El Alférez Real Miguel García Valero de Gragera [Grajeda], que lo es de Su Majestad de esta villa de Córdoba, dueño de cuadrilla de diez carros que posee herrados, dijo que por orden del Excelentísimo Señor Conde de Gálvez, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, se trajeron al pregón en esta villa, los sillares de cantería de la Peñuela para el recalce del muelle. Por lo que el día 3 de agosto próximo pasado, hizo posturas a dichas piedras labradas para conducirlas en dichos sus carros por cuenta de Su Majestad a la Nueva ciudad de la Veracruz, en cuya postura, quedó ajustado y concertado con el General Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de esta villa. Por lo cual, se obliga a conducir en sus carros los 355 sillares a 7 pesos y medio cada uno, en tiempo de dos secas, siendo de la medida acostumbrada, y dándosele por adelantados 1 400 pesos que devengará en los viajes que hiciesen dichos sus carros, en la forma que se ha acostumbrado en otras ocasiones, pagándosele en la ciudad de la Nueva Veracruz la mitad de lo que importare cada viaje y dando la otra mitad a cuenta de dicho suplemento, según y de la manera que consta en la postura, procurando hacer todos los viajes posibles en cada una de dichas secas sin poner embarazo ni pretexto alguno.
Sans titreCONSTRUCCIONES
143 Description archivistique résultats pour CONSTRUCCIONES
El Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparragosa, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de [roto] Joseph [José] de Leyba [Leiva] y de doña Catalina de Esparragosa, vecinos de esta villa, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena sacar de sus bienes 150 pesos para ayudar al obraje del convento del Señor San Antonio de esta villa. Declaró que desde hace dos años da limosna para que se digan cincuenta misas rezadas por las almas del purgatorio en el altar del Santo Cristo de Burgos, sita en la santa iglesia del señor San Agustín de la ciudad de los Ángeles, y para que no cesen dichas misas, ordena se saquen de sus bienes [500] pesos de oro común para que sus réditos sirvan de limosna y se digan las cincuenta misas perpetuamente. Declara ser mayordomo de la cofradía del Santo Cristo y Caridad, sita en la parroquia de esta villa, por lo cual ordena a sus albaceas entreguen las cuentas del tiempo que lo fue. Declara tener en arrendamiento un trapiche nombrado San José, en la jurisdicción de esta villa, perteneciente a su padre, el Regidor don Joseph [José] de Leyba [Leiva], por precio de 925 pesos cada año. Declara que compró en almoneda pública la casa de su habitación, que pertenecía a los bienes del Capitán Marcos Blanco. Declara estar suelto, libre de matrimonio y no haber sido casado. Declara por sus hijas naturales a Ana María de Leyba, de 5 años de edad, y a María de Esparragosa, de un año de edad, a quienes conoce su hermano el Regidor Miguel de Leyba y sabe en cuyo poder paran y que las hubo en mujeres solteras siendo como lo es él; y pide y suplica a Joseph [José] de Leyba [Leiva] y a doña Catalina de Esparragosa, sus padres, las reconozcan por hijas del otorgante. Nombra por albaceas a su padre y a su hermano el Regidor Miguel de Leyba. Ordena sacar del remanente de todos sus bienes lo que por derecho toca a sus hijas naturales. Nombra como herederos universales a sus padres.
Sans titreEl Licenciado don Nicolás Rendón, residente en esta villa, Teniente de Cura del pueblo de Orizaba y mayordomo de la fábrica material de la iglesia parroquial de dicho pueblo por nombramiento del Ilustrísimo Señor don Pedro de Nogales Dávila, del Consejo de Su Majestad, Dignísimo Obispo de este obispado, otorga poder a don Juan Mateo Bancaledo, residente y vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el dicho señor obispo o ante su provisor y vicario general de este obispado y pida se sirva despacharle censuras para que los vecinos del pueblo de Orizaba, contenidos el poder en que se hizo el remate de las alcabalas de dicho pueblo, juren y declaren en el juzgado eclesiástico de dicho pueblo y también lo hagan las demás personas que supieren de que si al tiempo de hacerse dicho remate se comprometieron en darle a la mencionada fábrica los vientos de las Reales Alcabalas; asimismo, manifiesten los bienes que tuvieren ocultos de seis años a esta parte, para cuyo efecto presente suplica, memoriales y los demás papeles y recados que sean necesarios.
Sans titreLos presentes otorgantes, dijeron que deseosos de ver acabada la santa iglesia parroquial de esta villa, pero no teniendo con que concluirla y por lo que a cada uno ellos corresponde, acordaron para este fin aportar las cantidades siguientes: el Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda 200 pesos; don Manuel de Rosas 250 pesos, don José de Segura y Ceballos 250 pesos, el Capitán Juan Valero Grajeda 100 pesos, el Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila 100 pesos, el Capitán don Lope Antonio de Iribas 300 pesos, el Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro 500 pesos, el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa 100 pesos, el Capitán don Pedro López del Castrillo 100 pesos, el Capitán don José de Carvajal y Contreras 100 pesos, el Capitán don Juan Gómez Dávila 100 pesos, Diego de Altamirano 100 pesos, don Domingo Merodio 100 pesos, don Francisco Estévez 100 pesos, don José Hernández Navarro 100 pesos, y don Antonio Estévez 50 pesos. Para cumplir esta promesa han determinado reducirla a instrumento público poniéndolo en ejecución, y todos juntos en mancomún y cada uno, se obligan a pagar la cantidad que tienen ofrecida para la obra material de dicha iglesia, al mayordomo que al presente esté o en adelante estuviere, en la forma siguiente: la mitad para el día último de diciembre venidero del presente año y la otra mitad para el día último de abril del año de 1716.
Joseph [José] Francisco, indio, maestro de albañilería, vecino de la ciudad de los Ángeles en el alto de San Francisco, quien habla bien el castellano, con merced del Alcalde Ordinario Nicolás Blanco, otorga que debe 55 pesos de oro común a la obra del crucero y capilla mayor de la iglesia parroquial de esta villa, cantidad que importa su trabajo en dicha obra y lo que ha recibido del Alguacil Mayor Francisco de Solís, quien corre con la obra, a cuenta de lo que en adelante habrá de trabajar en ella, los cuales se obliga a pagar con su trabajo cada vez que sea llamado para continuarla, para lo cual acudirá sin excusa ni dilación alguna.
Sans titreSalvador Pérez Milián, maestro del oficio de carpintero, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que en presencia del General Joseph [José] Maza, Alcalde Mayor [roto], ha de ser obligado a hacer y acabar por sus manos la techumbre de la iglesia parroquial y capilla mayor del pueblo de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec], por el precio de 900 pesos. Y en presencia de don Pedro Miguel, Gobernador; don Gerónimo [Jerónimo] Maximiliano, Alcalde; Andrés Pedro, Regidor; don Salvador Juan Hernández, Gobernador pasado; don Nicolás Maximiliano, Alcalde pasado del dicho pueblo de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec]; otorga que se obliga con su persona y bienes a cumplir lo que dice la presente escritura.
Sans titreMartín del Pino, moreno libre, maestro de albañil, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, dijo que a pedimento del Doctor Joseph [José] Valero [de] Grageda [Grajeda], Cura por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico en esta villa y su jurisdicción, ha llegado a esta villa a ver y reconocer la obra material de la iglesia parroquial de ella, ya empezada a hacer, para que ajustándose con Su Merced continúe en acabarla. También declara que en la presente fecha acordó con su Merced para efecto de asistir a trabajar en dicha obra, y por tanto en aquella vía y forma otorga que se obliga a trabajar en dicha obra y acabar el crucero de la iglesia parroquial de esta villa, dándole para ello todos los materiales necesarios; y acabada que sea, dicho cura ha de pagarle 700 pesos de oro común, a cuyo cumplimiento se obliga con su persona y bienes habidos y por haber. Finalmente, señala que de la dicha cantidad se le han de dar en la ciudad de la Nueva Veracruz, 100 pesos de contado para el avío de venir a esta villa a trabajar en la obra; y los 600 pesos restantes se le darán conforme “le cupiere a cada pieza que [sobre] cuatro bóvedas grandes, dos chicas y el cimborrio”.
Sans titreAntonio de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba, natural de San Juan Coscomatepec, hijo legítimo de Simón de Olivera y Petrona Gómez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda 30 pesos en reales a la cofradía de las Benditas Ánimas; 10 pesos a la cofradía del Santísimo Sacramento; cincuenta carretadas de piedra para la obra del señor San Antonio; y cien carretadas de piedra para la obra de la iglesia parroquial. Menciona que debe a las personas siguientes: Joseph [José] de Nares, Matías Tamariz, Joseph [José] de Figueroa, Juan García, Joseph [José de] Mañas; y como sus deudores a Juan [Yáñez] Ortega [de la Pava] y Francisco de la Cruz. Declara que es casado con Ana de Algarin, de cuyo matrimonio tienen una hija nombrada Antonia de Olivera y el póstumo de que queda encinta la susodicha. Señala por sus bienes cuatro mulas de recua, una negra que está preñada, entre otros artículos que se mencionan en la escritura. Nombra por sus albaceas testamentarios a Domingo Melodio [de Merodio] y a su hermano Juan de Arévalo; y como herederos universales a Antonia de Olivera su hija y al póstumo de que queda preñada la dicha su mujer.
Sans titreDoña María Martín Lomelín, vecina de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de México, viuda de Bernardo López de Guzmán, difunto, hija legítima de Miguel Martín Lomelín y de doña Luisa de los Reyes, otorga su testamento en la siguiente manera: Manda ser sepultada en la iglesia parroquial de esta villa, inmediato a la pila del agua bendita. Manda que se den 2 pesos a cada una de las cofradías sitas en la iglesia parroquial de esta villa y a la fábrica material de la iglesia parroquial de esta villa. Es su voluntad que por el cariño que le tiene a Ana Galván se le den 4 pesos. Declara que la viuda de Pascual de Peralta le debe 150 pesos, y que por ser pobre le perdona 50 pesos. Declara que fue casada con Bernardo López y al matrimonio ella llevó por dote 600 pesos y el susodicho no tenía ningún caudal; de cuyo matrimonio procrearon como hijos legítimos a Miguel López, casado con Petrona de Cabrera, vecina de la ciudad de los Ángeles; y a doña Gertrudis López, casada con Jacinto de Ledos y Pasos, difunto. Declara le tiene dado a su hijo 200 pesos que la otorgante pagó a don Andrés Gil, vecino de los Ángeles; 100 pesos que también habrá de pagar a don Juan Laso Nacarino, vecino de la Veracruz; veintidós mulas de carga y de silla y un esclavo negro, que le entregó a su hijo para que las trajinara, las cuales pertenecen a la otorgante; entre otros bienes que se mencionan. Señala por sus bienes una casa, donde actualmente vive que tiene separación y división con la que le dio a su hija cuando se casó; un negrito criollo de cinco años, nombrado Juan; entre otras cosas que se mencionan en el acta. Nombra como albacea testamentario y tenedor de bienes a Antonio de Aponte, vecino de esta villa. Finalmente, nombra como herederos únicos y universales a sus dos hijos.
Sans titreDon Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo y vecino de esta villa, dijo que de algún tiempo a la fecha es su deseo entrañable ver fenecido el templo y convento de Nuestro Padre Señor San Antonio de la orden de “la descalses” de Señor San Diego, principado en esta villa de Córdoba por el Capitán Francisco de Solís, su tío difunto, Alguacil Mayor que fue de ella. Y llevado del anhelo con el conocimiento de ser obra tan del servicio de Dios Nuestro Señor, trató comunicación con los reverendos Provincial actual de la Provincia de San Diego Fray Nicolás [de Benavente] y Fray Joseph [José de Melluegui], Difinidor [y Guardián] de dicho convento, quienes le dijeron que debía comparecer por escrito al difinitorio pleno; de manera que hizo dicho escrito en donde refiere a sus paternidades reverendísimas lo propuesto, y les pide la concesión del patronato de dicha iglesia de Señor San Antonio de esta villa, obligándose a terminar y perfeccionar con todo lo restante de dicho convento. Además les ofrece para su mayor firmeza y estabilidad otorgar escritura de obligación, con hipoteca especial de la hacienda que posee en la jurisdicción de esta villa. Igualmente les informa que hará dicha obra y otorgará la fianza, con cargo y condición que ha de quedar obligada la provincia a que le guarden los fueros y preeminencias de tal patrón y a todos sus descendientes, de igual modo a que se le han de decir perpetuamente para sufragio de su alma, de su esposa doña Juana Gatica [y Aguilar], de su tío el Capitán Francisco de Solís y la de su mujer doña Gertrudis de Gatica, la de sus padres y demás ascendientes y descendientes, tres misas cantadas anualmente, una el día del Señor San Antonio, la segunda el día de la Natividad de San Juan Bautista y la tercera un día de la infraoctava de los difuntos. Dado que para presentar y conseguir su deseo, necesita dar poder, respecto a que él no puede asistir personalmente a ello; lo pone en efecto y lo otorga a don Alejo de Apellanes, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre comparezca ante los reverendos padres, provincial y difinidores del convento del Señor San Diego, y presente el escrito suso citado para su cumplimiento, hasta conseguir la gracia que propone; a su vez que lo obligue a cumplir con sus personas y bienes, especialmente con hipoteca de una hacienda ubicada en esta jurisdicción, que linda por la parte del oriente con tierras de Josepha [Josefa] García de Miranda; por el norte con las tierras que posee el Capitán Joseph [José] de Segura y Seballos [Ceballos]; por el sur y poniente con la barranca que llaman de Tleapa; con todo lo que le pertenece.
Sans titre