DECLARACIONES

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0068 · Item · 1719/07/22
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Miguel [roto], vecino de esta villa, dijo que se le remataron dos negros, el uno nombrado Marcos y el otro Diego, esclavos del Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, en [400] pesos para aplicarlos en los 500 pesos en que fue multado el capitán por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España. Y ahora, por la presente declara que dichos esclavos los sacó para doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, mujer de don Lorenzo de la Torre, de la Orden de Calatrava, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, por haberlos comprado con su dinero.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0118 · Item · 1705/11/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa, dijo que por cuanto el 14 de agosto de este presente año, en el pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] doña Micaela Ramos, vecina de él, viuda del Capitán Marcos Blanco, difunto, otorgó escritura de venta a favor de don José Fernando Mellado de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca, de la hacienda de ganado mayor y menor nombrada Mazapa, con todos sus sitios, tierras y lo demás que le pertenece, y entre las condiciones de dicha escritura está una que dice “que es condición de dicha escritura que por cuanto a los 9 de diciembre del 1704 le arrendó el dicho novillero al otorgante […] en precio de 30 pesos en cada año de réditos, cuyo principal fue de 600 pesos a censo, con la calidad de que si la dicha doña Micaela lo vendiera fuera al otorgante por ser de mejor privilegio como arrendatario; y en caso de que el dicho don José Fernando Mellado quisiere vender dicho novillero había de ser al otorgante, y de no pagar su valor lo vendiera o arrendara a la que le pareciese”. Y por cuanto la dicha condición padece equivocación, en aquella vía y forma otorga que declara que dicho novillero le pertenece a doña Micaela Ramos y sólo lo que le arrendó por la escritura citada, fue un potrero que tenía en jurisdicción de [San Antonio] Huatusco, que por una parte linda con las tierras del dicho novillero de Mazapa, y por la otra parte con las tierras del trapiche que llaman de Panzacola, de que es dueño el Capitán Juan Gómez Dávila; el cual no le hace falta a don José Fernando Mellado para sus ovejas, por ser montuoso.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0024 · Item · 1681/08/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Salvador Moreno, Diego de Cozar y Antonio de Olivera, vecinos de este pueblo, dijeron que pidieron y suplicaron al Excelentísimo Señor Arzobispo de México siendo Virrey de esta Nueva España, les otorgase licencia para abrir un nuevo camino desde el pueblo de San Lorenzo Cerralvo, jurisdicción de la villa de Córdoba, para la ciudad de la Nueva Veracruz, por la conocida utilidad que se sigue al trajino general de esta Nueva España; y para ello se obligaban a su costa [roto], asimismo, les concediese el poder fundar y tener en dicho camino tres ventas en los parajes convenientes en propiedad y posesión, así como cobrar de los pasajeros y recuas la contribución que Su Excelencia fuese servido mandar se pagasen, todo lo cual se les concedió como consta del mandamiento. Y luego de haber considerado las partes y lugares por donde dicho camino se debía de abrir, encontraron dificultades y embarazos por los ríos crecidos impasables sin puentes, por lo cual requerían de mucho ducados; y considerando la cortedad de sus caudales para dicho efecto pidieron al Capitán don Lope de Yribas [Iribas], vecino de la villa de Córdoba, para que tomara a su cargo y costa abrir dicho camino, a cambio de que los otorgantes traspasarían la merced y derecho que por dicho mandamiento se les hizo de dichas ventas y contribución de pasajeros y recuas. Por lo cual, el susodicho con mucho trabajo, costas y gastos abrió dicho camino, hizo puentes y fundó dichas tres ventas, todo con su propio dinero. Por tanto los presentes reconocen y otorgan que se desisten de cualquier derecho que en cualquier manera les pertenezca y pueda pertenecer por dicho mandamiento a dichas ventas y cobranzas, y aprovechamiento de dicha contribución, y los ceden al dicho Capitán don Lope de Yribas [Iribas], dando posesión de dichas ventas y derecho de percibir la contribución y poder para que la gane y aprenda como le pareciere. Y en el ínterin se constituyen por sus inquilinos a cuyo favor otorgan esta escritura y declaración para que el susodicho capitán pueda disponer y disponga de dichas tres rentas.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0266 · Item · 04/12/1787
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Díaz, vecino de este pueblo de Jalapa, declara que hace 25 años su padre don Gervasio Antonio Díaz (alias Torres), difunto, vendió a don Simón Cabañas, de esta vecindad, un pedazo de solar de 16 y media varas de frente y la hace al poniente con la calle que sube al Calvario; por el norte linda con casa y solar de don Ramón Granados; por el fondo al oriente con callejón nuevo; y por el sur con casa y solar de Gaspar Cabañas, en precio de 84 pesos 4 reales, y por que nunca otorgo escritura de compra-venta hace esta declaración para que sirva como tal.