Don Manuel Antonio de Alonso, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, exhibió escritura de 17 de junio de 1771 en la que se obliga a la Compañía de don Manuel Rivero e hijos, a pagar en este reino a la titulada compañía Alonso y Fragua, la cantidad de 6, 660 pesos, que a riesgo de mar le suplió en Cádiz don Joaquín Felipe Dolorea, y por haber recibido dicha cantidad de don Luis Francisco Navarro, Maestre del Navío nombrado la Vegoña, de que es dueña dicha compañía, don Manuel Antonio de Alonso da por cancelada la dicha escritura.
COMPAÑÍAS
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Don Juan Bautista Ustáriz, Caballero de la Orden de Santiago, Conde de Reparaz, vecino de Cádiz y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Gaspar Antonio Leal, para que en su representación pueda plantear y seguir el negocio que tiene promovido, en si debe o no ser incluido en la moratoria de sus hermanos, concedida por Su Majestad a nombre de Juan Miguel, Juan Felipe y Juan Francisco Ustáriz, conocidos como “Ustáriz Hermanos y Compañía”, hasta que se decida el punto.
Don Joaquín José Micon, vecino de la Nueva Veracruz, solicita que don Juan Manuel de Revilla, de la misma vecindad, cumpla una libranza por 3 000 pesos, girada por don Domingo Bermúdez de Castro, vecino de Cádiz, a lo que Revilla contestó que no ha satisfecho la libranza por no haber entrado en su poder los fondos contra los que libra el girador de ella, que proceden de varios efectos que remitió a Veracruz don José Bermúdez de Castro a la casa de los señores Corral Llera Sobrino y Compañía, cuya compañía le ha contestado que han vendido fiado y a la fecha sólo han cobrado la cantidad de 1 310 pesos, que no cubre los 3 000 pesos valor de la libranza, mismos que pretende el tenedor de ella se le satisfaga, por lo cual, mediante la presente, don Joaquín Micon protesta contra el girador o contra quien haya lugar por todos los daños, atrasos, perjuicios, gastos y menoscabos que por su incumplimiento se le recrezcan a él como al endosante.
Don Mateo Badillo, vecino de España, residente en este pueblo de Jalapa, en nombre de don Francisco Pérez de Aguilar, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 8, 800 pesos, que ha recibido de don Francisco Gil, vecino de la Nueva Veracruz, mismos que don Juan José Vélez de Guevara y la Madrid, Conde de Guevara y vecino de la Ciudad de Cádiz, por sí y en nombre de los Señores Ustáriz Hermanos y Compañía, se obligó a pagar a favor de don Gaspar Díaz Cobian y por el susodicho en este reino al referido don Francisco Pérez de Aguilar.
Don Lorenzo Gil de Partearroyo, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, junto con su tío don Francisco Martínez de Vallejo y Sobrino y don Francisco del Valle, vecinos de la Ciudad de Cádiz, otorga poder especial a su tío Don Francisco Martínez de Vallejo, para que de acuerdo al trato de compañía que han acordado realizar, celebre la escritura o escrituras que sean necesarias.
Don Felipe Figueiras, del Comercio de España, residente en Jalapa, exhibió copia de escritura hecha en Cádiz el 20 de marzo de 1779, por la que consta haberse obligado don Juan Antonio Herrero y don Sebastián Herrero a pagar al otorgante la cantidad de 6, 570 pesos, que le prestaron en Cádiz los señores Pardo Freyre y Compañía a riesgo de mar, con la condición de que si antes del pago de dicha escritura hubiese noticia de hostilidades o rompimiento de guerra entre España y alguna potencia marítima se pagaría un 15 % de premio sobre el principal de 6, 000 pesos; por lo que habiéndose verificado el rompimiento de guerra entre España y la Británica, dicho Figueiras otorga que ha recibido de manos de don Francisco Antonio Díaz y Herrero y don Alberto Herrero, la citada cantidad y premios del riesgo, más 900 pesos que importan los 15 % de premios de riesgo, dando por cancelada la citada escritura.
Don Manuel Moscoso y Freire y don Felipe Figueiras, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, exhibieron copia de escritura hecha en Cádiz el 16 de febrero de 1773, por la que consta haberse obligado don Vicente Bergón, a pagarle a los otorgantes, la cantidad de 3, 390 pesos que le prestó a riesgo de mar “Pardo, Freyre y Compañía”; dinero que Vicente libró el 25 de mayo, a favor de los otorgantes por don Pedro Antonio de Portas contra don Cayetano José Laurido, cuyo libramiento lo endosaron dichos otorgantes a favor de don Bartolomé Salvo, quien cobró dicha cantidad, dando por cancelada la mencionada escritura de obligación.
Don Juan Bautista Ustáriz, conde de Reparaz, vecino de la Ciudad de Cádiz y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Pedro Vértiz, vecino de la Ciudad de México, para que en su representación y en los de su compañía nombrada “Ustáriz y Compañía”, cobre de todas y cualesquiera personas particulares o comunidades de cualquier estado, calidad o preeminencia que sean, las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías, frutos, esclavos, géneros, bienes y efectos de cualquier especie y porción que sean y se le estuvieran debiendo.
Don Domingo Ignacio de Lardizabal y don Francisco Ignacio de Amenabar, vecinos de la Ciudad de Cádiz y residentes en el pueblo de Jalapa, apoderados de Butler Matheus y Compañía, solicitan la cancelación de una escritura, por la cantidad de 2, 360 pesos en plata efectiva, por obligación de deuda de don Ignacio Huarte, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de Cádiz y Capitán de Batallones de la Tropa de Marina, con dicho Butler; recibiendo los declarantes cuatro tercios de grana fina, a satisfacción del préstamo y de la demasía de la venta de esta plata, obligándose dicho Butler Matheus y Compañía a pagar a Huartte la diferencia que haya.
Don Mateo Badillo, del comercio de España, residente en esta Villa, otorga poder general al Señor Marqués del Real Socorro, Brigadier de los Reales Ejércitos y vecino de la Habana, para que en su nombre cobre todas las cantidades de pesos de oro, plata, joyas, mercaderías, frutos, géneros, bienes y efectos de cualquier especie que le deban en aquella Ciudad e Isla de la Habana a su particular o a su Compañía de Miguel y Mateo Badillo Hermanos. Y especialmente para que demande de la testamentaria del Señor Brigadier don Matías de Armona y de su mujer doña María Dolores de Lizundia, difuntos, 2 567 pesos y un cuartillo de real por resultas de la cuenta particular por su parte y 18 900 reales de vellón por la de su hermano don Miguel, vecino de Cádiz.