Don Thomas Jerónimo Rodríguez, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Francisco Rodríguez Jiménez, vecino de la Ciudad de la Veracruz, para que en su nombre contrate y celebre compañía de comercio y trato de todo genero de mercaderías con don Juan Baptista Belaunzarán, vecino de la Ciudad de la Veracruz.\r\n\r\n
COMPAÑÍAS
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Don Jerónimo José Malagamba, residente en esta villa, otorga poder especial a don Gabriel Rodríguez, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre y representación, exija judicial o extrajudicialmente de don Francisco Puig, vecino y el comercio de la misma ciudad de la Puebla, el cumplimiento de la escritura de liquidación y transacción de cuentas que resultaron de la compañía de intereses que siguen en dicha ciudad, su fecha a once de junio próximo pasado. Para que todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que sean necesarias.
UntitledEl ciudadano Dionisio Camacho, de esta vecindad, dijo que en juzgado de hacienda de este cantón se formó expediente a solicitud del administrador de alcabalas sobre la detención que se hizo en la garita del Calvario de dos taratanas que conducía para Puebla el ciudadano Manuel Juárez. Que en el juicio verbal habido en dicho juzgado el 25 del corriente, contradictorio entre el celador Miguel Márquez y el expresado conductor Manuel Juárez, en que el primero pretendía se declarasen los carruajes caídos en la pena de comiso mediante a que venían sin pase ni guía, y en que el segundo defendía no deber incidir en tal pena conforme a la ley del Congreso General a que se acogió para pretender que esos carruajes sean libres en sus importaciones. Tuvo a bien el juez de hacienda de consentimiento del fiscal de ella, en acceder a la súplica que le hizo el comparente, a quien vinieron consignadas de Veracruz las citadas faratanas, de que se permitiese su transporte a Puebla adonde iban dirigidas para los señores Furlong, en consideración a los excesivos gastos que se originarían en esta ciudad con la detención y bajo la caución fideiusoria que estaba pronta a otorgar el mismo comparente por el valor de 1 200 pesos. Que conformes el juez y las partes en que se siguiesen su derrotero las faratanas bajo dicha caución, se pasaron el expediente a este oficio público para que se ponga en él la constancia de haber sido otorgada la fianza. Por lo cual, Dionisio Camacho otorga que fía al mencionado conductor don Manuel Juárez, al consignante de dichas faratanas, a los consignatarios que parece es una compañía de carruajistas de que son miembros los señores Furlong, o a quien aparezca en juicio ser responsable del valor de dichas faratanas, siempre que juez competente se declare en juicio definitivo haber caído en la sobre dicha pena de comiso, en cuyo caso las presentará al momento que sea requerido o su estimación de 1 200 pesos en dinero efectivo.
UntitledLos señores Elías e Hijos de este comercio, otorgan poder a los señores Fuentes de María, del comercio de Puebla, para que a nombre del comparente hayan, perciban, demande y cobren todo lo que les deban. Y si para dichas cobranzas fuera necesario gestionar judicialmente, puedan comparecer en todos los tribunales y juzgados eclesiásticos o seculares que importen.
UntitledDon Manuel Antonio de Alonso, residente del pueblo de Jalapa, integrante de la Compañía Campana Alonso y Fragua, establecida en el puerto de Veracruz, solicita la cancelación de una escritura, por la cantidad de 4, 520 pesos, los cuales ha recibido de Diego Sánchez Pareja, a través del Doctor Pedro Brito y Abreu, Prebendado de la Iglesia de Puebla.
Don José Miguel de Iriarte y Lezeta y don Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, vecinos de esta Villa, dueños de la Hacienda y Trapiche de San Cayetano, alias Pacho, en esta jurisdicción, en atención a que a fin de este año se concluye la compañía que tienen celebrada por dicha hacienda y trapiche y quedando como único dueño don José Miguel de Iriarte, otorgan poder a don Cristóbal Rendón, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en sus nombres cancele las escrituras de censo e hipotecas que de mancomún otorgaran ambos como dueños de dicha hacienda, obligando al primero y otorgando en nombre de este sólo las escrituras de obligación hipotecas y afecciones a que dicha finca, raíces, muebles y semovientes estén sujetas, dando por libre de ellas a don Joaquín de Cendoya.\t
Don José Miguel de Iriarte y Lezeta, vecino y del comercio de esta Villa, dijo que en compañía de don Joaquín de Cendoya y Arizabaleta compró una hacienda nombrada San Cayetano, alias Pacho, el 27 de julio de 1782, desde cuyo tiempo la han poseído en compañía y la han gravado a varias partidas, y por cuanto don Joaquín de Cendoya se ha separado enteramente de dicha compañía, otorga poder especial a don Cristóbal Rendón, vecino de la Ciudad de los Ángeles, para que en nombre del otorgante y como dueño absoluto de la enunciada hacienda y trapiche, se tome razón de las escrituras que por la compañía se otorgaron de censos, con hipoteca de dicha hacienda, para que halla en ellas la debida constancia, tanto en las escrituras como en los libros de anotador, de que el otorgante es solo el censuatario y dueño de la expresada finca.\t
Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, residente en Jalapa, y José Robledano de Cardeña, mercader de esta vecindad, dicen que tiene trabado y pactado con acuerdo y deliberación, el hacer compañía el uno con el otro para tener en el trato y contrato en mercaderías de Castilla, de la tierra de China y de otras partes, por lo que otorgan que hacen la compañía por 2 años que empezaron a correr desde el 16 de junio, con las cláusulas que se señalan.
Marcos de San Juan y Vera, residente en esta villa de Córdoba y natural de la Gran Canaria, hijo legítimo de Sebastián de Diepa de Vera y de María Gutiérrez Sedeño, difuntos, otorga su testamento en el que ordena que si llega a fallecer en esta villa se le den 10 pesos de limosna al convento del Señor San Antonio que se está construyendo. Declara ser soltero y no tener herederos forzosos. Dijo que hace un año once meses hizo compañía con Juan López de Febre, vecino de la Veracruz, para lo cual él puso 1 252 pesos en reales y dicho Juan López 821 pesos, a mitad de ganancias. Declara que el Alférez Francisco de Solís, vecino de la ciudad de los Ángeles, tiene en su poder 1 450 pesos en reales, más 90 pesos que le había de entregar Antonio Díaz, vecino de dicha ciudad, quien tiene tienda junto al mesón del Cristo. Declara haber dado a guardar a Gonzalo García de Aguilar, vecino de dicha ciudad, 500 pesos en reales. Asimismo, tiene en poder del dicho alférez un vestido con dos pesos de calzones de paño fino, botonaduras de hilo de oro y capote de carro de oro con vueltas de felpa, tres pares de medias usadas de diferentes colores, dos pares de calcetas ordinarias nuevas y un sombrero blanco usado de lana de vicuñas. Nombra como albacea y tenedor de sus bienes a Juan López de Febre y en esta villa de Córdoba a Benito Rendón, como albacea, y como heredero universal a Juan López de Febre, su paisano y amigo.
UntitledJuana Díaz, estante en la Puebla de los Ángeles, dio carta poder a don Alonso García de la Torre para que en su nombre pueda vender unas casas en Jalapa, un potrero que linda con el ingenio de Francisco Hernández de la Higuera, y media estancia que tiene situada en términos de Omiquila, en compañía con Juan de Quiroz.