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              1654, Expediente 2
              MX UV.USBIX ANO-E-00107 · Dossier · 10/04/1654
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Información hecha de pedimento de Juan Martín Castro, vecino de esta ciudad, acerca de ser suyas 10 mulas que le embargaron en el pueblo de Orizaba de pedimento de Rafael Gesala y Francisco Gutiérrez. \n

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0108 · Pièce · 1706/10/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Sargento Miguel Díaz de Aguilar y doña Josefa de Prado, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto don Francisco José de Alvarado apoderado de don Diego Manuel de Alvarado, su hermano, Asentista que fue de la Real Fábrica de la Pólvora, por él y en nombre de los demás hederos del Capitán don Juan de Alvarado, difunto, Caballero que fue del Orden de Santiago, su padre, presentó escrito y un mandamiento del virrey ante el Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, por el cual se manifestaba que el presente compareciente Miguel Díaz de Aguilar adeuda 761 pesos y un real a los herederos de Juan de Alvarado, del tiempo que fue comisario de la pólvora en esta villa. También, dijeron que reconocían el escrito, pero que sólo estaban debiendo 334 pesos y un real por haber pagado 427 pesos, sin embargo, en la presente fecha no contaban con la cantidad restante, razón por la cual el compareciente fue encarcelado y embargados todos sus bienes. Asimismo, dijeron que posteriormente convinieron con el citado don Francisco José de Alvarado, que cuando el compareciente saliera de la cárcel, a los ocho días subiría a la Puebla y daría cuenta de dicho débito de 300 pesos y lo demás dentro de un año. En consecuencia, don Francisco José de Alvarado se presentó ante el señor alcalde para manifestar el acuerdo al que había llegado con el presente otorgante y autorizaba el desembargo de sus bienes y que fuera suelto de la prisión. En cuya virtud los otorgantes para cumplir con el trato, otorgan que se obligan a pagar a los herederos del Capitán Juan de Alvarado, 426 pesos de oro común, dicha cantidad incluye los costos y salarios de dicha ejecución, los cuales pagarán en la manera siguiente: 300 pesos dentro de ocho días en la ciudad de la Puebla de los Ángeles y los 126 pesos restantes dentro de un año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0036 · Pièce · 1699/05/18
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don José de Leiva y Esparragosa, vecino de esta villa, dijo que por cuanto al presente se halla por dueño de un rancho que está en esta jurisdicción nombrado San Diego, “que éste está al principio de su fundación y principiado por mano y disposición” de don Balthazar González de Belilla [Velilla] Blanco, Depositario General y Regidor perpetuo de esta villa por Su Majestad, a quien viendo pobre y atrasado y con crecidas obligaciones ha solicitado ayudar como lo hizo en el fomento de dicho rancho, debajo del concierto y ajuste que tuvieron para ello como consta de los instrumentos que uno a otro se otorgaron para su mayor claridad; y respecto de que al presente se halla “muy a los principios la dicha fundación” en que tiene gastadas muchas cantidades de pesos de su caudal, sin que haya puesto[roto] reales el dicho depositario [roto] por cuya razón se halla dueño de dicho rancho. Por otra parte dijo que de presente ha comparecido en esta villa la parte del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral, pidiendo y demandando cantidad de pesos al dicho don Balthazar González de Velilla Blanco, y en virtud de Real Provisión que presentó ante la justicia ordinaria de esta villa se ha pasado a la ejecución de todos sus bienes, y considerando ser suyo dicho rancho se pasó también a trabar dicha ejecución, a pesar de haber presentado dichos instrumentos, con petición en que alega el derecho que le asiste, se procedió a la ejecución por la parte que le puede tocar a dicho depositario general; mandando dicho juez que ocurriese a representarlo a la audiencia de la ciudad de México. Y para poder representarlo otorga poder a don Juan [Matías] de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante Su Alteza y señores de la Real Audiencia de México y en razón de lo referido y presentando dichos instrumentos que para dicho efecto le remita, pida se le declare tocar y pertenecer dicho rancho al otorgante, sin que de ninguna manera quede perjudicado por las diligencias hechas por la justicia ordinaria de esta villa, en orden de lo pedido por el Doctor don Diego Peláez.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0037 · Pièce · 1699/05/18
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, vecina de esta villa, mujer legitima de don Baltazar González de Bellida Blanco, dijo que ante los señores de la Real Audiencia de la ciudad de México está siguiendo pleito contra dicho su marido y sus bienes por parte del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, por cantidad de pesos que le debe; y al presente se haya en esta dicha villa dicho don Diego Peláez, quien en virtud de Real Provisión ha procedido a diferentes diligencias de ejecución y embargo de bienes de su marido, “en que se halla damnificada en más cantidades de 4 500 pesos” por razón de su dote, donaciones y otros derechos que todo ello consta de instrumentos que serán con este poder, y para que haya personas por la otorgante que se oponga a dichas ejecuciones por su dote, gananciales y derechos, otorga que da su poder cumplido a don Juan [Matías de] Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante los señores de la Real Audiencia y se oponga a las ejecuciones contra los bienes de su marido, por el derecho que le toca y pertenece y porque debe ser preferida en la cantidad de su dote, mitad de gananciales, donaciones y otros derechos que le son favorables.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0022-PC_0022_0001 · Pièce · 1687/01/13
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Diego [Antonio] Madrazo Escalera, vecino del pueblo de Orizaba, declara que el Licenciado Joseph [José] de Morales, Abogado de la Real Audiencia de México, en cumplimiento de la Real Provisión de su Alteza, fue a la provincia de Tabasco a la averiguación de ciertos capítulos que algunos de los vecinos pusieron contra el Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la citada provincia; por cuya causa y en virtud de los despachos de los señores del Real Tribunal de Cuentas de la Real Hacienda, y para beneficio de los pesos de oro que fueron a cargo de dicho Alcalde Mayor como recaudador que ha sido de ellos, le embargaron todos sus bienes. Y para que dicho Antonio de Cueto Bracamontes pueda ocurrir ante los señores presidentes y oidores de Real Audiencia y pedir se le desembarguen sus bienes, para poder cobrarlos y de lo procedido pagar a Su Majestad 8 400 pesos; así como para mayor seguridad de los pesos de oro, le pidió salir por su fiador en cantidad de 1 000 pesos. Y por la presente el dicho Diego Madrazo Escalera otorga que se constituye fiador del Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, para que lo obligue por su fiador y principal pagador haciendo deuda ajena, por la cantidad de 1 000 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0022-PC_0022_0004 · Pièce · 1687/01/16
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lope de Yribas [Iribas], vecino de la villa de Córdoba, dijo que por cuanto el Licenciado Joseph [José] de Morales, Abogado de la Real Audiencia de México, en cumplimiento de la Real Provisión de su Alteza, fue a la provincia de Tabasco a la averiguación de ciertos capítulos que algunos de los vecinos pusieron contra el Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la citada provincia; por cuya causa y en virtud de los despachos de los señores del Real Tribunal de Cuentas de la Real Hacienda, y para beneficio de los pesos de oro que fueron a cargo de dicho Alcalde Mayor como recaudador que ha sido de ellos, le embargaron todos sus bienes. Y para que dicho Antonio de Cueto Bracamontes pueda ocurrir ante los señores presidentes y oidores de Real Audiencia y pedir se le desembarguen sus bienes, para poder cobrarlos y de lo procedido pagar a Su Majestad 8 400 pesos; así como para mayor seguridad de los pesos de oro le pidió salir por su fiador en cantidad de 1 000 pesos. Y por la presente el dicho don Lope de Yribas [Iribas] otorga que se constituye fiador del Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, para que lo obligue por su fiador y principal pagador haciendo deuda ajena, por la cantidad de 1 000 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0004-PC_0004_0032 · Pièce · 1644/06/08
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Manuel [del Polear], vecino de esta villa, hijo de Manuel Martín del Polear [sic] y de Beatriz Hernández Márquez, vecinos que fueron de la isla de La Palma, isla de Canarias, de donde es natural, otorga testamento en la manera siguiente: Declara que debe a Amaro Luis por su servicio personal; a la viuda de José Hernández Vaquero; al Alférez Juan García Valero; a la viuda Beatriz de Sotomayor, y a otras personas que se mencionan en la escritura. Señala por sus bienes la casa de su morada, una negra esclava llamada María y veintinueve mulas y machos de recua. Menciona por sus deudores a Pedro Hernández de Asperilla, por un pleito que entre los dos se conchabaron, y en caso de que éste pague manda que se le den 200 pesos a los herederos de Jacinto [ilegible] a quien se los debe y le tiene embargado 800 pesos. Declara que fue casado con Ana de Sandoval, quien llevó de dote 500 pesos, pero él no se acuerda con cuanto la dotó. Nombra por sus albaceas testamentarios a Ana de Sandoval, y a Jusephe [José] de Medices [Medises], su cuñado; y por sus universales herederos nombra a su mujer, y a sus hermanas de las que no ha tenido noticia, y si fueren muertas que se herede a los hijos de éstas.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0034-PX_0034_0190 · Pièce · 27/09/1757
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Juan José del Castillo, vecino y del pueblo de Chacaltianguis, jurisdicción de Cosamaloapan, otorga poder a Luis del Castillo, su legítimo hijo, para que en su nombre reciba todos los bienes que le embargó el Alcalde Mayor de Cosamaloapan, y para que cobre todas las cantidades de reales por escrituras, vales, cuentas de libro que le deban.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0042-PX_0042_0006 · Pièce · 16/01/1769
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Roque Jacinto Florido, vecino del pueblo de Banderilla, Camino Real para México, Doctrina del Curato de Xilotepec, otorga poder especial a don Pedro Alcántara Barraza, Agente de Negocios y uno de los Procuradores de Número de la Real Audiencia de México, para que cobre de la recua de don Juan de la Garrida, la cual se haya embargada junto con sus demás bienes, la cantidad de 214 pesos y medio real, de la que es deudor.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0037-PX_0037_0182 · Pièce · 22/10/1761
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Eguia y don Matías de la Mora Castañeda, vecinos del pueblo de Jalapa, se obligan y constituyen en fiadores de Lucas de Campos, vecino de este pueblo, al cual se le embargaron bienes, por lo que siendo dicho Manuel, el acreedor, solicitó se los entreguen en pago de su dependencia dando la demasía; otorgan que se obligan y que entregaran los bienes avaluados como los reciben o su importe en dinero de contado.