Francisco de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor en ella y partido de San Antonio Huatusco, otorga que de su espontánea y libre voluntad, hace gracia y donación a Agustín Alfonso Gómez, vecino de esta villa, de un pedazo de solar de 25 varas de largo y 12 de ancho, que hubo y compró con una casa de piedra y cal, cubierta de teja, de Isidro de Zetina [Cetina] y Juana de Morantes. Dicho solar está ubicado en la calle que cae al norte de dicha casa a la parte del poniente, linda su esquina con solar de Luis Fernández de Andrade; y por la parte del sur y oriente con su solar; y por el norte con solar que fue de Manuel de Sarabia.
Zonder titelDONACIONES
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Juan Rodríguez Durán, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto los Reverendos Padres Descalzos de la Provincia de San Diego de México, del Orden de Nuestro Seráfico Padre Señor San Francisco, pretenden fundar y elegir en esta villa un convento de su religión con vocación y título de San Antonio de Padua, para cuyo efecto han enviado al Reverendo Padre Fray Joseph [José] de Melluegui, Definidor y Secretario de Provincia, y respecto de que Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa, tiene hecha donación de un pedazo de tierra en esta villa [roto] para la fundación de dicho convento, y porque para ello se necesitan [otras] [roto] varas de tierra más [roto] para que su fábrica [roto] tenga la perfección necesaria, por la presente hace gracia y donación a los Reverendos Padres Descalzos de un solar de tierra en esta villa, que linda por el sur con dicho pedazo de tierra asignado para dicha fundación.
Zonder titelDoña María [de] Brito Lomelín, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Capitán don Tomás López de Sagade, tutora y curadora de sus hijos, hace gracia y donación a la cofradía del Santísimo Sacramento de esta villa de un negrito nombrado Domingo del Sacramento, de cinco años de edad, hijo de Nicolás y de Gertrudis, negros esclavos de su propiedad, para que perpetuamente sirva a dicha cofradía en todo aquello que sea de su divino culto y ministerio en la Santa Iglesia de esta villa y siendo el mayordomo quien le tenga a su cargo como bien de dicha cofradía, sin que por ninguna razón pueda ser vendido a excepción de que por desgracia saliera tan avieso y mal inclinado que no convenga tenerlo en dicho ministerio, siempre y cuando su valor se emplee en otro esclavo.
Zonder titelEl Capitán don Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa de Córdoba, mayordomo actual de la cofradía del Santísimo Sacramento sita en la iglesia parroquial de esta villa de Córdoba, hace gracia y donación de un negro nombrado Juan Francisco, de cuatro años de edad, hijo de Úrsula, esclava de su propiedad, para que todos los días de su vida sirva a dicha cofradía en las cosas de su divino culto y ministerio y no en otras cosas, estando al cargo y casa del mayordomo quien lo cuidará y vestirá, no pudiendo ser vendido a excepción de que por desgracia saliera tan avieso, malévolo, mal inclinado, defectuoso, ladrón u otras partes aborrecibles, convirtiendo su valor en otro esclavo.
Zonder titelDoña María Tiburcia Rubio Roso, de esta vecindad, viuda, mayor de edad, dijo que es dueña de una casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad, en la primera calle que nombran de Belén a la cual hace su frente al oriente; lindando por el costado del norte con casa alta que hoy poseen los herederos de don Cipriano Pensado y Navarrete; por el costado del sur linda con casa baja que fue de doña Josefa de la Torre, y actualmente la tiene don Jorge de la Serna; y por el poniente, que es su fondo, linda con casa conocida como del concurso de Rivero. Cuya deslindada finca hubo la comparente en virtud de adjudicación que le hicieron sus hermanos, como consta en escritura del 9 de julio de 1823. Por la presente, por el mucho amor y cariño que profesa a doña María Dolores Rubio Roso, joven de dieciséis años, que habita con la compareciente, quien la ha criado, educado y mantiene en su casa y compañía, le hace donación irrevocable de la mencionada casa con sus entradas, salidas, usos, costumbres, derechos, y servidumbres. Dicha finca se halla libre de gravamen.
Zonder titelDon Francisco Sáenz de Santa María, del comercio de España y residente en Jalapa, dijo se le remataron los bienes de don José de Herrera y Campo, Colector de la Real Lotería, por el descubierto que le resultó contra la renta de esta, cuyos bienes consisten en una botica que el susodicho tenía en la Calle Real en 1,100 pesos de contado y la casa que tenia en la Calle de Belén en 2,050 pesos, 800 de contado y el resto que tiene sobre si de gravámenes a favor de sus interesados, y por cuanto dicha botica y casa las compró con el piadoso fin de beneficiar a su comadre e hijos, doña Ana Ricardos, mujer legítima del enunciado don José de Herrera y Campo, otorga hace gracia y donación a dicha su comadre e hijos de dichos bienes.
Don Carlos Díaz de Herrero, Regidor Perpetuo y Alguacil Mayor del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa, como apoderado de don Bernardo de Orta, Capitán de Navío graduado de la Real Armada, del Puerto y Maestranza y Comandante del Resguardo de Mar y Tierra en el Puerto de Veracruz, dijo que estando para contraer matrimonio don Bernardo de Orta, Teniente de Granaderos del Regimiento de la Corona, hijo legítimo del susodicho y de doña María Asunción Arroyo, con doña María Dolores Osorio Barba, natural de la Capital de México, hija legítima de don Luis Osorio Barba y de doña Bárbara García Arroyo, y siendo uno de los requisitos la existencia efectiva de 70,000 reales de vellón, que componen la suma de 3,000 pesos fuertes en moneda de estos dominios para verificar el enlace, hace donación de dicha cantidad en forma, de una casa ubicada en esta Villa, en la segunda cuadra de la Calle Real, valuada en 8,000 pesos, la cual hipoteca, sujeta y grava por la enunciada cantidad de 70,000 reales de vellón, para acudirle con su premio de 5% anual durante el futuro matrimonio.
Don Domingo Manuel Cortés, vecino de esta Villa, albacea y heredero universal del difunto don Manuel Pacheco, vecino que fue de esta Villa, hace donación de una casa a una niña nombrada María Josefa Lorenza Francisca, de 1 año y 5 meses de edad, que se halla a cargo y viviendo a lado del Presbítero don Blas Nicolás Cortés, vecino de esta Villa, a quien nombra por tutor de dicha niña; la referida casa esta ubicada en el Callejón de San Antonio, con el que hace frente hacia el poniente y del otro lado casas que fueron de don Bartolomé Salvo, con 18 varas, por el costado del norte linda con casa de don Isidro Posadas, al sur con casa de don Juan Reyes y de don Francisco Santa María, y al oriente con solar de la casa de Francisco Jiménez. En dicha casa hay una mesa de trucos y otra de billar, ambas vestidas con sus correspondientes utensilios y otra de billar que aun esta desnuda, de lo que también hace donación.
Petrona Antonia Ramírez, viuda, india natural de esta Villa, y el Gobernador de la República de Naturales, dijeron que por cuanto la primera tenía hecha cesión a doña Nicolasa Domínguez, viuda, de esta vecindad, del sobrante del agua de un pozo que fabricó su difunto marido en solar de la casa donde vive, perteneciente a dicha república, a cuyo efecto se presentó doña Nicolasa por escrito ante el señor Subdelegado para que expusiese en lo judicial si estaba llana a ello, haciendo donación de 100 pesos a dicha república para fondos de sus arcas, y habiéndose aprobado el señor Intendente de la provincia se otorgue escritura de propiedad, los otorgantes hacen donación del sobrante de agua de dicho pozo a doña Nicolasa Domínguez.\t
Don Manuel Antonio del Valle, vecino y del comercio de la Ciudad de Veracruz y residente en la Villa de Xalapa, dijo que como albacea de Juan de Vieyra y Sousa, su difunto padre político, éste le ordenó entregar 1 000 pesos a las beatas de esta Villa, y por cuanto ha fallecido también doña Sebastiana de Vieyra [y Sousa], hermana del difunto y tía política del otorgante, al que nombró por su albacea, dejó impuesto la cantidad de 1 000 pesos en depósito irregular y con causa de réditos, sobre casa de doña Juana Villegas, que hoy es y reconocen sus hijas herederas, por lo que el otorgante poniendo en ejecución el cumplimiento de dicho comunicado y en virtud de las facultades con que se halla para abonar a la de su tía los referidos 1 000 pesos y datarlos en la de su expresado padre político, otorga que dona a favor de las referidas beatas los 1 000 pesos de las enunciadas dos escrituras para que en virtud de ellas y de esta donación, puedan percibir por medio de su administrador secular, los réditos que correspondan anualmente.