su fiador y principal pagador en la cantidad de pesos en que hiciere postura al oficio de escribano de cabildo de esta villa y al nuevo público que pretende se le agregue.
FRANCISCO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTOR