Francisco Luis, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Pedro Rodríguez, vecino y encomendero de la nueva ciudad de Veracruz, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar, pipas de vino, cacao, mercaderías de la tierra y de Castilla, u otro cualquier género de géneros; y una vez vendidos de contado, queden horros de todas costas y daños, 1 000 pesos de oro común, con los cuales se haga pago por otros tantos que le debía a Juan González, difunto, de quien es albacea.
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Doña Dionisia María de Herrera y Sosa, mujer legítima de Diego Méndez de Granda, vecina del pueblo de Jalapa, otorga poder especial en primer lugar al Licenciado Antonio Pavón de NeIra, Abogado de la Real Audiencia de México, y en segundo a don Miguel Pinzón, ambos vecinos de la Ciudad de la Puebla, para que en su nombre parezcan ante el juzgado eclesiástico y saquen censuras generales hasta la de anatema para que se publiquen en la ciudad de la Veracruz y demás partes donde convenga, a fin de descubrir prendas y caudales que pertenezcan a sus menores hijos y de don Carlos de Zugadi, difunto encomendero y su primer marido.
El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio La Santísima Trinidad, dio su poder cumplido a Antonio de Dueñas, mercader, encomendero y vecino de la nueva ciudad de Veracruz generalmente para en todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales, que tuviere con cualesquier personas.
Pedro de Argaiz, natural de la ciudad de Corella, en el reino de Navarra, vecino de este pueblo de Jalapa, dio su poder cumplido a sus sobrinos Juan y Gregorio de Argaiz, vecinos de la ciudad de Corella, generalmente para en todas sus causas y negocios que tuviere en ella; especialmente, para que puedan probar jurídicamente su filiación y nacimiento, de cómo es hijo de Pedro de Argaiz y de Ana de Olite, vecinos que fueron de la dicha ciudad de Corella; y de cómo su padre fue hermano legítimo de Miguel de Argaiz, el viejo, bisabuelo del dicho Juan de Argaiz y abuelo del dicho Gregorio de Argaiz; y como el otorgante es primo hermano de Miguel de Argaiz, abuelo del dicho Juan de Argaiz, y primo hermano de Pedro de Argaiz, padre del dicho Gregorio de Argaiz y primo hermanos de Juan de Argaiz, vecino de la ciudad de Mérida, de la provincia de Campeche y encomendero de los pueblos de Ezil y Pencoyuto, y tío del Capitán Miguel de Argaiz, vecino de la ciudad de Mérida de Yucatán y encomendero del pueblo de Tecoto, y cerca de esta probanza, hagan cualesquier pedimientos, presenten testigos, escritos ante las justicias de Su Majestad, y todos los demás autos y diligencias que convengan hasta conseguir el efecto de esta probanza de filiación.
El Capitán Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa dijo que Juan Rodríguez de Tejada, mercader vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, fue nombrado tutor y curador de la persona y bienes de Juan José de Thormes, y se aprobó por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de México, afiance la tutela, en virtud del poder que le confirió el mencionado Juan Rodríguez para aceptar, jurar y obligarle a la dicha tutela, proveyó auto el Alcalde Mayor para que aceptase y jurase la tutela y otorgue información de los fiadores que para ella ofrecía y que son don Juan de las Peñas Montalvo; don Tomás Pérez, encomendero; don Dionisio Caro, tratante; don Bernardo Palacios, mercader; don Juan Salvador, mercader; el Capitán de Caballos Corazas, don Bartolomé Murillo de Rueda; y don Diego Bustamante, mercader; todos vecinos de la ciudad de los Ángeles, los cuales le confieren poder para ello al mencionado Juan Rodríguez de Tejada y al Capitán Bartolomé de Castro para los efectos expresados y asimismo por otro poder a don Simón López de Vieira, don Alonso de Arce y Velarde y don Martín Fernández de las Heras, mercaderes y vecinos de San Martín Texmeluca y don Juan de Anguiano, vecino y dueño de hacienda de labor en el partido y doctrina de dicho pueblo, en dicha ciudad de Huejotzingo.
Lucas Martín Ibáñez, dueño de sus carros, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido al Capitán Blas de Burgos de Estrada, vecino y encomendero de la nueva ciudad de Veracruz, para que en su nombre otorgue la escritura de obligación que convenga en favor de la persona o personas a quien Juan Martín de Abreo[Juan Martín de Abreu] vecino de Jalapa, debiere 1 400 pesos de oro común, porque de presente está preso en la nueva Veracruz, obligándolo como su fiador en la forma que le fuere pedido, de tal manera que su compadre Juan Martín de Abreo sea puesto en libertad.
Don Juan Pérez de Cosío, Diputado de Flota, residente en el pueblo de Jalapa, vecino de la Ciudad de Sevilla en los Reinos de Castilla, ratifica el poder para testar que le tiene otorgado a don Mateo González de Cosío, vecino y encomendero de la Nueva Ciudad de la Veracruz, a don Juan Pérez de Cosío y a don Juan de Recabado, vecino de la Ciudad de México, personas de su mayor confianza, pero estando en riesgo de fallecer en este lugar y no hallándose ninguna de las personas a las que otorgó poder, nombra como albacea al Capitán José del Camino, Alcalde Mayor de esta jurisdicción para que lo use en todo lo que se ofrezca.
Don Santiago de Andino Trechuelo, hijo legítimo de padres difuntos, natural de la villa de Quintana de Baldiviejo y residente en este pueblo de Jalapa, encomendero que vino con la flota a cargo del Marqués de Mari realiza testamento, en el cual nombra albaceas a don Juan Domingo de Cosío, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, a don Juan de Andino, su hermano y vecino de la Ciudad de Cádiz y a don Gregorio Fernández Mantilla, vecino de este pueblo de Jalapa, y como herederos universales a su hermana doña María Andino junto con su hijo Juan de Andino Vélez.