Don José del Castillo, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan Cordero, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona pueda administrar, vender y gobernar una tienda pública que tiene en esta villa, de todos y cualesquier géneros de Castilla, China y otras partes, que importan 1 870 pesos y 5 reales como parte del balance que de ella se hizo y en la que se incluyen los débitos, trastos del mesón y alhajas de casa; y del principal pague las cantidades que está [debiendo] el día de hoy a diferentes personas [roto] que constan de una memoria adjunta con dicho balance, que queda en su poder junto con otra memoria que él lleva consigo. De las ganancias que produjere el principal, los géneros, el mesón que tiene arrendado y los 500 pesos del principal empleado en tabacos, se los aplica a su hermano por el trabajo, solicitud y cuidado que ha de tener en la administración de la tienda, mesón y beneficio del tabaco. También, le da poder para que demande y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona las cantidades de pesos, plata, joyas, esclavos y otras que se le deban por escrituras, cédulas u otra causa, y si fuere necesario parecer en juicio.
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Doña Sebastiana de Madrid, vecina de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Juan Hernández, su marido difunto, y en virtud del poder para testar que éste le otorgó el 12 de noviembre de 1706. Dijo que el día de ayer falleció su marido y se le dio cumplimiento al tenor del citado poder, en el que se procedió a hacer su testamento en la forma siguiente: Su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia de esta villa en la capilla de Nuestra Señora de la Soledad. Mandó limosnas a cada una de las cofradías sitas en esta villa, también mandó que se sacasen pesos de sus bienes para que se pusiesen a réditos [roto], y del remanente que quedase del quinto de sus bienes se pusiese en réditos a finca segura para la fábrica de la capilla Nuestra Señora de los Dolores. Tenían deudas con el difunto: el Bachiller don [roto] de Sagade, don Pedro Pablo López del Castrillo, José de Segura y Ceballos, Francisco Rodríguez, José de Arriola y otras personas que se mencionan en esta escritura. Declara que su marido tenía en poder de Antonio Morales una carga de tabaco. Señala fueron casados por tiempo de veinte años poco más o menos y él tenía de caudal 1 000 pesos y ella 152 pesos, en cuyo matrimonio procrearon al Bachiller Manuel José [Hernández], a Teresa [de Jesús Hernández] mujer de Juan Álvarez de Rivera, a María Josefa [Hernández] y a Juan Nicolás [Hernández]. Por bienes del difunto, quedaron: la casa de su morada más otra que está frontero a la anterior; un solar eriazo en donde está fabricada la casa, donde fue la voluntad del difunto se fabricase la capilla antes mencionada; otro solar frontero a la casa del regidor[roto]; una tienda con diferentes menudencias de la tierra de Castilla, China y muchas partes; una casa en el pueblo de Orizaba; un rancho [roto], sembraduras de tabaco y esclavos, de entre los cuales se encuentra una negra esclava nombrada Isabel, de la que le comunicó el difunto le sirviera por lo días de su vida y luego que ella falleciere se le deje en libertad, también se declaran otros bienes en este documento. La otorgante señala fue nombrada albacea y tenedora de bienes, asimismo, nombró albacea al Teniente don Esteban de Naval y Pintos. Nombró por herederos a sus hijos, y también la nombró a ella como tutora y curadora de ellos.
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