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              MX UV.USBIX ANX-P-0019-PX_0019_0065 · Pièce · 23/03/1730
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Luis Ruiz Sotomayor, cuyo testamento hizo el día 21 del presente mes y año, por medio de codicilio manda se le den 5 pesos todos los años al encargado de las festividades en la parroquia de éste pueblo, en honor a Nuestra Señora del Carmen, impone un censo principal de 100 pesos a una casa que posee en este pueblo de Jalapa.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0019-PX_0019_0162 · Pièce · 29/12/1730
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Teodoro, vecino de la Ciudad de Sevilla y residente en este pueblo de Jalapa, cargador y mercader de flota, informa que por vía de codicilio decide hacer cambios en su testamento, el cual tiene hecho en la Ciudad de Sevilla, cambiando a sus anteriores albaceas por los que a continuación menciona: don Diego Francisco de Fuentes, don Diego Prieto de Alarcón, cargadores de flota y residentes en este pueblo de Jalapa, y a don Juan Domingo de Cosío, vecino de la Ciudad de la Veracruz.\r\n

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              MX UV.USBIX ANX-P-0019-PX_0019_0258 · Pièce · 24/09/1731
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              José de Arauz, vecino de este pueblo de Jalapa, con testamento hecho, en el cual no declaró tener liquidadas unas cuentas con Juana Guerra, por el arrendamiento de unas mulas, deuda que pretende cobrarle Marcos de Acosta, yerno de la dicha Juana Guerra, y por medio de este codicilio, declara haber cubierto dicho adeudo.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0020-PX_0020_0361 · Pièce · 19/10/1734
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Juan Bernardino Rangel y María de Armenta, marido y mujer, se otorgaron testamento el 19 de junio de 1731, nombrando por heredero a Juan de los Reyes y Pascual de los Reyes, y habiéndose casado dicho Juan de los Reyes se hicieron gastos y entregaron algunos bienes, por lo que es voluntad de los otorgantes, por vía de codicilio, nombrar como único heredero a Pascual de los Reyes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0031 · Pièce · 1664/02/22
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Brito [Lomelín], vecino de esta villa, declara que otorgó testamento en 8 de junio de 1662, pero que al presente se le ofreció hacer una declaración por vía de codicilio en la manera siguiente: “Declara que él crio en su casa a Josepha [Josefa] de Brito, la cual le dio una india casada diciendo ser hija del otorgante, y que para descargo de su conciencia declara no ser como no es su hija, sino que la crio como huérfana y como a tal la ha alimentado y sustentado y casado dos veces en que gastó mucha cantidad de pesos, dotándola como ha hecho con otras que ha criado en su casa […] todo lo cual le tiene dado por amor de Dios y haberla criado […] y así lo declara para que conste”.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0071 · Pièce · 1667/12/07
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Brito [Lomelín], vecino de esta villa, declara que tiene hecho testamento y que a la fecha se le han ofrecido algunas cosas que enmendar y añadir, por lo que por vía de codicilio ordena y declara lo siguiente: Declara que en el testamento nombró por albacea a Salvador de Brito su sobrino, y por cuanto es fallecido nombra por su albacea en su lugar a Antonio de Brito su sobrino, vecino de esta villa, para que lo sea juntamente con Isidro [de] Zetina [Cetina] [roto]. Declara que por bienes suyos y de Inés de Morantes, su mujer difunta, una negra nombrada Lorenza, y por no poder tenerla en esta villa, la vendió en la ciudad de los Ángeles.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0076 · Pièce · 1696/08/08
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que otorgó su testamento en esta villa el 7 de agosto del presente año, y ahora por vía de codicilio revoca la cláusula siguiente: Es su voluntad que Joseph [José], negro esclavo que tiene declarado por sus bienes en dicho testamento, sea entregado a Pedro Trillo de Figueroa, uno de sus albaceas, y lo tenga en su poder por tiempo de seis años a partir del día del fallecimiento del otorgante, y al terminar los seis años sea otorgada su libertad. Asimismo, ruega a Pedro Trillo ocupe a dicho esclavo en la obra de la casa que tiene dispuesta en su testamento. Finalmente, dijo que otorga libertad a Joseph [José], esclavo, por la mucha voluntad que le tiene y por haberle acompañado en diferentes viajes y haberle servido con toda fidelidad y prontitud.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0040 · Pièce · 1683/12/07
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              [Roto] se den los pesos de oro que en ella se expresan, por otra cláusula del dicho testamento hizo legado de cierta cantidad de pesos a Juana de Gatica Padrón que ahora está casada con Manuel Gómez Dávila, vecino de esta villa, y porque cuando dicha contrajo matrimonio con el susodicho le dio el otorgante la cantidad de pesos que por dicha cláusula le había mandado, la cual revoca para que no surta ni pase por ella ni se den dichos pesos de oro común a la susodicha ni a su marido. También, manda que de sus bienes se den 300 pesos a Josepha [Josefa] niña, hija de dichos Manuel Gómez Dávila y Juana de Gatica [Padrón], para ayuda al estado de ser pobre y por el amor que le tiene. Todo lo cual las 3 cláusulas manda se guarden y cumpla por su codicilio y última voluntad con dicho testamento en que no fuere contrario a este codicilio.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0020-PC_0020_0005 · Pièce · 1685/01/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que en 1684 otorgó testamento, pero que a la fecha se le han presentado algunas cosas que añadir y quitar, y por vía de codicilio otorga lo siguiente: Que por cuanto en su testamento ordenó se dieran 500 pesos de limosna para la obra del crucero y la iglesia parroquial de esta villa, y al presente ordena que a parte de esa cantidad se den otros 1 000 pesos para la obra. Por otra parte, señala que el novenario de misas que mandó no se haga en el altar de “Nuestra Señora de Guadalupe” de la ciudad de México, sino en el altar “Nuestra Señora de Guadalupe” de esta villa de Córdoba.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0021-PC_0021_0032 · Pièce · 1686/06/04
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Tomás López de Sagade, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto tiene otorgado testamento ante el presente escribano con fecha de 21 de mayo de 1683, ahora por medio de codicilio declara que las deudas que tenía las tiene pagadas y que el Doctor don Francisco Sentin Villamane, Cura Beneficiado del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], le debe 71 pesos. Revoca la cláusula donde ordenó se le dieran 100 peso de oro común a Diego Núñez, vecino de esta villa. Asimismo, ordena se ajuste la cuenta de la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial de esta villa, de la cual ha sido mayordomo y diputado mayor Domingo de Brito [Lomelín], su tío, vecino de ella. Ordena que empezándose la obra del crucero de esta iglesia parroquial, se den 100 pesos de limosna para ayuda de la obra. Confirma se den 10 pesos de limosna cada mes hasta cumplirse el año, para ayuda a la obra y fábrica del convento que se está haciendo en esta villa, de la Sagrada Religión de los Descalzos de Nuestro Padre San Francisco con advocación a San Antonio de Padua, entre otras disposiciones.

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