Don Juan Flores Gutiérrez de Terán, vecino de la Capital de México, residente en esta Villa, como actual capellán propietario de la capellanía, que con el principal de 4 000 pesos y cargo de 15 misas rezadas al año, fundó doña María González Guerra y Vértiz, por medio de su esposo y albacea don Gabriel Gutiérrez de Terán, abuelos del otorgante, y de la que hoy es patrono la Excelentísima Señora Condesa de Casa Flores, madre del otorgante, renuncia al relacionado beneficio de capellán, dejando sus rentas en favor del nuevo capellán que tenga a bien nombrar el patrono de la citada capellanía, cuya renuncia hace debido a que una de las cláusulas de la fundación expresa que pasando el capellán de la edad de 25 años, sin estar ordenado in sacris, debe renunciar para proveerla a otra persona hábil y habiendo el otorgante cumplido los 25 años edad sin estar ordenado ni tener intenciones de hacerlo, ha tenido a bien en renunciar.
CONDESAS
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Doña María Rafaela Gutiérrez de Terán, Condesa de Casa Flores, vecina de la Capital de México, residente en esta Villa, como patrona de la capellanía que con el principal de 4 000 pesos y cargo de 15 misas rezadas al año, fundó su padre, don Gabriel Gutiérrez de Terán, como albacea y marido de doña María González Guerra y Vértiz, nombra como capellán de la expresada capellanía a don Gabriel Flores Gutiérrez de Terán, hijo de la otorgante.\t
Don Diego Rul, Conde de Casa Rul, Coronel del Regimiento Infantería Provincial de Valladolid, otorga poder especial a su señora esposa doña María Ignacia de Obregón, Condesa del expresado título, residente en la Capital de México, para que a nombre de ambos otorgue escritura de venta a favor del Señor Coronel don Manuel Espinosa Tello, de la Hacienda de Cieneguillas y sus anexos, situada en la Jurisdicción de Aguascalientes, con inclusión de los muebles y enceres que le correspondan; por lo que le da toda facultad para hacer las agencias y diligencias necesarias que lleven al efecto dicha proceso.
Don José Pérez, vecino de este pueblo de Jalapa, con poder de Doña María Juliana de Rivadeneira y Castilla, Condesa de la Mejorada, informa que a nombre de la citada Condesa, le debe a don Francisco Miguel Velad, residente en este pueblo de Jalapa y vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, la cantidad de 2, 000 pesos en reales, a cambio de darle trigo de buena calidad y la cosecha del año siguiente, a cambio la dicha Condesa recibirá petates y lías, por lo cual se obligan a cubrir y pagar dicho préstamo.
Don José Pérez, vecino de este pueblo de Jalapa, con poder de la señora María Juliana Rivadeneira y Castilla, Condesa de la Mejorada, informa haber recibido de don Antonio de Vargas, Comisario de la Real Hacienda, 2 partidas de puercos cebados que tenia embargados don Francisco de Mier Cazo y Estrada, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la jurisdicción de San Juan de los Llanos, obligándose a pagar 1, 500 pesos escudos de a 8 reales.
Don Diego Hidalgo de Truijillo, vecino del pueblo de Jalapa, en nombre y con facultad de la señora Condesa de la Mejorada, vecina de la jurisdicción de Tepeaca, ha recibido 2, 000 pesos en diferentes géneros y mercaderías que le ha entregado don Mateo de Arcila y Lizarralde, mercader y vecino de Jalapa, de quien se da por entregado y a la paga de dichos 2, 000 pesos obliga a dicha señora y causante en las cargas de trigo que importasen que se han de entregar puestas en sus haciendas a favor de dicho don Mateo, al precio de 4 pesos y 3 reales la carga de trigo, para el año de 1732.
Don José Pérez, vecino de este pueblo de Jalapa, en nombre y con poder de doña María Juliana de Rivadeneira y Castilla, Condesa de la Mejorada, vecina de la provincia de Alpeaca, cuyo poder fue otorgado en la hacienda nombrada Santa Bárbara Quezalapa, el 6 de noviembre de 1731, para comprar y vender cualquier ganado, semillas, géneros de castilla, pagando de lo que compre hasta la cantidad de 25, 000 pesos de oro común.
El Alférez Juan García del Castillo, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de los Ángeles, hijo legítimo de José García del Castillo y de doña Francisca de Godínez Maldonado, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que ha sido administrador este trapiche de San Miguel [Azezenatl], del que era dueño el Capitán don Lope de Iribas, difunto, con el cual ajustó ganar cada año por su administración la cantidad de 1 000 pesos; asimismo, declara que después del fallecimiento de Iribas continuo en la administración del trapiche, pues el difunto lo dejó nombrado por su albacea y tenedor de bienes, cargo que ha usado y administrado dicha hacienda hasta el día de hoy, de cuyo tiempo se le debe pagar el 5 por ciento de albaceazgo y administración de dicho trapiche, por ser público el continuo trabajo, desvelo y solicitud con que se ha empleado, por lo cual, manda a sus albaceas ajusten cuentas y cobren lo que le deben. Señala que, para el avío y sustento de este trapiche y vestuario de sus esclavos, se vio en la necesidad de pedir prestadas algunas cantidades de pesos a varias personas, las cuales se mencionan en el acta. Declara se debe de diezmos por esta dicha hacienda, hasta fin de diciembre, 525 panes de azúcar; 26 cargas de miel; 30 fanegas de maíz y 3 cargas de panela; y para dar cumplimiento a este débito, entregó al Regidor don Diego Valero Grajeda, una suerte de caña nombrada San Miguel, obligándose éste a dar 350 panes de azúcar la Licenciado Diego García Calvo, Juez Cobrador de Diezmo, y 134 pesos al Licenciado don Juan de Rivera Grajeda. Declara tiene entregado a don Lope Antonio de Iribas 11 821 pesos 7 reales del principal y réditos de una manda y legado que le hizo Nicolás Blanco, difunto. Declara que en poder de don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario de dicha villa, está un negro esclavo nombrado Tomás Alejandro; también en poder de Juan de los Santos Cubillos, hay un negro esclavo y una mulata con sus dos crías; y el Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia de la ciudad de los Ángeles, tiene embargada una negra y una cría, todos pertenecientes a esta dicha hacienda; por tanto, ordena que sus albaceas los recauden y traigan a esta hacienda. Declara que las crismeras de plata y el incensario perteneciente a esta capilla se las llevó el Licenciado Sebastián Falcón, por argumentar, que el difunto don Lope de Iribas, le debía unos pesos, pide que se hagan diligencias necesarias, se recauden las alhajas y se pague lo que se debe. Declara que tiene pagado diferentes cantidades de pesos y réditos de censos que están impuestos sobre esta hacienda, y de legados y mandas hechas por don Nicolás Blanco; entre otros pagos que se mencionan en el acta. Por otro lado, dijo que habrá treinta años que contrajo matrimonio con María de Contreras, quien trajo por dote 4 000 pesos y él no tenía ningún caudal. Durante dicho matrimonio han procreado: a Francisca, doncella de veintiocho años; a Catalina de veintisiete años; Francisco de veinte seis años; María de quince años; y Jacinta de trece años. Señala como bienes propios “la ropa de usual de mí poner”, y lo que le debe esta hacienda por razón de administración y albaceazgo, ordena a sus albaceas su cobranza por ser justicia y tener obligación con sus hijas doncellas y con su mujer pobre, a quien pertenece lo que le se le debe. Declara tiene empeñados en poder de Francisco Godoy los siguientes esclavos, por 350 pesos que le prestó: José Antonio, negro, y una negra nombrada María, su mujer, y una negra, su hija, nombrada Rosa, los cuales manda se recauden. Asimismo, en la villa de Cuernavaca, tiene empeñado en poder de doña Agustina de Villalobos, un negro nombrado José de Borja, por cantidad de 250 pesos. Declara tener en poder del [roto] don Juan Francisco, Alcalde Mayor que fue de Pinsan [Pinzán], un negro membrillo cocho carpintero, nombrado Nicolás, el cual tiene en prenda por unas dependencias, las cuales manda ajusten sus albaceas. Declara haber sido arrendatario de unos trapiches de hacer azúcar en la jurisdicción de Pinsan [Pinzán], pertenecientes a la Señora Condesa de Orizaba, y a los dos años de dicho arrendamiento, por haberle faltado la salud, pasó a la ciudad de México [roto] a dicha señora y con su consentimiento hizo traspaso de dicho arrendamiento a José de León, vecino de las Amilpas, dejando de mejoras en dicho trapiche la cantidad de 10 000 pesos, los cuales quedó de pagarle dicho José de León, quien no lo ha hecho, por lo cual, manda a sus albaceas se le cobre. Nombra por sus albaceas testamentarios a doña María de Contreras, su mujer, y a Manuel Francisco García del Castillo, su hijo; nombra como tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos a María de Contreras; y por sus únicos y universales herederos a sus cinco hijos.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon José Pérez, vecino de este pueblo de Jalapa, con poder de Doña María Juliana de Rivadeneira y Castilla, Condesa de la Mejorada, informa que ha recibido de Don Mateo de Arcila y Lizarralde, mercader y vecino de este pueblo de Jalapa, 2, 812 pesos y 4 reales en reales de contado, los cuales le debe entregar a la Condesa, a cambio de trigo y cosecha del año próximo.
José Antonio de Acosta, vecino y mercader de este pueblo de Jalapa, informa que recibió de don José Pérez, vecino de este pueblo, la cantidad de 328 pesos y 100 reales, mismos que le debía la señora doña María Juliana de Rivadeneira y Castilla, Condesa de la Mejorada, como principal y José Pérez como su fiador y principal pagador, lo cual consta en escritura de fecha 6 de noviembre de 1731, misma que ahora da por nula y cancelada al haberse pagado dicho adeudo.