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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0041 · Pièce · 1681/12/31
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Nicolás Blanco, hijo legítimo de Baltazar Blanco y de María Álvarez, sus padres difuntos, vecinos que fueron de esta villa de Córdoba, de donde es natural, otorga su testamento de la manera siguiente: Ordena que de sus bienes se den 1 000 pesos de oro común por iguales partes a cuatro doncellas pobres para ayudar a tomar estado; 4 000 a Antonia, niña, su sobrina, hija legítima de don Antonio Sentís [de Ojeda], difunto, y de doña Ana González de Velilla, su sobrina; 4 000 pesos de oro común a Juana, niña expuesta, que está criando en su casa. Declara que si José, niño, su sobrino, hijo legítimo de don Antonio Sentís [de Ojeda] y doña Ana González de Velilla, “quiere ser de la Iglesia”, sus albaceas impongan 4 000 pesos de oro común sobre su hacienda de trapiche de hacer azúcar para dote de una capellanía, y a título de ella se ordene el dicho José como primer capellán propietario. También ordena se dé a dicho José, su sobrino, uno de los negritos criollos que tiene en su trapiche; a la dicha Antonia, su sobrina, dos negritas que tiene en su casa; a Juana, niña que está criando, dos negritas que han nacido en su casa; a cada una de las dos hijas de José de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba, se le den una de las negritas criollas que tiene en su casa. También manda 200 pesos de oro común para ayuda de la obra de la capilla mayor y crucero de la iglesia parroquial; asimismo, manda un negrito, su esclavo, al glorioso Patriarca San José, para que sirva por todos los días de su vida. Declara que es casado con doña Ana de Sandoval, durante el matrimonio no han tenido hijos. Señala que adeuda y le deben las personas que se mencionan en la escritura. Declara por sus bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrado San Miguel [Azezenatl]; una casa de vivienda de piedra. Nombra por sus albaceas testamentarios a Ana de Sandoval, su mujer, al Capitán don Lope de Yribas [Iribas], su sobrino; e instituye como sus universales herederos a la dicha Ana de Sandoval y al Capitán don Lope de Yribas [Iribas].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0001 · Pièce · 1683/01/04
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de cuadrilla, otorga poder especial a Juan Bautista de Gatica, vecino de la Nueva ciudad de Veracruz, para que en cada uno de los viajes que dicha cuadrilla de carros haga y de los que ha hecho a dicha ciudad [cargada] de sillares de cantería de la cantera de la Encarnación la Peñuela de esta jurisdicción, para la obra del recalce de la Real [Fuerza] de San Juan de Ulúa conforme al [asiento] que el Alférez Mayor Miguel Valero de Grageda [Grajeda], su hermano, y él tienen hecho con Su Majestad, cobre de la Real Caja y oficiales reales de la Veracruz los pesos de oro que importe la mitad de los fletes de cada uno de los viajes [roto] [y] la otra mitad en dicha Real Caja para la satisfacción de los 8 000 pesos que al dicho su hermano y a él se les adelantarán en conformidad de los dispuesto y ordenado por mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Paredes, Marqués de la Laguna, Virrey de esta Nueva España, el 18 de agosto de 1682.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0029 · Pièce · 1679/06/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Gabriel de Mena [roto] de la obra del recalce de la Real Fuerza de San [Juan de Ulúa] dijo que respecto a ser necesario presentar ante los [jueces] oficiales reales de la Real Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz, las relaciones juradas de lo que ha ganado la gente por su trabajo en la saca y labor de los sillares de cantería para dicha obra, en la cantera de la Peñuela de esta jurisdicción, desde el 19 de octubre de 1682 hasta el 23 del presente mes y año, gastos de herramientas, jacales y otras cosas necesarias y precisas para su beneficio, y las cartas de pago y autos hechos por la Real Justicia de los pagamentos hechos a dicha gente, para que conste a sus mercedes lo gastado como la necesidad que hay de dineros para la continuación de la saca y labor de sillares y se sirvan de enviarlos. Para cuyo efecto, y respecto a que el otorgante manifiesta estar enfermo, otorga poder a Pedro Pablo Sánchez [López], residente en dicha cantera, para que en su nombre parezca ante dichos jueces y presente las relaciones juradas, autos, cartas de pago y demás recaudos concernientes, y pida le mande la Real Caja la cantidad de pesos necesarios.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0024-PC_0024_0064 · Pièce · 1689/08/23
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Miguel de Leiva [Esparragosa], natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Regidor Joseph [José] de Leiva y doña Catalina de Esparragosa, declara que es mayor de veinticinco años, aunque todavía se encuentra debajo de la patria potestad de sus padres y con el permiso de ellos otorga su testamento en la manera siguiente: Manda a las cofradías del Santísimo Sacramento, de las Ánimas, de Jesús Nazareno, de la Soledad, 6 pesos cada una, y a la cofradía de la Concepción de la Virgen 20 pesos. Asimismo, manda a Josepha [Josefa] y María de [Pedraza] 100 pesos. También manda 100 pesos para la obra de la parroquia. Manda se impongan 500 pesos en finca segura. Nombra albaceas a Joseph [José] de Leiva y a su hermano Joseph Gómez Dávila y deja como herederos a sus padres.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0024-PC_0024_0071 · Pièce · 1689/10/05
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Josefa García de Miranda, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Joseph [José] de Olivera, tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos, declara que siempre ha tenido particular deseo de hacer servició a Dios y porque en esta villa se está fundando el convento “de la descalses” del Padre San Francisco, advocación del Señor San Antonio, para ayuda de la consecución del citado convento ha deliberado dar 12 000 pesos de los 24 000 pesos que le fueron adjudicados en el juicio divisorio entre la compareciente y sus hijos, cantidad que está sobre el trapiche de hacer azúcar nombrado San Francisco. Por lo tanto, otorga se obliga a dar cada año 1 000 pesos y en remuneración de la dicha manda pide a los padres provinciales la admitan al patronazgo del dicho convento concediéndole los sufragios y honras.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0145 · Pièce · 1700/12/18
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Sargento Juan Martínez Tinoco y doña María Ramírez Masin, vecinos del pueblo de Orizaba y residentes en esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto tienen una esclava mulata nombrada María de la Concepción, la cual hubieron [roto] de su madre doña Teresa de Herrera, como consta en su testamento. Y por causas justa que les mueven, le permiten librarle de la sujeción y cautiverio en que se encuentra, a ella y sus tres hijos que se hallan en la edad pupilar, nombrados Antonio, Gabriel y Juan; cuya libertad otorgan con las condiciones expresadas en esta escritura, por el mucho amor que le tienen y por haberlos servido bien y fielmente y por haberla criado teniéndola en lugar de “nuestra hija”. Es condición que la susodicha y sus hijos gocen de libertad luego que alguno de los otorgantes fallezca: y si alguno de los otorgantes quedare vivo y contrajera segundas nupcias, no pueda obligar a los susodichos a servirles; y que la dicha María de la Concepción ha de estar, después del fallecimiento de algunos de los otorgantes, con María de las Nieves Tinoco, hija de los otorgantes, hasta que se ponga en estado y después la susodicha goce de su libertad junto con sus hijos. Y cumplido lo referido, es su voluntad que, si María de las Nieves no tomara estado o llegara a fallecer, María de la Concepción la asista y después goce de su libertad y junto con sus hijos goce también de un medio solar que poseen en el pueblo de Orizaba, el cual tienen donado los otorgantes a su hija María de las Nieves. Y si la dicha María de la Concepción tuviera otros hijos durante este tiempo, también gocen de su libertad. Es su voluntad que los menores hijos de María de la Concepción, luego de que cumplan catorce años de edad, de su propio trabajo personal, digan cada uno por las almas de los otorgantes dos misas cada año por el tiempo de sus vidas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0007 · Pièce · 1692/04/02
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor don Diego Valero [Grajeda], el Capitán don Pedro López del Castrillo, vecinos de esta villa, dijeron que por cuanto el Alférez Juan Maldonado, vecino de la misma, entre los vecinos de ella recogió de limosna 300 pesos para que con ellos se dotase una de las huérfanas pobres españolas de esta villa, “la que nombrase la persona que sacase en rifa”, la cual tuvo efecto el día 23 de marzo y salió en suerte Antonio Dorantes. El susodicho usando la facultad que tenía de nombrar a la huérfana, nombró a María Ponce González, doncella, hija legítima de Diego Amaro González y Josepha [Josefa] de Aguilar, vecina de ella, para que siendo o no nuestro [roto] servido de ponerla en estado [roto] le entreguen dichos 300 pesos por su dote, y [roto] esto es preciso se aseguren en personas [roto] que las reciba y pague sus réditos a razón de cinco por ciento en cada un año hasta que la susodicha se ponga en estado. Y dicho Alférez Juan Maldonado les ha entregado 150 pesos a cada uno que confiesan parar en su poder […] otorgaron recibo en forma y se obligaron a tener y a pagar [roto] a las persona a cuyo cargo fuere la prosecución de la obra material de la santa iglesia parroquial, que es para lo que está destinado dichos réditos; ya que luego que conste por certificación del cura de esta villa haberse puesto la dicha María en estado, le entregará cada uno los 150 pesos que tienen recibidos”.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0045 · Pièce · 1692/10/25
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Juana de Gatica y Aguilar, natural y vecina de esta villa de Córdoba, hija legítima de Gonzalo Gatica y doña María Álvarez, difuntos, mujer legítima de Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se digan por su alma trecientas misas rezadas; cien misas rezadas por el alma de Pedro Suárez, su primer marido; otras cien misas por el alma de los Capitanes Nicolás Blanco y Joseph [José] Blanco, sus tíos. Manda se den 100 pesos de limosna para la obra material de la santa iglesia parroquial de esta villa; otros 100 pesos de limosna para la obra material del convento de San Antonio; y 15 pesos para la cera del santísimo sacramento. Declara estar casada con el Alguacil Mayor Gregorio Martínez de Solís, durante dicho matrimonio han tenido por su hija legítima a Águeda María [de Solís Gatica y Aguilar]. Manda se le den 400 pesos de sus bienes a doña Gertrudis de Gatica, su hermana; 300 pesos a Juan Suárez, que ha criado en su casa; 80 pesos a doña Jerónima de Gatica, mujer legítima de Luis Gómez Infante; a María [de] Ferrera [de Tévez], Ana de Guzmán, Tomasa [roto] y Ángela de la Concepción, 4 pesos a cada una. Manda que a [Francisca Tomasina], su suegra, se le den 200 pesos a quien dicho su primer marido dejó por su heredera. Nombra como albacea testamentario al citado Gregorio Martínez de Solís a quien da poder de albaceazgo para que entre en sus bienes, los venda y remate. Nombra como única y legítima heredera a María Águeda, su hija.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0050 · Pièce · 1692/12/01
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Manuel Pereira de Lima, residente en esta villa de Córdoba, natural de la Feligresía de San Pedro Ayon [Dayon], Arzobispado de Braga en el Reino de Portugal, hijo legítimo de Juan Pérez Pereira e Isabel de Lima, difuntos, dijo que por cuanto los descargos de su conciencia y bienes de su alma los tiene comunicados con don Antonio López Correa, residente en Oaxaca, y con el Capitán Manuel Fiallo, vecino de ella, por tanto en aquella vía y forma otorga que da poder a cada uno “para que en caso de que Nuestro Señor fuere servido de llevarme otorguen mi testamento” en la manera siguiente: A la mandas forzosas y acostumbras y casa de Jerusalén manda a cada una 2 reales; para la beatificación del hermano don Gregorio López un peso. Manda 300 pesos para que sus albaceas, con intervención del señor cura, “echen en una urna las cédulas con los nombres de las huérfanas doncellas pobres y españolas que hubiere en esta villa y la que saliere en suerte haya de haber dichos 300 pesos para el estado que Dios Nuestro Señor fuere servido de darle”. También manda que dichos albaceas junto con el señor cura impongan de sus bienes a censo redimible, sobre finca segura, 200 pesos para que perpetuamente goce de los réditos el altar de Nuestra Señora del Rosario que se ha de poner en la santa iglesia parroquial de esta villa. Manda se den 100 pesos para la obra material del convento de San Antonio; y otros 100 pesos para la cofradía de las Benditas Ánimas. Y para cumplir este testamento nombra albaceas testamentarios a don Antonio López Correa y al Capitán Manuel Fiallo; del remanente que quedare de todos sus bienes nombra como universal heredero a Antonio López Correa, y en caso que el susodicho fallezca “antes que yo” herede el remanente el Capitán Manuel Fiallo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0024 · Pièce · 1691/07/02
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              “Juan de El rrey” [Juan Rey], vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa de Saldaña en Castilla la Vieja Obispado de León, hijo legítimo de Miguel Rey que al presente vive en ella, y de Cathalina [Catalina] Pérez, difunta, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den de sus bienes 50 pesos para la obra material de la iglesia parroquial; y 12 pesos para la capilla de San Sebastián. Declara por sus bienes 6 cargas de tabaco; las casas de su morada; una caja mediana con su ropa; y un caballo con silla y freno. Menciona por sus deudores a Juan [Guazo] del Río [delos Ríos], Felipe de Campos, Juana Dorantes viuda de Miguel de Paz, Alonso Rodríguez, Francisco de Barreda y Joseph [José] de Obregón. Nombra como albacea testamentario a Bartolomé Moyano Castroviejo, vecino de esta villa, para que entre en sus bienes, tome posesión de ellos y los remate en almoneda. Y cumplidas y pagadas las mandas y legados nombra como universal heredero a “Miguel de El Rey mi padre”, y si al tiempo del otorgamiento de este testamento fuere muerto “haya y herede el remanente de mis bienes Francisca Reyna [Reina] mi hermana”, vecina de dicha villa de Saldaña, mujer de Miguel Pastor.

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