CONDES

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0043 · Unidad documental simple · 1709/03/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Nicolás de Aguirre Figueroa, residente en este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, dueño de hacienda de ganado menor en la jurisdicción de San Andrés Chalchicomula, provincia de Tepeaca, y vecino de ella, otorga que vende a los naturales de los barrios de San Nicolás, Santiago Ystiyuca [Ixtiyuca], Tozongo [Tosongo] Alto y Tozongo [Tosongo] Bajo, jurisdicción de este pueblo, cinco sitios de tierra y una caballería a la linde de ellos, de ganado menor, que está en los términos de este pueblo, y se contienen en las mercedes otorgadas por los Señores Virreyes que han sido de esta Nueva España: don Luis de Velasco, el Conde de Monterrey y el Marqués de Guadalcazar. Cuyas mercedes hicieron a Juan Blanco, Juan Romo y a doña Catalina Franco, en cuyos derechos sucedió García de Arévalo y Luis de Arévalo, y por muerte de éstos, los obtuvo don Nicolás de Aguirre Figueroa, por habérseles rematado en pública almoneda. Los vende en 1 100 pesos de oro común en reales horros de alcabala, de los cuales 100 pesos pagarán dentro de seis meses y 1 000 pesos dentro de seis años, a razón de 166 pesos y 4 reales en cada un año. Los sitios se nombran: Moyoapa [Moyoapan], Sacantlapa [Zacatlapa], Chapultepeque [Chapultepec], Otlatepeque [Otlatepec], Yscuinatle [Izcuinatle].

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0034 · Unidad documental simple · 1719/05/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel Navarro, Gobernador del pueblo de Santa Anna Sacan [Zacan], jurisdicción de la villa de Córdoba, sus alcaldes, regidores, principales, común y naturales, solicitaron el otorgamiento de este poder al Señor General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, su partido y jurisdicción y Teniente de Capitán General en ella, licencia que les fue concedida. Por lo que, otorgan poder general a don Francisco Antonio Rosales, Procurador de Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en representación de sus nombres, personas y comunidad para todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales que tengan con cualesquier personas y contra dicho pueblo, que al presente tienen con el Conde del Valle de Orizaba sobre tierras, así demandando como defendiendo en los juzgados, audiencias, tribunales, y hasta que tenga efecto lo contenido en este poder.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0132 · Unidad documental simple · 1714/04/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeq [Coscomatepec], jurisdicción de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de don Manuel de Garaita y de doña María Álvarez Ricardo, su mujer, vecinos de esta villa, asimismo, en nombre de doña Ángela y de doña Josefa Ricardo, doncellas mayores de veinticinco años, sus hermanas, hijas y herederas del Capitán don José Álvarez Ricardo y de doña Isabel Noroña y Palacios, de quienes tiene recibido carta y poder; otorga que vende al Señor don Simón Modesto Venegas de Espinosa, Conde de la Mejorada, Vizconde de Santa Barvara [Bárbara], Gentilhombre de la llave dorada de Su Majestad, un sitio de tierra de ganado menor en jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, en un paraje nombrado Sitlatetelco [Sintlatetelco], que linda por la parte del sur con una barranca muy honda que llaman de Tenampacocatl; y por la del norte con otra barranca que llaman Jalatl [roto] con el pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco] y en medio de dicho sitio de tierra está un cerrillo pelado que llaman Sintlatetelco, a manera de que fue hecho a mano, de que hizo merced el Excelentísimo Señor don Pedro de Moya de Contreras, Arzobispo de México, del Consejo de Su Majestad, su Virrey, Gobernador y Capitán General que fue de esta Nueva España, a don Antonio Reinoso, de dos sitios de estancia para ganado menor en los términos de dicho pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], de esta jurisdicción, y San Francisco Quitlatepeque, de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, que se contienen de bajo del mapa que está con dicha merced, su data a los 20 de diciembre 1592, refrendada de Martín López de Gauna, cuyas tierras los padres de los poderdantes heredaron de sus padres, quienes las compraron a Francisco Bargayanta, vecino que fue del pueblo de Orizaba, cuyos títulos y escrituras entregan al comprador. La venta la hace con sus comederos, aguas, pastos, abrevaderos, cerros, barrancas y todo lo que le pertenece, al precio de 325 pesos.

              ANTONIO DE ACOSTA PADRÓN, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0065 · Unidad documental simple · 1705/07/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              En la hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel que fue del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa y hoy posee doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, jurisdicción de la villa de Córdoba, parecieron don Lope Antonio de Iribas y la citada doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda de don Miguel de Leiva; la susodicha Dávila Barrientos dijo que su padre don Diego Dávila Barrientos, en vida ganó mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey que fue de esta Nueva España, en el año de 1695, para que se le hiciera merced de un sitio de tierra para ganado mayor, a la linde de un trapiche que dicho Diego Dávila poseía en jurisdicción de la Antigua Veracruz. Y porque al presente don Juan Dávila Barrientos su hermano, hijo y heredero de Diego Dávila, por lo que le toca, pretende conseguir dicha merced para el uso de la tierra, y en su efecto les ha pedido su beneplácito, y no hallando los susodichos otorgantes con intención de cultivar ni poblar dichas tierras, otorgan que dan su poder a don Juan Dávila Barrientos para que por ellos pueda parecer ante el Rey Nuestro Señor, señores presidente y oidores de la Real Audiencia y ante quien y con derecho deba, y pida se sirvan hacer merced de las tierras contenidas en el mandamiento, mandándole despachar título real en forma, para que en su efecto pueda tomar posesión de ellas. También, dijeron los susodichos que después de conseguida la merced por su hermano don Juan Dávila Barrientos, declaran que renuncian la parte que les puede tocar de las citadas tierras, por lo que ceden y transfieren en él todos sus derechos de propiedad para que las goce y posea como suyas propias.

              SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL