El Capitán Tomás López de Sagade, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario en ella y su jurisdicción, dijo está de viaje en la Nueva ciudad de la Veracruz con su Compañía de Infantería Española de esta villa, y por lo que Dios fuere servido disponer, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea sepultado en la parroquia de esta villa, y que el día de su entierro todos los sacerdotes que fueren posible hasta en número de 20 digan una misa cada uno. Manda se den limosnas a las cofradías del Santísimo Sacramento de la iglesia parroquial de esta villa, a la de la Purísima Concepción de Nuestra Señora de Jesús [roto], Nuestra Señora de la Soledad y Ánimas del Purgatorio. Declara ser casado con doña María de Brito [Lomelín], hija de Salvador de Brito [Lomelín] y de doña [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], y tiene por hijo natural al Licenciado Alonso López de Sagade [de Bugueiro]. Declara ser natural de la villa de Mellide [Melide] e hijo de don Alonso López de Sagade [de Bugueiro] y de María Varela de la Iglesia, asimismo, dijo no tiene recibidos de sus padres cosa alguna a cuenta de su legitima, sólo 50 doblones de a 4 pesos cada uno que le dio su madre para su pasaje a este reino y 200 reales de vellón que le dio su padre y un macho ensillado que vendió en Cádiz a 800 reales de vellón. Manda que de sus bienes se den diferentes cantidades de dinero a Jacinto de Chávez, a Diego Núñez, y a Micaela González, niña, [roto]. Declara que del precio de las tierras de su trapiche de hacer azúcar y de la licencia para su fundación todavía debe 250 pesos, de lo que dio fianza para pagarlos a Su Majestad o a los propios de esta villa, los cuales tiene en depósito con el Capitán Francisco de las Casas de quien tiene recibo para que se paguen a quien tocare el derecho a dichas tierras. Declara tener en poder del Capitán Ignacio de Acosta Tenorio 918 pesos y 4 reales de oro común de los cuales tiene librados 400 pesos al Doctor Francisco Santín Villamane, Beneficiado interino del pueblo San Juan Coscomatepec, para que habiendo menester se le dieren en préstamo y en caso de que dicho beneficiado los haya recibido ordena se cobren [roto]. De lo contenido en la cláusula antecedente tiene remitidas en este último [roto] a dicho Capitán Ignacio de Acosta 198 arrobas y 14 libras de azúcar blanca [roto]; señala tiene remitidas a su encomendero don Joseph [José] de Padilla, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, 283 arrobas de azúcar blanca; también a don Juan Antonio Romero, 3 cargas de tabaco fino; tiene entregadas cargas a Domingo de Brito [Lomelín] y a Catalina Ruiz de Santiago. Declara por bienes las casas de su vivienda con medio solar en que está fundada y una tienda de mercaduría y pulpería a cargo de Diego Núñez, que la administra a salario, cuyo monto de géneros que en ella están entre deudas y prendas monta 3 550 pesos 2 tomines; la mitad de una casa de piedra y solar en que fue fundada; y un trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, que se compone de las tierras que le pertenecen con casas de calderas y molienda de cal y canto cubierta de teja y una cocina, otros jacales, 12 suertes de caña, molienda corriente, calderas de cobre [roto], otros bienes y treinta y tres piezas de esclavos. Manda que si su hijo don Joseph [José] López de Sagade [Bugueiro] quisiera ordenarse de epístola siendo clérigo, manda a su mujer doña María de Brito [Lomelín] junto con su albacea testamentario que instituya y funde una capellanía. Nombra albacea a la dicha su mujer y por su fallecimiento a su hermano el Bachiller Bartolomé de Brito [Lomelín], Clérigo Presbítero, y como universales herederos a sus hijos.
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Doña Dionisia María de Herrera y Sosa, mujer legítima de Diego Méndez de Granda, vecina del pueblo de Jalapa, otorga poder especial en primer lugar al Licenciado Antonio Pavón de NeIra, Abogado de la Real Audiencia de México, y en segundo a don Miguel Pinzón, ambos vecinos de la Ciudad de la Puebla, para que en su nombre parezcan ante el juzgado eclesiástico y saquen censuras generales hasta la de anatema para que se publiquen en la ciudad de la Veracruz y demás partes donde convenga, a fin de descubrir prendas y caudales que pertenezcan a sus menores hijos y de don Carlos de Zugadi, difunto encomendero y su primer marido.
Juan de Arellano, mulato libre, oficial de sastre, vecino del ingenio nombrado La Santísima Trinidad, se obligó a pagar al Capitán Don Esteban de Vértiz, vecino y encomendero de la nueva ciudad de Veracruz, 166 pesos y 2 tomines de oro común, que por hacerle buena obra le prestó en reales de contado, para de hoy día de la fecha en un año cumplido, con las costas de la cobranza.
El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio La Santísima Trinidad, dio su poder cumplido a Antonio de Dueñas, mercader, encomendero y vecino de la nueva ciudad de Veracruz generalmente para en todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales, que tuviere con cualesquier personas.
Luis Pacho Mejía, residente en su ingenio nombrado Nuestra Señora de los Remedios, vecino y regidor de la ciudad de México, dio su poder cumplido a Luis de Eslava, vecino y encomendero en la nueva ciudad de Veracruz, generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que en su nombre pueda cobrar cualesquier pesos de oro, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones que le debieren, especialmente, para que ajuste cuentas con Fernando de Porras, vecino de la ciudad de México, sobre la compañía que ambos hicieron desde hace tres años para poblar de ganados la Estancia de Xanicolulco, el hatillo y demás tierras que eran del Contador Alonso de Villanueva, en cuyo derecho sucedió por compra que hizo a sus acreedores; reciba la parte que le cupiere y pueda concertar de nuevo otra compañía con el dicho Fernando de Porras o con otras personas.
El Capitán Sebastián de la Higuera Matamoros, residente en su ingenio de Nuestra Señora de la Concepción, dio su poder cumplido al Alférez Juan Montero, vecino y encomendero en la nueva ciudad de Veracruz, y a Miguel Sánchez, procurador en la dicha ciudad, generalmente para en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar cualesquier pesos de oro, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones que le debieren.
Luis Pacho Mejía, residente en su ingenio nombrado Nuestra Señora de los Remedios, ajustó cuentas con el Capitán Luis de Eslava, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, persona que ha sido su encomendero en la venta y administración de los azúcares del dicho ingenio, y otras cosas que ha comprado y vendido en su nombre; de cuyo ajustamiento le resta debiendo 19 163 pesos de oro común, los cuales se obligó a pagar al citado Luis de Eslava en esta manera: 2 000 pesos para el fin del mes de mayo del presente año, otros 2 000 pesos para fin de mayo de 1635, otros 2 000 pesos para fin de mayo de 1636, otros 2 000 pesos para fin de mayo de 1637, otros 2 000 pesos para fin de mayo de 1638, otros 2 000 pesos para fin de mayo de 1639, otros 2 000 pesos para fin de mayo de 1640, otros 2000 pesos para fin de mayo de 1641, y los 3 163 pesos restantes, para fin de mayo de 1642.
Don Sebastián de la Higuera Matamoros, residente en su ingenio de Nuestra Señora de la Concepción, como marido de Doña Josefa de Arellano y de Irala, hija legítima de Don Ramiro de Arellano y de Doña María de Irala, dio su poder cumplido al Alférez Juan Montero, vecino y encomendero en la nueva ciudad de Veracruz, para que en su nombre pueda tomar y aprehender la posesión de cuatro sitios de estancias de ganado mayor, comprendidos en la escritura de promesa de dote de sus suegros, ya finados, linde con las estancias pobladas llamadas Santa Fe y Moreno; 1 500 vacas, tres esclavos negros, una casa labrada de piedra sita en la ciudad de Veracruz, y todos los demás bienes contenidos en la escritura de promesa de dote; asimismo, pida la partición de los bienes entre su esposa Doña Josefa y su hermano Don Fernando de Arellano e Irala, únicos herederos de de Don Ramiro de Arellano y Doña María de Irala.
El Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros y Doña Josefa de Arellano e Irala, su legítima mujer, residentes en este ingenio, y estando presente Don Fernando Ruiz de Córdoba y Arellano, hermano de los susodichos, y uno de los herederos de Don Ramiro de Arellano, con licencia de su tutor, juntos de mancomún dieron poder cumplido a Juan Montero, vecino y encomendero en la ciudad de Veracruz, para que cobre de los señores jueces y oficiales reales de la citada ciudad, y del Receptor de Avería de San Juan de Ulúa, los alquileres de las casas de piedra en que estuvo alojada la Compañía del Capitán Don Pedro Puerto Carrero, aprobando los autos y diligencias hechos en esta razón por Cristóbal de Lozana Salazar con los dichos oficiales reales.
Andrés Pérez de la Higuera, residente en su ingenio nombrado de La Santísima Trinidad, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a Juan de Goicochea, vecino y encomendero de la nueva ciudad de Veracruz, para que en su nombre y a su dita y crédito compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que le pareciere convenir; y una vez vendido de contado, y hecho barata y salida de ello, queden horros de todos costos y daños, 600 pesos de oro común, los cuales haya y tome para sí, por otros tantos que le deben.