Don Manuel Francisco García del Castillo, vecino de esta villa, uno de los Procuradores de Causas de la Audiencia Ordinaria de ella, exhibió un testimonio de escritura para que se registre en los libros de este cabildo, y en él se percibe que el Licenciado don Manuel José Rodríguez de Abouza y Meza, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, en virtud de poder que tiene del Capitán don Francisco José Rodríguez de Abouza, su padre, vecino de esta villa, le obligó al susodicho a dar y pagar a la capellanía de misas rezadas que instituyeron y fundaron don Francisco de Meza y Mendoza y doña Ana de la Plaza y Moral, y de la que es capellán propietario dicho don Manuel José Rodríguez, la cantidad de 3 000 pesos de oro común de principal, por otros tantos que pertenecieren al dote de dicha capellanía, y se le mandaron a entregar en nombre de dicho capitán don Francisco José Rodríguez, por modo de depósito irregular por decreto proveído de 14 de diciembre de 1745; de cuya cantidad se dio por entregado y se obligó a que pagará dicha cantidad en nueve años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento, y para el seguro de los referidos 3 000 pesos hipotecó una hacienda y trapiche del beneficio de hacer azúcar, el cual posee en esta jurisdicción con 6 caballería y tres lomas dilatadas de monta con sus cañas, esclavos y aperos; igualmente a dicho seguro hipotecó la casa de la morada de dicho don Francisco.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODEPÓSITO IRREGULAR
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Don Bernardo de Ceballos, Alcalde Ordinario, exhibió el testimonio de una escritura, en donde consta que don Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, de esta vecindad, recibieron del expresado Bernardo como heredero albacea de don Carlos Mosquera, vecino que fue del pueblo de Orizaba, la cantidad de 8 000 pesos de oro común, obligándose a mantenerlos en su poder por vía de depósito irregular y tiempo de nueve años en favor de la escuela de niños de todas calidades y condiciones, que conforme a la voluntad de referido don Bernardo y a beneficio del alma del citado Mosquera ha de establecerse en dicho pueblo de Orizaba; y a pagar sus réditos de 5 por ciento, para seguridad del pago hipotecaron una casa principal de edificio bajo de cal y canto, cubierta de madera y teja, fundada en solar propio que tiene en esta villa, y una hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada San Joseph [José] del Cacahuatal con todo lo que le pertenece.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOBernardo de Ceballos, vecino republicano de esta villa de Córdoba, Alcalde, exhibió tres testimonios de otras tantas escrituras, y en el primero consta que Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, ambos de esta vecindad, recibieron del citado don Bernardo como heredero, albacea y fideicomisario de don Carlos Mosquera, vecino que fue del pueblo de Orizaba, la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándose a mantenerlos en su poder por vía de depósito irregular y por tiempo de nueve años a favor de la fiesta anual, que conforme a la voluntad de don Bernardo y a beneficio del alma del citado Mosquera, ha de celebrarse perpetuamente en el convento de San Antonio de esta villa y con toda la solemnidad al Apóstol Santiago el 25 de julio de cada año. Del segundo testimonio consta que los expresados don Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, confesaron haber recibido de don Bernardo de Ceballos, la cantidad de 3 000 pesos de oro común, por los mismos que en nombre de dicho difunto don Carlos Mosquera y a beneficio de su alma aplicó el referido don Bernardo a doña Ana María Mosquera, su sobrina, niña doncella, vecina del pueblo de Orizaba, hija legítima del Alguacil Mayor don Pedro Bernardo Mosquera de Valladares y de doña Francisca Javiera Gutiérrez del Mazo, difuntos, para que cuando tome estado se le entregue el expresado principal, y mientras se le satisfagan sus réditos, y si falleciere la susodicha sin tomar estado, entre desde el primer día de su muerte en el nominado principal y réditos la escuela de niños de todas calidades y condiciones, y se obligaron a tenerlos por vía de depósito irregular y a pagar a Francisca Javiera. Y en el último testimonio consta que Gaspar Mejías de reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, su mujer, otorgaron haber recibido del citado [Bernardo de Ceballos] la cantidad de 3 000 pesos de oro común [roto], en nombre de dicho difunto, los cuales aplicó [a] María Ignacia, niña doncella, hija legítima del Regidor don Pedro Laso y doña Juana de San Pedro Rodríguez Romano, todos vecinos de esta villa, para que cuando tome estado se le entreguen y en el entretanto se le den los réditos, y en caso de que fallezca sin tomar estado, entre en esta piedad el hospital de mujeres enfermas que se intenta fundar en esta villa, y si no tiene efecto la fundación, entre en el principal y réditos el convento de Señor San Antonio de esta villa para que se convierta en uno y otro en la obra material; de cuya cantidad otorgaron haber recibido y se obligaron a tener por vía de depósito irregular. Y para seguridad de las tres cantidades que suman 8 000 pesos hipotecaron el importe de las legítimas paternas y maternas de la mencionada doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza; una casa principal de edificio bajo de cal y canto cubierta de madera y teja que poseen en esta villa; y también una hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada San Joseph [José] del Cacahuatal con todo lo que les pertenece.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Andrés Gómez, de esta vecindad, exhibió el testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta que en esta dicha villa, recibió de don Bernardo de Ceballos, como mayordomo de la archicofradía del Santísimo Sacramento sita en la santa iglesia parroquial, 400 pesos pertenecientes a dicha archicofradía, los cuales impuso y cargó por vía de depósito irregular sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en solar propio, y se obligó a pagarlos cuando se lo pida la archicofradía y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año, para seguridad del principal hipotecó la expresada casa.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICODon Manuel Álvarez de Abreu, de esta vecindad, hizo exhibición de una escritura para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que en esta dicha villa, en 21 del corriente, recibió del Capitán Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad y república, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en la santa iglesia parroquial, 240 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en 25 varas de solar de frente y 50 de fondo, el cual se halla en esta villa, en dos calles, la una que baja del barrio del Señor San José por el de la Cañada y va a dar al que nombran el Altillo, y la otra que cruza del ejido para la plaza Pública de ésta. Y manifestó que dicha cantidad la pagará dentro de cinco años y en el ínterin el rédito de 5 por ciento, y para mayor seguro del principal y rédito hipotecó la expresada casa.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOVicente Gómez, exhibió dos copias testimoniadas de una propia escritura para que se registren en este libro y de ellas se manifiesta que, en la ciudad de la Puebla de los Ángeles en 18 del corriente mes, el Capitán don Juan Agustín Urresola de aquella vecindad, en nombre de don Antonio Montes Rodríguez Peláez, vecino de Orizaba, principal deudor de la cantidad que se expresará; y de don Antonio Montes Argüelles, don Manuel Ames, don Marcos González, don Francisco Íñigo Vallejo y don Toribio Rodríguez Cabanzón, los cuatro primeros vecinos de Orizaba y don Toribio de esta vecindad; solicitó al obispo se le dieran de los principales exhibidos en las arcas del cofre de la santa iglesia parroquial de la referida ciudad, 6 000 pesos por vía de depósito irregular y calidad de réditos de 5 por ciento en cada un año por el tiempo de cinco años. Dicha solicitud la presentó por medio de los poderes el 20 de enero del presente año, la cual se ejecutó en 8 del presente mes, en donde se calificó de idóneos a los sujetos, razón por la cual le fue otorgada la cantidad que corresponde a dos capellanías de tres mil pesos cada una; por tanto, se mandó a que dicho Antonio Montes Rodríguez por medio de su apoderado otorgase escritura de obligación a favor de las capellanías, con hipoteca, y obligando a sus fiadores cada uno por la cantidad de 2 000 pesos. Y para dar cumplimiento a lo solicitado, el citado Capitán Juan Agustín Urresola, en nombre de Antonio Rodríguez, otorgó que debe los 6 000 pesos, y obligó a cada de los fiadores hasta en cantidad de 2 000 pesos, los que se pagarán dentro de cinco años, con sus respectivos réditos de 5 por ciento.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Bernardino Trujeda, de esta vecindad y comercio, hizo exhibición de una copia testimoniada de escritura para que se registre en este libro, y en ella se manifiesta que, en la villa de Orizaba en 29 de diciembre del último año, doña Isabel María de Sagade Bugueiro, viuda del Capitán don Diego Bringas de Manzaneda, vendió a don a Ambrosio de la Torre y a don Manuel Zavalza, vecinos del pueblo de Xalapa [Jalapa] de la Feria, una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción Toluquilla, en la cual se incluye un rancho de ganado menor conocido por el Coyole, en precio 56 000 pesos, de los cuales se obligó a reconocer a censo principal redimible sobre la misma finca 34 900 pesos de principal, con obligación de réditos de un 5 por ciento en cada un año, por lo que el precio de la venta quedó en 21 100 pesos, los mismos que dichos compradores pagarán 10 887 pesos 2 reales y 7 granos a los sensualistas, y el resto que son 10 212 pesos 5 reales y granos se obligaron a reconocer por vía de depósito irregular con réditos de un 5 por ciento anual.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOJuan García de Malabear, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción nombrada San José de las Lagunas y San Francisco Toxpan, hizo exhibición de una escritura otorgada el día de ayer para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que don Francisco Mateos Navarro, vecino que fue del comercio de la ciudad de México, por él y en nombre de doña María Dávila Barrientos, vecina de ésta, viuda del Regidor don José Mateos Navarro, en virtud de su poder, se obligó y la obligó como dueños que eran ambos de dichas haciendas, a reconocer sobre la nominada San José de las Lagunas la cantidad de 8 500 pesos de principal, por escritura otorgada en 7 de junio de 1755, en favor de la obra pía de dotar huérfanas que se halla fundada en el Colegio de los Ex Jesuitas de la ciudad de Oaxaca, y a satisfacer sus correspondientes réditos de 5 por ciento en cada un año, por vía de depósito irregular, por tiempo de ocho años; y que habiéndose redimido hasta el presente los 6 500 pesos de dicho principal, han quedado existentes sobre la referida hacienda 2 000 pesos restantes, y en consecuencia de ella y de haber pasado al referido don Juan García el dominio de la mencionada hacienda, por remate que de ella se le hizo, ratificó en la citada escritura por lo tocante a dichos 2 000 pesos de principal y se obligó a reconocerlos sobre la referida hacienda de San José de las Lagunas en favor de la mencionada obra pía, y a darlos y pagarlos al Señor don José Moreno, Tesorero de la Santa Cruzada y Mayordomo del ilustrísimo señor obispo de dicha ciudad, y en ínterin sus réditos de 5 por ciento desde el año pasado de 1783, y para seguridad del principal hipotecó la expresada hacienda.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICODon Manuel José Lázaro de Rosas, Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, exhibió tres tantos de escritura de obligación otorgada por el susodicho como principal, en nombre y con poder del Capitán Diego Bringas de Manzaneda, vecino del pueblo de Orizaba, y don Juan Francisco Trápaga de Rosas, como sus fiadores, y todos de mancomún acuerdo se obligaron a pagar 4 000 pesos de oro común de principal a favor, los 2 000 de ellos de la capellanía de misas rezadas que fundaron Juan Alonso Gómez e Isabel Flores su mujer, de que es capellán propietario el Bachiller don Antonio de Bustamante, Presbítero, Promotor Fiscal de este obispado; los otros 1 000 de la capellanía de misas rezadas que de bienes de doña Petronila Fernández de Molina fundó dicho Bachiller don Antonio de Bustamante, de quien es patrono y capellán actual el Bachiller don Fernando Félix de Bustamante, Presbítero; y los 1 000 restantes de otra capellanía también de misas rezadas que fundó don Bartolomé de Aguayo, Prebendado que fue de la santa iglesia catedral de dicha ciudad, y hoy sirve en propiedad el Bachiller don Salvador de Aguayo, Presbítero, capellán de coro de dicha iglesia; y a pagarlos dentro de dos años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año por medio de depósito irregular; siendo de saber que Diego Bringas sólo está constituido fiador por 3 000 pesos, don Juan Francisco Trápaga de Rosas por 1 000 pesos y dicho Licenciado don Manuel como principal de toda la cantidad; para cuyo seguro obligó sus bienes especialmente hipotecó una hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cossamaluapan [Cosamaloapan] y el ojo del agua; cuyas tierras se componen de 8 caballerías y linda por la parte de oriente y sur con las del Capitán don José de Segura y Ceballos, por la del norte con tierras realengas y por el poniente con tierras de don Alonso Gómez del Corro, con todo lo de su pertenencia; y de su pedimento puso este registro en el libro del becerro. Esta escritura fue otorgada en la ciudad de los Ángeles a los 17 días de este presente mes y año.
FRANCISCO ESTÉVEZ, JUEZ RECEPTORJosé de Tembra y Simanes, vecino republicano de esta villa, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta haberlo otorgado el Doctor don José Javier de Tembra y Simanes, Cura Beneficiado por Su Majestad del pueblo y partido de Tecamachalco en la ciudad de la Puebla de los Ángeles a 17 de septiembre, en nombre del expresado José de Tembra y Simanes, su padre, del Capitán don Miguel Gómez de Soto y de don Diego Gómez de Soto, vecinos y labradores en la provincia de San Juan de los Llanos, obligando a los citados José de Tembra y Miguel Gómez como principales deudores, y obligando a don Diego Gómez como su fiador y principal pagador de dar y pagar al convento [roto] de la Purísima Concepción de Nuestra Señora, la cantidad de 5 000 pesos perteneciente a obras pías que se sirven en el enunciado convento, cuya cantidad se la mandaron entregar en el citado por vía de depósito irregular, y se obligó a pagar en tres años cumplidos, para seguridad del pagó hipotecó y grabó una hacienda de fabricar azúcar nombrada Señor San José de Buena Vista.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO