Benito de Madrid, vecino de este pueblo, manifestó 800 pesos de mercaderías de Castilla, China y de la tierra de Campeche para vender en su tienda, y en esta cantidad entran 500 pesos que le trajo Francisco Benítez, su yerno, de la ciudad de los Ángeles y 6 arrobas de azúcar.\n
CHINA
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\nAgustín Masín, vecino de este pueblo, manifestó 100 pesos de jabón, azúcar y unas piececillas de China, para vender en su tienda y pagar la alcabala.\n
Francisco Escalante y Esteban de Valladares, vecinos de Jalapa, formalizaron la constitución de una compañía sobre una tienda de ropa, mercaderías y otras cosas, durante dos años. En dicha compañía el primero puso 3 321 pesos de oro común en ropa de Castilla, de la tierra de china, otras mercaderías, reales y parte de una casa donde vive; y el segundo puso 700 pesos en alguna ropa, parte de una casa y su oficio de sastre; terminada la sociedad, cada uno sacará su principal y las ganancias se partirán por mitad.
Agustín Bravo, vecino y mercader de la nueva ciudad de Veracruz, próximo para seguir viaje al puerto de Acapulco, dio su poder cumplido a su padre Juan Bravo, vecino de dicha ciudad, para que en su nombre administre una tienda de mercaderías de Castilla, de la tierra y de China que posee en la Veracruz, vendiendo los géneros por los precios justos y competentes que hallare; y para que pueda cobrar de cualesquier personas, los pesos de oro que le debieren. Asimismo, para que pueda vender un esclavo de su propiedad nombrado Manuel, de 30 años de edad, el cual anda fugitivo.
Miguel de Carvajal, manifestó 200 pesos de mercaderías de esta tierra y de China para vender en su tienda, asimismo el Corregidor le notificó acuda a pagar la alcabala de lo que vendiere.
Benito de Madrid, vecino de este pueblo, manifestó 400 pesos de menudencias de China y de la tierra para vender en su tienda.
Francisco Borjes Pacheco, vecino y mercader de este pueblo, manifestó 200 pesos de mercaderías que trajo de Castilla y de la tierra, para vender en su tienda que trajo de arriba y también de China, con alguna losa y jabón.\n
Don José del Castillo, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan Cordero, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona pueda administrar, vender y gobernar una tienda pública que tiene en esta villa, de todos y cualesquier géneros de Castilla, China y otras partes, que importan 1 870 pesos y 5 reales como parte del balance que de ella se hizo y en la que se incluyen los débitos, trastos del mesón y alhajas de casa; y del principal pague las cantidades que está [debiendo] el día de hoy a diferentes personas [roto] que constan de una memoria adjunta con dicho balance, que queda en su poder junto con otra memoria que él lleva consigo. De las ganancias que produjere el principal, los géneros, el mesón que tiene arrendado y los 500 pesos del principal empleado en tabacos, se los aplica a su hermano por el trabajo, solicitud y cuidado que ha de tener en la administración de la tienda, mesón y beneficio del tabaco. También, le da poder para que demande y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona las cantidades de pesos, plata, joyas, esclavos y otras que se le deban por escrituras, cédulas u otra causa, y si fuere necesario parecer en juicio.
Zonder titelDoña Sebastiana de Madrid, vecina de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Juan Hernández, su marido difunto, y en virtud del poder para testar que éste le otorgó el 12 de noviembre de 1706. Dijo que el día de ayer falleció su marido y se le dio cumplimiento al tenor del citado poder, en el que se procedió a hacer su testamento en la forma siguiente: Su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia de esta villa en la capilla de Nuestra Señora de la Soledad. Mandó limosnas a cada una de las cofradías sitas en esta villa, también mandó que se sacasen pesos de sus bienes para que se pusiesen a réditos [roto], y del remanente que quedase del quinto de sus bienes se pusiese en réditos a finca segura para la fábrica de la capilla Nuestra Señora de los Dolores. Tenían deudas con el difunto: el Bachiller don [roto] de Sagade, don Pedro Pablo López del Castrillo, José de Segura y Ceballos, Francisco Rodríguez, José de Arriola y otras personas que se mencionan en esta escritura. Declara que su marido tenía en poder de Antonio Morales una carga de tabaco. Señala fueron casados por tiempo de veinte años poco más o menos y él tenía de caudal 1 000 pesos y ella 152 pesos, en cuyo matrimonio procrearon al Bachiller Manuel José [Hernández], a Teresa [de Jesús Hernández] mujer de Juan Álvarez de Rivera, a María Josefa [Hernández] y a Juan Nicolás [Hernández]. Por bienes del difunto, quedaron: la casa de su morada más otra que está frontero a la anterior; un solar eriazo en donde está fabricada la casa, donde fue la voluntad del difunto se fabricase la capilla antes mencionada; otro solar frontero a la casa del regidor[roto]; una tienda con diferentes menudencias de la tierra de Castilla, China y muchas partes; una casa en el pueblo de Orizaba; un rancho [roto], sembraduras de tabaco y esclavos, de entre los cuales se encuentra una negra esclava nombrada Isabel, de la que le comunicó el difunto le sirviera por lo días de su vida y luego que ella falleciere se le deje en libertad, también se declaran otros bienes en este documento. La otorgante señala fue nombrada albacea y tenedora de bienes, asimismo, nombró albacea al Teniente don Esteban de Naval y Pintos. Nombró por herederos a sus hijos, y también la nombró a ella como tutora y curadora de ellos.
Zonder titelCristóbal de Lozana Salazar, vecino de Jalapa, y Juan Rubio, oficial de sastre, residente en esta provincia, formaron una compañía para vender ropa y otros géneros durante dos años, en esta manera: el primero entregó al segundo 1 000 pesos de oro común en mercaderías de Castilla, de China y de la tierra, como son ruanes, creas, jerguetas, tafetanes, sedas, mitanes, paños, naguas, huipiles y otros géneros, para venderlos en una tienda que Cristóbal de Lozana tiene en este pueblo; y el dicho Juan Rubio, pone su oficio y trabajo de sastre; al término de los dos años, Cristóbal de Lozana se llevará dos tercios de las ganancias, y Juan Rubio, un tercio de las mismas.