El escribano Ángel de Ochoa, certifica que los documentos que tienen su firma y obran en este protocolo que inició desde el 18 de enero hasta el ocho del presente, son los mismos que han pasado ante él. Pone por testigos a los ciudadanos Manuel Cosa, Juan Varela y José Antonio Anaya.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANOESCRIBANOS
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Don Diego Briseño, de esta vecindad, dijo que en el testamento cerrado bajo que falleció don José Manuel Cruz y Bremont y fue otorgado en esta ciudad el 10 de julio de 1832, le nombró dicho testador para curador ad bona de sus dos hijas doña María Dolores Eulalia Cruz y Ochoa y doña Juliana Cruz y Hernández, asimismo le nombró por su albacea testamentario y tenedor de bienes, cuyos cargos tiene aceptados, no menos que afianzado el de curador, y en tal virtud le fue discernido en forma por el señor Juez Tercero. Que no pudiendo el comparente permanecer en este suelo por sus atenciones que repetidamente le llaman fuera, ha resuelto facultar a persona de su confianza que le desempeñe en todo; y reduciéndolo a efecto en la vía y forma otorga que como tal albacea del finado don José Manuel Cruz y Bremont y curador ad bona de las hijas de éste, da todo su poder al nominado escribano don Juan Nepomuceno de Arriaga para que a nombre del comparente ponga en giro la testamentaría, organizando los inventarios, formado la cuenta de división y partición con total arreglo al testamento.
JOSÉ MARÍA OCHOA, ALCALDE DE CUARTA NOMINACIÓNLa señora doña María Francisca Fernández de Ulloa, de esta vecindad, mayor de edad, otorga poder especial al Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, para que a nombre de la señora comparente y representado su propia persona que la competen como propietaria que es del oficio público de esta ciudad, la defienda en todos los asuntos relativos al mismo oficio, haciendo se conserve con los goces, franquicias y usos que le pertenecen y de que ha estado y está en posesión.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña Nicolasa Catarina Cardeña, mayor de 50 años, dueña del Oficio Público [escribano] reunido al de Cabildo, otorga que renuncia al citado oficio en primer lugar en el Capitán de Milicias Retirado don José de Arias, en segundo en don Juan Francisco Cardeña, y en tercero en don Juan José Corral y Cardeña, para que después de sus días se presenten en el superior gobierno en el orden establecido a que se les libre título en forma.\t
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, doncella mayor de 50 años de edad, dueña del Oficio Público reunido al de Cabildo, usando las facultades concedidas por Su Majestad a los dueños de oficios vendibles o renunciables, renuncia el citado oficio en primer lugar en don Juan Francisco Cardeña, escribano por Su Majestad, quien lo despacha actualmente; en segundo lugar en don Juan José Corral y Cardeña y en tercero en don Francisco Corral y Cardeña, para que después de los días de la otorgante, en el orden prevenido, se presenten en el Superior Gobierno con testimonio de esta renuncia para que se le libre título en forma para su uso y ejercicio.
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, de estado doncella mayor de 50 años de edad, dueña del Oficio Público reunido al de Cabildo, usando las facultades concedidas por Su Majestad a los dueños de oficios vendibles o renunciables, renuncia el citado oficio en primer lugar en doña María Francisca de Ulloa; en segundo lugar en don Juan Francisco Cardeña, escribano por Su Majestad, quien lo despacha actualmente; en tercer lugar en don Juan José del Corral, para que después de los días de la otorgante, en el orden prevenido, se presenten en el Superior Gobierno con testimonio de esta renuncia para que se les libre título en forma para su uso y ejercicio.
Certificación que hace el Escribano del Rey, Público y de Cabildo interino de esta Villa de Xalapa, don Juan Francisco Cardeña, de los instrumentos públicos contenidos en el registro de 1811.
Doña María Francisca [Fernández de] Ulloa [y Careña], viuda, vecina de esta Villa, otorga poder especial a don Agustín Quiroga, Factor Administrador de la Real Renta de Tabaco de la Nueva Veracruz, para que en su nombre se presente en aquel Magistrado de Intendencia y con el testimonio de la renuncia de Oficio Público y de Cabildo de esta Villa, que a favor de la compareciente otorgó en primer lugar su difunta tía, doña Nicolasa Catarina Cardeña, practique cuantas diligencias sean necesarias para que en el superior gobierno se le reconozca como dueña del citado oficio.
Doña María Francisca [Fernández de] Ulloa [y Cardeña], vecina de esta Villa, viuda, mayor de 25 años de edad, otorga poder especial al Doctor don José Nicolás Maniau y Torquemada, para que en su nombre comparezca ante el superior gobierno de este reino, donde pida se le declare como dueña del Oficio Público, el cual le fue cedido y otorgado por la renuncia que hizo del mismo, la difunta doña Nicolasa Catarina Cardeña, tía de la otorgante.
Juan Nepomuceno de Arriaga, escribano nacional y único público en esta ciudad y su partido, albacea que es de su finado padre, don José Francisco de Arriaga, y heredero del mismo, otorga poder especial a los señores doctor don José Ignacio González Coraalmuro y don José Ignacio de Covarrubias, residentes en la ciudad de México, para que en su nombre y representando los derechos y acciones que le corresponden como tal albacea y heredero, concurran a formalizar la respectiva escritura de adjudicación en favor de su hermano, el teniente retirado don Juan Francisco de Arriaga, de los bienes que existen en el pueblo de Amecameca, pertenecientes unos a la testamentaria de su nominado padre y otros al intestado de su hermano don Antonio Guillermo [de Arriaga], contra los que es acreedora aquella; cuya adjudicación se debe verificar bajo las propuestas que tiene hechas su referido hermano, las cuales se mencionan en eta escritura.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO