Otro codicilio del Capitán Alonso Sánchez, vecino de la nueva Veracruz, estante en este pueblo y enfermo en cama, por el cual revocó una cláusula del codicilio del 3 de junio del presente año, y dispuso que su cuerpo sea enterrado en la iglesia del Convento de San Francisco, por ser hermano de la cofradía de la Tercera Orden del Señor San Francisco y el novenario de misas se digan en el dicho convento; de los 100 pesos de limosna que ordenó se diesen al hospital, mandó que sólo se le den 50 pesos porque su entierro se verificará en el monasterio de San Francisco. Liberó de su cautiverio a cuatro esclavos, e hizo un inventario de los bienes que trajo de la ciudad de Veracruz.
CODICILIOS
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Doña Juana Teresa de Ibelly, viuda de Juan Bautista Natera, vecina del pueblo de Jalapa, dijo que otorgó testamento en la Nueva Ciudad de la Veracruz en 1709, y quiere añadir por vía de codicilio lo siguiente: impone 500 pesos de oro común de principal después de su fallecimiento sobre una casa suya en la Nueva Ciudad de la Veracruz en la Calle de las Damas; linda con casa de Bárbara de Aguirre, con casa de Inés García, al frente con casa de Francisco Mellado, nombra como sus patronos al síndico y guardián que en adelante tuviera en el Convento de San Francisco del pueblo de Jalapa.
Don Rafael Canalias y Albareda, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, hijo legítimo de don Bartolomé Canalias, difunto, y de doña Magdalena Albareda, otorga un codicilo en donde revoca dos de las cláusulas del testamento que otorgó el 6 de febrero de 1801, concernientes al nombramiento de albaceas y heredero. Nombra como albaceas a don Nicolás Campero y Bustamante y por muerte, ausencia u otro justo impedimento recaiga este nombramiento en don Jaime Jaso, y por mismas causales recaiga en don José Gibert, todos vecinos del comercio de la Nueva Veracruz. Nombra como heredera universal a su madre y en el caso de que ella falleciera antes que él nombra como herederos a sus albaceas en el orden que están en la presente.\t
Codicilo de Agustín Pérez, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, estante en Jalapa, enfermo en cama, por el cual ordena que su cuerpo sea sepultado en el pueblo de Jalapa, en la iglesia que le pareciere a su hermano el Alférez Antonio de Medina, y a su compadre Francisco de Castro, vecinos de Jalapa. También declaró que en este pueblo tiene por sus bienes a Antonia, negra Angola y a Juan, negro de Mina, los cuales tiene declarados en su testamento hecho en la Nueva Veracruz
Codicilio de Juan de Esquenaga, residente en este pueblo de Jalapa, enfermo, natural de la Villa de Somosa, del Señorío de Vizcaya, en los reinos de Castilla, por el cual dijo que habrá dos años otorgó su testamento en la ciudad de Sevilla, y ahora desea que su cuerpo sea sepultado en este pueblo; asimismo, declaró que con Juan del Barrio y Miguel de Urganton en la Nueva Veracruz dejó ciertos bienes, y ordenó que sean entregados al Alférez Francisco de Baraez para que los remita a la ciudad de Sevilla a Don Juan de Alfonseca, Contador de la Contratación en aquella ciudad, y en su ausencia, a Marcos Gómez Sobrado, de la misma vecindad.
Pedro Gatica, Depositario, Regidor y vecino de esta villa, declara que en 1665 otorgó testamento y en el presente mes y año hizo codicilio, pero que a la fecha se le han ofrecido algunas cosas que añadir y quitar en dicho testamento, y nuevamente por vía de codicilio ordena y declara lo siguiente: Declara que en el primer codicilio ordenó que del quinto de sus bienes se fundara una obra pía de misas y dejaba por uno de los patrones al Licenciado José de Cuéllar Haro, Cura beneficiado de esta villa. Y por la presente manda que el citado José de Cuéllar Haro no sea patrón de dicha obra pía y que tan solamente sean patrones los que deja en dicha cláusula nombrados. También, manda que se paguen 30 pesos a los herederos de un herrero que murió en Veracruz.
Sem títuloDon Agustín Pérez de Olmedo, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, residente en el pueblo de Jalapa, dijo que tiene hecho testamento pero se le ofrece hacer algunas enmiendas por vía de codicilio; así, declara que dejaba dispuesto se dieran 500 pesos de oro común para la fábrica de la sacristía del Colegio de la Compañía de la Ciudad de la Veracruz, cuyo legado revoca y anula. Tiene dispuesto se finquen 500 pesos de oro común para que con sus réditos se compren las bulas de difuntos, cuya disposición revoca y anula. Tiene mandado se den a Blas Pérez de la Rocha, su ahijado, 1, 000 pesos de oro común, es su voluntad que sólo se le den 500 pesos. Por lo demás manda se ejecute y cumpla el testamento como su última voluntad.
Don Juan Montañés de la Cueva, vecino de este pueblo de Jalapa, Escribano Público y del Cabildo de la Ciudad de la Nueva Veracruz, con testamento hecho, informa que por vía de codicilio designa como albacea testamentario a don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de este juzgado, para que acompañe a doña Anastasia Javiera Natera, esposa del otorgante.
El Licenciado Francisco Velad, Clérigo Presbítero domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, natural y vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz y residente en este pueblo, con testamento hecho, manda por vía de codicilo que sus albaceas funden una capellanía, con 4, 000 pesos, y que a su título se ordene el pariente mas cercano del otorgante, el cual sea del Convento de Señoras religiosas Capuchinas de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles.
El Licenciado Francisco Velad, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla y vecino de la Nueva Veracruz, dijo que el 8 y 9 de febrero de 1748 hizo su testamento en donde mandó se fundase una capellanía de 4, 000 pesos; hoy por vía de codicilio manda se revoque la fundación de dicha capellanía y se funde con la cantidad que tuvieren con el gravamen de 12 misas rezadas que se digan en el santuario de Nuestra Señora del Chico, con la condición de que sean capellanes de ella sus familiares más cercanos y nombra por patrona de ella a su hermana Josefa Mariana Velad y por falta de ella a su sobrina Josefa Jerónima, y por falta de ambas a la madre abadesa del convento de religiosas capuchinas de la Ciudad de Puebla.