El Bachiller don Salvador Martínez de Abrea, Presbítero, y doña María Nicolasa de Bistrain Dávila, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Alférez Antonio Miguel y heredera de doña Agustina, Feliciana y Gertrudis, sus hijas, difuntas; ambos albaceas del susodicho, otorgan poder general a Francisco Leandro, Procurador del Número de la Audiencia Ordinaria de la ciudad de la Veracruz, para que en nombre y en representación de sus personas como tales albaceas parezca ante los señores jueces, oficiales reales de la Real Hacienda y caja de dicha ciudad para que pida se le pague el sueldo que devengó y le quedó debiendo Su Majestad hasta el día de su fallecimiento al Alférez Antonio Miguel, de la plaza de cirujano y artillero que ejerció en el castillo y Real Fuerza de San Juan de Ulúa. De lo que reciba y cobre entregue recibos, cartas de pago y demás instrumentos que se le pidan, y si la paga no fuere ante escribano que de ello de fe haciendo los pedimentos, requerimientos, protestaciones, ejecuciones y demás que sea necesario.
Sans titreCIRUJANOS
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Doña María [de] Brito Lomelín, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Capitán don Tomás López de Sagade, tutora y curadora de sus hijos, hace gracia y donación a la cofradía del Santísimo Sacramento de esta villa de un negrito nombrado Domingo del Sacramento, de cinco años de edad, hijo de Nicolás y de Gertrudis, negros esclavos de su propiedad, para que perpetuamente sirva a dicha cofradía en todo aquello que sea de su divino culto y ministerio en la Santa Iglesia de esta villa y siendo el mayordomo quien le tenga a su cargo como bien de dicha cofradía, sin que por ninguna razón pueda ser vendido a excepción de que por desgracia saliera tan avieso y mal inclinado que no convenga tenerlo en dicho ministerio, siempre y cuando su valor se emplee en otro esclavo.
Sans titreGertrudis Mafara, viuda de José de la Parra, vecina de este pueblo de Jalapa, otorga su testamento donde declara no haber tenido hijos y nombra como albacea testamentario y heredero universal a don Vicente Jiménez de Barragán, Cirujano del Regimiento de Córdoba y Jalapa, vecino de este último lugar.
Antonio Bermúdez, vecino de esta villa de Córdoba y natural de Esija [Écija] en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Antonio Rodríguez Bermúdez y de María de Aguilar, sus padres difuntos; otorga su testamento de la manera siguiente: Declara que fue casado con doña Leonor Lozano, difunta, y cuando contrajeron matrimonio sin que uno ni otro hubiera aportado bienes propios al matrimonio y no procrearon hijos. Indica le deben las personas siguientes: Juan Gómez Dávila; Francisco de Mitre; Juan de Abad; Pantaleón Guillino de Flores, cirujano, vecino de esta villa. Declara como bienes una casita de madera cubierta de zacate, en la cual vive, así como unas cajas, cama y ropa de vestir blanca, manda que se haga inventario de todo. Nombra por albacea testamentario y tenedor de bienes a Sebastián Rodríguez, vecino de esta villa. Y del remanente de todos sus bienes, por no tener herederos forzosos ascendentes ni descendientes, nombra por su única y universal heredera su alma y la de la dicha su mujer doña Leonor Lozano, para que de dicho remanente se convierta en misas por ellas, y pide que su albacea pague 4 pesos de limosna por cada misa rezada.
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