Se tomó la razón de 5 pipas de vino trasegadas en 30 barriles, que el Depositario Francisco de Largache, vecino de la Veracruz, remite a la ciudad de la Puebla, en recua de Hernando Moreno para entregar a Juan Olachea.\n
DEPOSITARIOS GENERALES
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Pedro Gatica, Depositario, Regidor y vecino de esta villa, declara que en 1665 otorgó testamento y en el presente mes y año hizo codicilio, pero que a la fecha se le han ofrecido algunas cosas que añadir y quitar en dicho testamento, y nuevamente por vía de codicilio ordena y declara lo siguiente: Declara que en el primer codicilio ordenó que del quinto de sus bienes se fundara una obra pía de misas y dejaba por uno de los patrones al Licenciado José de Cuéllar Haro, Cura beneficiado de esta villa. Y por la presente manda que el citado José de Cuéllar Haro no sea patrón de dicha obra pía y que tan solamente sean patrones los que deja en dicha cláusula nombrados. También, manda que se paguen 30 pesos a los herederos de un herrero que murió en Veracruz.
Zonder titelNicolás de Bolaños, vecino de esta villa de Córdoba, natural de ella, hijo legítimo de Alonso Hernández Bolaños y de Ana [Hernández Palacios], difuntos; y doña Felipa Martínez Carenzo, vecina de esta villa de Córdoba, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hija natural del Capitán don Juan Bautista Carenzo y Solabona, Depositario General y Regidor Perpetuo por Su Majestad de dicha ciudad, y de Melchora de los Reyes, vecinos de ella. Dijeron que por cuanto las cosas tocantes al descargo de sus conciencias y bien de sus almas se las tienen comunicadas; por tanto, en aquella vía y forma otorgan que dan su poder cumplido el uno al otro y el otro al otro para que puedan hacer testamento con todas las mandas y legados que se tienen comunicados. Declaran que hace poco más de diez años contrajeron matrimonio, durante el cual procrearon por hija legítima a Bárbara Josefa de Bolaños. Declaran que se nombran el uno al otro como albaceas testamentarios y tenederos de bienes, y nombran como universal heredera a su hija Bárbara Josefa de Bolaños.
Zonder titelBalthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor y Depositario General de esta villa y vecino de ella, dijo que por cuanto es deudor de 400 pesos de oro común, pertenecientes a una capellanía de misas rezadas que sirve el Licenciado don Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado y vecino de esta villa, por el alma de María de la Concepción, difunta y vecina que fue de la ciudad de la Nueva Veracruz, los cuales se hallaban en poder de Juan Gómez Franco, vecino de ella; y a pedimento de dicho licenciado, el juez eclesiástico mandó remover dicho depósito y “se me entregaron como tal y entregué escritura constituyéndome como deudor” por tiempo de tres años con los réditos. Y así continuó pagando en tiempo y forma, hasta que dicho licenciado pidió cubrir el adeudo de los réditos atrasados, y reconociendo el otorgante hallarse disminuido en sus caudales, pidió le hiciese espera por el tiempo de un año, ofreciendo para mayor seguridad de dicha cantidad y réditos como fiadores al Regidor Miguel de Leyva y al Capitán Joseph [José] de Leyva Esparragosa, vecinos de esta villa; por tanto otorgan que se obligan de dar y pagar al Licenciado don Joseph [José] Rodríguez de la Peña los 400 pesos del principal y los réditos que correspondan.
Zonder titelLicenciado Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado [roto] de esta villa de Córdoba, en nombre y en virtud del poder que le otorgó doña Ana Martín del Canto, mujer legítima del Capitán Juan Bautista Carenzo [y Solabona], Regidor y Depositario General de la ciudad de la Nueva Veracruz y vecino de ella, otorga que vende al Capitán Manuel Gómez Dávila, dos esclavos negros, el primero de nombre Maturen alias Martín, casta Bran, de veintiocho años, falto del ojo derecho, que dicha su parte compró en la almoneda que se hizo de los esclavos que por cuenta de Su Majestad trajo la Armada de Barlovento del Guárico y puerto Pe, por mano de Juan Buendía; y el otro esclavo nombrado Francisco Cacheo, de edad de treinta años, que dicha su parte compró de Juana de la Paz, en la ciudad de la Veracruz. Los vende en precio de 500 pesos de oro común.
Zonder titelEl Licenciado don José Rodríguez de la Peña, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán Juan Bautista Carenzo y Solabona, vecino de la ciudad Nueva de la Veracruz, Correo Mayor y Depositario General en ella por Su Majestad, para que en su nombre pueda vender y venda por el más alto precio y al contado, un mulato esclavo nombrado Juan, cocho, de veinte años poco más o menos, el mismo que hubo y compró de Lorenzo de Guzmán, vecino de esta villa, por escritura que otorgó el 30 de enero de este corriente año.
Zonder titelEl Alférez [Nicolás] Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán Francisco de las Casas, vecino de la ciudad de México, para que en su representación parezca ante el Excelentísimo Señor Arzobispo de México, Virrey de esta Nueva España, señores oficiales reales de la Real Hacienda de México, donde pida y suplique se saque a la almoneda el oficio de depositario general y regidor perpetuo de esta villa, que fue del Capitán Pedro [de] Gatica, y que por su muerte está vacío, al cual en nombre del otorgante y para él haga la postura en la cantidad que le parezca, con cargo y calidad que ha de gozar de las mismas condiciones que gozó como depositario general y regidor que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, don Diego Felipe de Estrada, por razón de dicho su oficio. Y haciéndose dicho remate, lo acepte en su nombre y pida se le despache título real en forma.
Zonder titelEl Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero, Vicario de la doctrina del pueblo de San Pedro de Ysguatlan [Ixhuatlán] de la jurisdicción de la villa de Córdoba, en voz y nombre del común y naturales del pueblo de San Francisco Chocamán de dicha doctrina, en virtud del poder general que le otorgaron; y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de la villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar, de labor y de ganado mayor en jurisdicción de dicha villa; dijeron que están siguiendo pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, sobre tierras que pertenecen a dicho pueblo, y habiendo personas cristianas deseosas de la paz y porque de los pleitos se originan malas consecuencias, odios y discordias, han tenido a bien hacer composición, para lo cual les han pedido otorgar escritura de compromiso y nombrar jueces arbitrios, arbitradores y amigables componedores, para que éstos determinen en vista de los instrumentos y papeles que dicho capitán entregue, por haberse quemado los papeles que tenía el bachiller. Por lo tanto, el Bachiller don José García, en nombre de los naturales de San Francisco Chocamán, nombra por juez árbitro a don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa; y el dicho Capitán don Antonio de Leiva nombra por su parte al Capitán Francisco Pibot y Tapia; para que cada uno enterados de su derechos y acciones, procedan a dar su parecer y sentencia. Y en caso de discordia nombran por amigable componedor al Factor don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor, Juez, Oficial Real de la Real Audiencia y Caja de la ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa por Su Majestad, para que los tres den su sentencia, la cual harán y pasaran por ella, con pena convencional de 500 pesos al que a ella falte.
Zonder titelEl Licenciado don José Rodríguez de la Peña, residente en esta villa de Córdoba, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Jerónimo Rodríguez de la Peña y [María] Rodríguez de Abello, difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que manda se den 300 pesos a Isabel de Guzmán, su ahijada, hija legítima de Lorenzo de Guzmán y de Josefa Martínez Calzadilla. Declara que es capellán y patrono de una capellanía que instituyeron por sus almas Pedro Calderón y María de Arrati, vecinos que fueron de Veracruz, sobre unas casas principales que hacen frente con las casas de cabildo, cuya dotación es de 4 000 pesos de principal, con cargo de cincuenta misas rezadas en cada año; y usando la facultad que el derecho le permite, declara que hizo renuncia de la capellanía en el Bachiller Miguel de Guzmán, su ahijado, hijo legítimo de Lorenzo de Guzmán y de Josefa Martínez Calzadilla, vecino de esta villa de Córdoba, y por su fin y muerte, nombra a otras personas que se mencionan en la escritura, y nombra como patrones de dicha capellanía a los padres rectores que son del colegio de la Compañía de Jesús de la ciudad de la Nueva Veracruz. Declara que, en poder de Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa, paran en su poder 400 pesos en reales de la redención de un censo. Nombra albacea a su compadre Lorenzo de Guzmán y al Alférez Pedro Fernández de Ves y Segura, y debido a que no tiene heredero forzoso, nombra su alma como heredera universal.
El Licenciado José Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Jerónimo Rodríguez de la Peña y de María Rodríguez Abello, sus padres difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser capellán, propietario y patrono de una capellanía de 4 000 pesos que fundaron por sus almas Pedro Calderón y doña María de Ratia, para que a su título se ordenase de sacerdote Jacinto Calderón, su hijo; y usando la facultad como tal patrono, nombra a Miguel de Guzmán para que después de sus días quede como capellán propietario de la capellanía. Declara que también es capellán de una capellanía de 42 pesos de renta en cada un año que fundó el capitán Juan de Vertiz, vecino de la ciudad de la Veracruz, de que le está debiendo según su libro de cuenta, manda se cobre. Ítem, declara que paran en poder del Depositario General don Baltazar Gómez de la Velilla Blanco, vecino de esta villa, 400 pesos de oro común en que paga de rédito a razón de 5 por ciento, los cuales pertenecen al alma de María de la Concepción, difunta, vecina que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, manda a sus albaceas hagan cuenta. Ítem, declara por sus bienes, el menaje de su casa, esclavos que compró del Capitán Lucas de Acosta. Declara que fue mayordomo de la fábrica espiritual de la iglesia parroquial de la ciudad de la Nueva Veracruz, manda a sus albaceas ajusten cuentas. Ítem, declara que tiene por sus bienes dos esclavos pardos, uno nombrado Juan y la otra Petrona, que están en su casa y servicio [roto] a los cuales les da libertad para que gocen de ella, con declaración de que si faltare alguna cantidad de pesos para dar entero cumplimento a las pagas y legados de este testamento, se habrán de vender dichos esclavos, con la condición de que el comprador de dichos esclavos se obligue a darles la libertad. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán Manuel Gómez Dávila y a Lorenzo de Guzmán, vecinos de esta villa y por su tenedor de bienes al Capitán Manuel Gómez Dávila y en el remanente que quedare de sus bienes, al no contar con sucesores, nombra por su único y universal heredero a Miguel de Guzmán, hijo legítimo de Lorenzo de Guzmán.
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