Pedro Trillo de Figueroa, mercader, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a don José de Chavarría, mercader y vecino de la ciudad de Antequera [valle] de Oaxaca, una negra su esclava nombrada María Ignacia, casta Mandinga, de veinte años de edad, la cual hubo y compró del Contador Miguel González de Figueroa, Juez Oficial Real que fue de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz el 20 de febrero de 1703. La vende en precio de 400 pesos de oro común.
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Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera, vecina de esta villa de Córdoba, dueña del trapiche de hacer azúcar nombrado San Francisco, otorga que se obliga de dar y pagar al Contador don Martín Calvo, vecino de la ciudad de la Puebla, por haberle prestado en reales de contado [roto].
Sans titreBaltazar González de Velilla Blanco, dueño de trapiche de hacer azúcar, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva Veracruz y Alcalde Ordinario en ella; o al Contador don Martín Calvo, vecino de la Puebla; o al Capitán Francisco Canales y Gacio, vecino de la ciudad de México, para que en nombre de su persona puedan recibir prestado [roto] y lo obliguen a pagar con los premios que corrieren.
Sans titreDon Cristóbal Suárez, Médico y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial a don Martín de Echagaray, Contador de Menores en la ciudad de México y vecino de ella, para que en su nombre y representando su persona pueda parecer y parezca ante los Señores de la Real Audiencia de dicha ciudad de México y demás jueces y justicias de Su Majestad y tribunales que convengan, sobre el litigio que se le ha puesto y movido por declaración hecha por don Rodrigo de Rivera Maroto, vecino de dicha ciudad, sobre la venta que tiene hecha al dicho don Rodrigo del obraje y casa de que fue celebrado contrato. Y otorgada su real venta, pida los autos y con su vista justifique dicho contrato y los demás derechos que le convengan. Asimimo, le otorga poder para que pueda buscar a crédito en dicha ciudad o fuera de ella, hasta cantidad de 500 pesos en reales, con sus premios e intereses y en los plazos que fueren convenientes.
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