El Bachiller don Salvador Martínez de Abrea, Presbítero, y doña María Nicolasa de Bistrain Dávila, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Alférez Antonio Miguel y heredera de doña Agustina, Feliciana y Gertrudis, sus hijas, difuntas; ambos albaceas del susodicho, otorgan poder general a Francisco Leandro, Procurador del Número de la Audiencia Ordinaria de la ciudad de la Veracruz, para que en nombre y en representación de sus personas como tales albaceas parezca ante los señores jueces, oficiales reales de la Real Hacienda y caja de dicha ciudad para que pida se le pague el sueldo que devengó y le quedó debiendo Su Majestad hasta el día de su fallecimiento al Alférez Antonio Miguel, de la plaza de cirujano y artillero que ejerció en el castillo y Real Fuerza de San Juan de Ulúa. De lo que reciba y cobre entregue recibos, cartas de pago y demás instrumentos que se le pidan, y si la paga no fuere ante escribano que de ello de fe haciendo los pedimentos, requerimientos, protestaciones, ejecuciones y demás que sea necesario.
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Doña María Nicolasa de Bistrain Dávila, viuda del Alférez Antonio Miguel, su albacea testamentaria y tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de Feliciana Agustina, su hija legítima; otorga debe y se obliga a pagar al Señor Coronel de Caballería don Francisco de Aguirre y Gomendio, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de México y residente en la Nueva Veracruz, la cantidad de 225 pesos de oro común en reales, los mismos que por hacerle bien y buena obra le ha prestado para los alimentos de dicha menor y algunas pagas de lo que debía dicho difunto, cantidad que pagará luego que cobre de las Reales Cajas de la Nueva Veracruz el sueldo que Su Majestad debe al dicho difunto por el tiempo que ejerció la plaza de cirujano del Castillo y Real Fuerza de San Juan de Ulúa.
Sans titreDoña María Nicolasa de Bistrain Dávila, viuda del Alférez Antonio Miguel, su albacea testamentaria y tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de Feliciana Agustina, hija legítima de ambos; otorga poder especial al Señor Coronel de Caballería don Francisco de Aguirre y Gomendio, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre como tal albacea, parezca ante el Excelentísimo Señor Duque de Linares, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en su Superior Gobierno y suplique a dicho Señor Virrey se sirva mandar se le libre despacho para que los señores jueces oficiales reales de la Real Hacienda y Caja de la Nueva Veracruz, le paguen el sueldo que tenía devengado dicho difunto, como cirujano que fue del Castillo y Real Fuerza de San Juan de Ulúa, y con ello pagar su entierro y deudas.
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