Don Alonso de Alba, natural de la ciudad de Medina Sidonia, en los reinos de Castilla y vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Fernando Alonso de Alba, su padre, junto con el Licenciado don Francisco Morales Montero de Espinosa, Clérigo Presbítero y Abogado de los Reales Consejos, vecinos de la citada ciudad y reinos, para que en su nombre demanden, reciban y cobren de cualquier persona todas las cantidades de pesos, joyas, plata labrada y mercaderías que le deban.
CLÉRIGOS
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El Bachiller don Ignacio Javier de Campo, Clérigo Presbítero, domiciliado del obispado de Puebla, declara a favor de doña Mariana de Campo, por la compra que realizó su difunto marido don Francisco Javier Yánez Remusgo de Vera, a su cuñado de un pedazo de solar por la cantidad de 130 pesos, asegurando el declarante que el pago se realizó al momento de la compra.
El Bachiller don Ignacio Javier de Campo, Clérigo Presbítero domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles y Teniente de Cura en este doctrina de Jalapa, vende a Juan Antonio de Avilés, vecino de la Ciudad de Texcoco, la venta de la Joya en el precio de 850 pesos mexicanos.
Don Juan José de Arpide, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder general al Licenciado don Rodrigo Montañés de la Cueva, Clérigo Presbítero, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, para que demande, reciba y cobre de cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y mercancías que le deban.
El Licenciado don José Antonio Fernández de Ulloa, Clérigo, Presbítero Domiciliado del Obispado de Puebla de los Ángeles, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan García de León, vecino de la Ciudad de Puebla, para que suplique al señor Arzobispo del Obispado de Puebla, se le sirva mandar expedir y librar los despachos y recaudos correspondientes a los inquilinos de los reinos de estas capellanías, reconociéndolo en adelante como Capellán.
El Licenciado don Bartolomé Martínez de Mora, Clérigo Presbítero Domiciliado de este Obispado de Puebla, vecino de este pueblo de Jalapa, dijo que el difunto Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo, dejo ordenado a sus albaceas en un codicilio que fundasen una capellanía de 4 000 pesos, en el cual nombro por primer capellán a el otorgante, a cuyo nombramiento renuncia y tiene a bien pase a los Bachilleres don Manuel, don Juan y don Francisco de Olmedo y Araciel, hermanos, todos Hermanos Ordenados de Grado y Corona, Colegiales actuales de San Juan de la Ciudad de la Puebla.
Don Antonio Primo de Rivera, Teniente General de la Jurisdicción de Jalapa, otorga poder general a su hermano el Licenciado Miguel Primo de Rivera, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de México, de donde es vecino, para que cobre de cualquier persona o comunidades que le adeuden cantidades de oro, plata, joyas y se encargue de los asuntos administrativos y judiciales.
Don Diego Cardeña, vecino de este pueblo de Jalapa, Escribano Público de esta jurisdicción, dijo que habiéndose publicado los diezmos caseros de la doctrina de Ixhuacán de los Reyes de esta jurisdicción a determinado hacer postura a ellos, otorgando como fiador a Antonio Ramón Hernández, vecino de Coatepec, por lo que otorga poder a don Gabriel Cipriano de Jesús Cardeña, Clérigo Presbítero Domiciliario de este Obispado, para que en sus nombres en razón de que se le haga el remate de dichos diezmos haga todos los autos y diligencias judiciales y extrajudiciales que convengan.
Don Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecino de este pueblo de Jalapa, a nombre propio y de sus herederos, vende al Licenciado don Manuel Francisco de Escobar y Mantilla, Clérigo Presbítero, Capellán propietario de la Capellanía que fundó don Andrés de Carvajal y Tapia, y los demás capellanes que lo sucedan en la citada capellanía, la cantidad de 58 pesos 6 reales y cuartilla de censo real, en cada año, por el periodo de 5 años.
El Licenciado don Agustín Ortiz de Espinosa, Clérigo Presbítero domiciliado del Obispado de la Puebla de los Ángeles, Teniente de Cura en el pueblo de Perote, otorga poder especial al Licenciado don José del Castillo, Clérigo Presbítero domiciliado del Obispado de la Puebla de los Ángeles, de donde es vecino, para que comparezca ante el Real Cabildo de la iglesia catedral de la citada ciudad, donde pida y suplique se le admita en la ocupación de los curatos que les parezcan.