Don Juan Francisco de Bárcena, actual alcalde de primera nominación en ella, dijo que don Nemesio Iberri y Fonseca, como apoderado general de su padre don Antonio Abad Iberri, abuelo y tutor de don José María Castillo Iberri, le ha entregado al señor comparente la cantidad 2 000 pesos a depósito irregular, sin término fijo para su redención. Cuya suma pertenece al nominado menor José María Castillo, por réditos de los bienes que tiene en la ciudad de Cádiz de la península española. Y reduciéndolo a efecto don Juan Francisco de Bárcena otorga que tiene en su poder, desde el 2 del corriente la relacionada cantidad, y a satisfacer, durante el tiempo que permanezcan en su poder, el respectivo rédito de un 5 por ciento anual, que deberán contarse desde el 2 del presente mes; así mismo, se obliga a exhibir el capital a los dos meses después de que se le dé aviso. Y para mayor seguridad hipoteca, sujeta y grava todos los bienes que actualmente posee y los que en lo sucesivo adquiera.
UntitledDEPÓSITOS IRREGULARES
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Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad, dijo que en octubre de 1825 otorgó escritura a su favor don José Miguel de Iriarte y Alba, ya difunto, por cantidad de 1 000 pesos que le entrego en calidad de depósito irregular, con causa de réditos de 5 por ciento anual, y siéndole necesario tener un testimonio de aquel documento, solicita al señor Alcalde primero se sirva mandar que el escribano que despacha el oficio público de esta ciudad, le dé testimonio en forma de la referida escritura.
UntitledDon José Vicente de las Casas, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Bernardo de Elías Vallejo y don Antonio Juille y Moreno, albaceas del finado don Juan Melitón de Lascurain, la cantidad de 753 pesos 7 reales y 4 granos, los mismos que en la cuenta de división y partición de los bienes de aquel se aplicaron a su madre; y como resultase que ésta no le sobrevivió, han aplicado este haber a sus tres hijos naturales, para engrosarles sus cortos bienes, aumentándole a cada uno 251 pesos y dos reales, a Juan Manuel, José María Julián y a Pomposo Lascurain y Altamirano. De forma que, con los 538 con dos [reales] que correspondió a cada uno en la división, monta su haber íntegro 789 pesos 4 y medio reales; y cuya suma, dicha al inicio, se da por entregado a su entera satisfacción, de que otorga a favor de los albaceas recibo en forma. Y se obliga a tener dicha suma en su poder, por vía de depósito irregular, cuarta y fiel encomienda, por el término o espacio que dure la menoría de cada uno de ellos, o de otra manera se habiliten para recibir cada uno su haber; y les ha de acudir en el entretanto con el acostumbrado y permitido premio de 5 por ciento para subvenir en parte a su subsistencia; para asegurar el pago en favor de los menores, hipoteca dos casas bajas que posee en esta villa, haciendo esquinas al confín de la calle de San Francisco de Paula y principio de la Laguna, y callejuela que de ellas nace para la curtiduría de don Luis de Zárate y paseo que nombran de los Berros. Señala que dichas casas actualmente las está reedificando, las cuales compró del concurso del finado don Joaquín Toraño a quien pertenecieron.
UntitledManuel Allén, de este comercio y vecindad, declara haber recibido la cantidad de 1 000 pesos, 500 de ellos que le entregó el 21 de septiembre de 1816 doña Teresa Bueno de Arias, viuda y albacea del finado don Carlos Arias, los que éste reconocía a réditos sobre las tierras de Xaltepec; y los otros 500 que el 25 de febrero de 1818 le entregó don Mariano Cadena de este comercio y vecindad, por orden de don Rafael Domínguez, mayordomo de la Archicofradía del Santísimo Sacramento de la iglesia parroquial del pueblo de Naolinco, a quién pertenece esta suma por donación, que de ella le hizo Pedro García Valdemora, para subvenir con sus réditos al consumo del aceite de aquella lámpara y cera para el culto. Y como son en su poder dichos 1 000 pesos, de los cuales ha abonado los réditos con aquel objeto, otorga de ellos recibo, en favor de la cofradía, y se obliga a tenerlos por vía de depósito irregular, por el tiempo de siete años que deben correr y contarse del 26 de febrero del año próximo venidero, a cuyo vencimiento entregará el capital al mayordomo, que fuere de la misma cofradía. Además, entregará anualmente el premio de 5 por ciento para subvenir a los fines de la fundación. Y para la seguridad del principal y réditos, hipoteca una casa de paredes, de cal y piedra de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja que posee en esta villa, situada en la calle que nombran del Ganado a la que hace frente hacia el poniente y del otro lado casa también de su pertenencia, por el fondo al oriente linda con el callejón que nombran de la Sierpe o de Acazingo, por el costado del sur linda con casa que pertenece a la cofradía del Señor de la Santa Veracruz; y por el del norte con el de casa y solar de don José Fernández de Castañeda. Cuya deslindada finca es la misma que redificó sobre la que quedó por bienes de su padre don Nicolás Ángel de Allén.
UntitledDon Antonio Velasco Quiroz, de esta vecindad, encargado de la mayordomía de la cofradía de las Benditas Ánimas de esa parroquial por ausencia de su actual mayordomo don Joaquín Ruiz, otorga que ha recibido doña Francisca López de Santa Ana, de esta vecindad, viuda del finado licenciado don José Agustín de Castro, la cantidad de 160 pesos en reales de contado, con sus réditos devengados hasta hoy. Cuyo principal, es el mismo que don Francisco de Castro Pérez, padre del citado licenciado, percibió de los fondos de esta cofradía del mayordomo que fue de ella, don Juan Gómez de Estrada, y por la que otorgó escritura de depósito con causa de réditos de 5 por ciento anual, en esta villa su fecha a 20 de julio de 1791, en la que hipotecó expresamente en la misma escritura una casa, ubicada al principio de la calle del Ganado de esta villa, bajo los linderos que se expresan en dicha escritura. Y en virtud de esta redención, declara por libre la finca de esta afección y consiente que se anote y tilde en dicha escritura y el registro de hipotecas para que no valga.
UntitledDon Mariano Cadena, de este comercio y vecindad, actual mayordomo de la cofradía del Señor San José de la Laguna de esta villa, otorga que ha recibido de sí mismo la cantidad de 100 pesos en reales, concediendo recibo a favor de la citada cofradía y se obliga a mantener dicha cantidad por vía de depósito irregular, por el tiempo de cinco años, a partir de esta fecha y entregar el capital, al mayordomo que fuere de dicha cofradía de San José, quién además satisfacer en cada año, el rédito de 5 por ciento para el subvenir a la voluntad del finado don José Antonio Viveros, que legó a la cofradía, con la carga de una misa rezada en cada año e impuso extrajudicialmente su albacea dativo don Juan José Lagunas y se obligaron a reconocer los finados don Ramón Bandala y su consorte doña María Guadalupe Valle de Bandala, sobre una casita que le compraron a Lagunas. Y la heredera de aquellos consortes, Luisa Luque, los redimió para vender libre la finca. Y para la mayor seguridad del principal y réditos, el otorgante hipoteca una casa de cal y piedra, cubierta de madrea, ladrillo y teja, de edificio bajo en esta villa, en la calle que de la de Cantarranas que se dirige para el arruinado molino, que hoy pertenece a don José María de Goiri, la que hace su frente al sur y del otro lado solar y curtiduría de José María Domínguez, por su fondo al norte linda con terreno que fue del finado regidor don Francisco Javier Sáenz de Santa María, por el costado del oriente con otro terreno y casitas que fueron de la difunta María Carolina, y por el del poniente con el fondo de unas casitas y terreno que perteneció a don Domingo Aravalles, ya difunto. Dicha casita la fabricó en terreno que compró a José de Molina por escritura a 20 de marzo de 1804. La cual se obliga a no vender ni enajenar sin estar redimido este principal.
UntitledEl ciudadano Juan Clemente Hernández, de esta vecindad, dijo que como mayordomo de la cofradía de Señor Eccehomo de esta iglesia parroquial, y con conocimiento del señor cura párroco, vicario foráneo don José Francisco Campomanes, recibió del señor presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, el 18 de enero de este año, la cantidad de 200 pesos que reconoció a réditos de un cinco por ciento anual, sobre su hacienda de los Ojuelos en términos de este partido, a favor de dicha cofradía, cuya cantidad redimió y se le otorgó cancelación en forma. Asimismo, dijo que no habiendo persona que reciba esta cantidad en réditos, para que la cofradía no sufra perjuicio, ha convenido con el señor cura que los tomará para sí, por lo cual, otorga que ha recibido de sí mismo, la cantidad de 200 pesos en moneda de plata corriente del cuño mexicano, desde el 18 de enero pasado, obligándose a reconocer ese capital a favor de la cofradía del Señor Eccehomo de esta santa iglesia parroquial, en calidad de depósito irregular por término de cuatro años, y a satisfacer durante el tiempo que los tenga el premio de un cinco por ciento anual. Y para mayor seguridad hipoteca una casa de cal y canto que levantó a sus expensas y otra contigua de paredes mestizas que fabricó su padre, don Cleto de la Encarnación Hernández, en terreno que le cabe un almud de sembradura, el cual pertenece al común de indígenas de esta ciudad, y es la misma que ha reedificado el comparente como consta en declaración que hizo su madre, doña Juana Feliciana Flores. Dicha casa se ubica en la esquina del callejón del Campanero y el que baja para la calle de Santiago, haciendo frente hacia el sur con solar y casitas de Evaristo Florencio y José Sotero; por el fondo al norte linda con dicho callejón del Campanero y del otro lado casa y solar de don José Reyes; por el oriente con el que baja a Santiago y del otro lado casa y solar de don Jorge de la Serna; por el poniente con solar de María Margarita; cuyo valor total dela casa es de 615 pesos y medio real.
UntitledEl Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que según consta de escritura otorgada en 19 de octubre de 1816, doña Rita Méndez, doña María Dolores y doña María Vicenta Márquez, viuda la primera e hijas y herederas las otras dos de don José Antonio Márquez, recibieron de don Juan de la Cruz Sánchez como mayordomo hermano mayor de la cofradía del Santo Ecce Homo de esta parroquia, la cantidad de 200 pesos a depósito irregular con premio de un 5 por ciento anual, bajo la hipoteca de una casa propia que fue de dicho finado Márquez, ubicada en esta ciudad a la calle de Santiago, y que necesitando las Márquez dejar libre de gravamen dicha casa, han convenido de consentimiento del señor Cura Párroco de esta feligresía Presbítero don José Francisco Campomanes como Rector de cofradías y obras pías, trasladar dicha hipoteca por vía de subrogación sobre la hacienda de los Ojuelos propia del señor Ulloa, debiendo formalizar el correspondiente instrumento público. Y reduciéndolo a efecto el nominado señor Presbítero don Juan Nepomuceno otorga que se constituye responsable por los indicados 200 pesos de que se hace cargo como si de presente los recibiese en numerario efectivo, y se obliga a reconocer ese capital a favor de la enunciada cofradía del señor Ecce Homo en calidad de depósito irregular por el tiempo de siete años y a satisfacer el premio de 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad del pago hipoteca su hacienda nombrada de los Ojuelos, la cual solo tiene de gravamen 2 000 pesos en favor del Presbítero don Cristóbal de Pitalua y Costa y 400 al de la obra pía llamada de Santa Teresa de esta parroquia, cuya finca está ubicada en términos de esta cantón, feligresía del Chico, lindando por el rumbo del norte con el paraje nombrado el Dominico, los trapiches del Rosario y Mastatlán, tierras de los García y las del Castillo; y de poniente a oriente por el costado del sur lindan con el cerro nombrado Simarrontepec [Cimarrontepeque] y siguen por el cantil del Castillo los linderos hasta las tierras del Encero, y cierran por el oriente con tierras pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta.
UntitledEl Excelentísimo Señor don Juan Francisco de Bárcena, actual Vicegobernador de este Estado, y don Lorenzo Fernández, ambos de este comercio, dijeron que don José Prado, vecino del Puente Nacional, les ha entregado 2 000 pesos para que los tengan en calidad de depósito irregular por el tiempo de dos meses a partir de esta fecha en adelante, por lo cual, se obligan a pagar la referida cantidad en el preciso plazo de dos meses.
UntitledDon Jorge de la Serna, del comercio y con vecindad en esta ciudad y la de Veracruz, dueño de bienes raíces en ambas ciudades, se obliga a pagar al Presbítero don José Vicente de Espino, la cantidad de 4 800 pesos a depósito irregular por el término de cinco años con el premio de un 5 por ciento anual, el cual importa en los cinco años 1 200 pesos, cuya cantidad cubrirá mensualmente pagando 40 pesos por cincuenta meses, y a reconocer sobre la general de sus bienes la enunciada suma.
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