Doña Mencia de Meza, vecina de Naolinco, mujer legítima de Don Pedro de Zorita y Escobar, curadora de las personas y bienes de Miguel de Zorita e Inés de Zorita, sus menores hijos, dijo que viniendo su marido de México para la ciudad de Puebla de los Ángeles, cargado con su recua, en el paraje llamado La Palmilla o Palmar, le salieron a robar ladrones y le mataron. Y para el cobro de sus bienes, dio su poder cumplido al Lic. Diego Martín de los Reyes, clérigo, su hermano, para que en su nombre pida, reciba y cobre, de cualesquier persona y tribunales, todos los bienes plata, joyas, esclavos, mulas, ganados y reales que hubiera dejado su marido; ajuste cuentas de mozos y otras personas, admita descargos justos, otorgue recibos, cartas de pago, finiquitos y firmezas que convengan. Y generalmente, para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales que al presente tiene o adelante tuviere
CLÉRIGOS
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El Licenciado don Francisco Fernández de Velasco, Clérigo, Presbítero domiciliario del Obispado de Puebla de Los Ángeles, Cura de este Doctrina de Tlacolula, jurisdicción de Jalapa, otorga poder general a don Antonio José de Arteaga, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que lo represente en sus pleitos y causas civiles y criminales.
Don Mariano Palmeros y don José Antonio Palmeros, hijos legítimos y herederos de don Miguel Palmeros y doña Juana de Jesús Acosta, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, por orden de su citada madre y demás hermanos, otorgan poder especial al Licenciado José de Acosta, Presbítero Domiciliario de este Obispado, junto con don Juan Antonio de Lagos y Arbide, vecinos de este pueblo, para que se encarguen de los pleitos que tienen con Rosa María de Aguilar e hijos, por las tierras de Los Otates, las cuales heredaron de su padre Miguel Palmeros.
Don Aurelio Herrera Povas y Pereyra, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla de los Ángeles y vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo del difunto don Antonio de Herrera Povas y Pereyra, y doña Petrona Josefa de Castro, viva, realiza testamento, en el cual nombra como albacea y heredera a su citada madre.
El Licenciado don Ignacio Fernández Álvarez, Cura de la Doctrina y pueblo de San Agustín del Arzobispado y Reino de Guatemala, otorga poder especial a don José Camino y Velasco, Clérigo Presbítero domiciliario de Puebla y vecino del pueblo de Jalapa, para que comparezca ante el Obispo, Juez de Capellanías y Obras Pías de Puebla, solicitando que se sirva mandar que el albacea o persona correspondiente haga la fundación de la capellanía de 3, 000 pesos de principal a favor de la difunta doña Teresa Fernández de Espinosa.
El Bachiller Miguel de Ledezma Mercado, Clérigo Presbítero del Obispado de Puebla y Teniente de Cura en el pueblo de Teocelo, Doctrina de Ixhuacán de los Reyes, otorga poder general a don Antonio Ledezma Mercado, vecino de la Ciudad de Puebla, para que lo defienda en todos sus pleitos causas y negocios civiles o criminales.
El Licenciado Carlos José Suárez, Teniente de Cura, junto con el Licenciado Miguel Suárez, Clérigo Presbítero del Obispado de Puebla, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder general al Doctor José Suárez, Cura de esta Doctrina, para que pida, demande, reciba y cobre judicialmente a todas las personas, fiadores, herederos, etc., las cantidades de dinero, plata, etc. que les adeuden a través de vales, libranzas u otros documentos, también para que tome posesión de cualquier Capellanía.
El Licenciado don Antonio Mateo Ortiz de Zárate, Clérigo Presbítero, Domiciliado del Obispado de Puebla y vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder general a su hermano, el Licenciado Mateo Antonio Ortiz de Zárate, Clérigo Presbítero del mismo Obispado y vecindad, para que pida, demande, reciba y cobre judicialmente a todas las personas, tesoreros, herederos, etc., las cantidades de dinero, joyas y mercaderías que le adeuden a través de vales, libranzas, conocimientos, etc., y para que los defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don Manuel de Acosta, heredero de don Marcos de Acosta, confiere poder especial al Bachiller José Nicolás de Acosta, Clérigo Presbítero del Obispado de Puebla, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, vecinos del pueblo de Jalapa, para que junto con los demás herederos pueda dividir, vender o traspasar a cualquier persona los trapiches de la Concepción, San Diego, Tenampa y otras tierras más.
Don Nicolás Ventura de Acosta, vecino de las cercanías del pueblo de Jalapa y residente en el mismo, hijo legítimo y heredero de don Ventura de Acosta, otorga poder especial al Bachiller José Nicolás de Acosta, Clérigo Presbítero del Obispado de Puebla y vecino de este pueblo, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, vecino del pueblo de Naolinco, para que se ocupen de la defensa de la posesión, amparo y división de las tierras y trapiches de la Concepción, San Diego, Tenampa y demás correspondientes.