Mandamiento del Rey dirigido a Juan de Orfanel, Corregidor del pueblo de Maltrata, para que no eche ni destierre de dicho pueblo a Juan de Torres, en virtud de que en un auto con fecha de 21 de octubre de 1598, lo desterró por causar entre los vecinos y naturales muchos daños, revueltas, escándalos, pendencias y alborotos que provocaron pleitos y marañas a los indios entre los españoles, aconsejándoles echen derramas entre los naturales y por otras ofensas hechas en servicio de Dios, a cuyo auto presentó apelación Juan de Torres, quien se dijo ser español y no mestizo, nacido en la ciudad de los Ángeles, hijo de Francisco Hernández de Torres y de Ana de Guzmán, vecinos que fueron de la dicha ciudad y naturales de Zamora en los reinos de Castilla, además de estar casado en el pueblo de Maltrata con Juana Rodríguez, española nacida en el mismo pueblo, hija de Catalina Rodríguez y Martín Buchan, español, declarando que ninguna de las causas que ha fundado el corregidor son verdaderas.
CASTILLA, REINO DE
18 Archival description results for CASTILLA, REINO DE
Francisco Gómez, vecino de la ciudad de los Ángeles, manifestó ante don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad de este partido, Juez de Caminos y de Registros, 50 pesos de mercaderías de Castilla y de la tierra, asimismo se le notificó pague la alcabala de lo que vendiese con el Alférez Agustín Sierra, a cuyo cargo está su cobranza.
Bartolomé Valdivia, vecino de la ciudad de los Ángeles, manifestó ante don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad de este partido, Juez de Caminos y de Registros, [300] pesos de mercaderías de Castilla para vender en esta jurisdicción, asimismo se le notificó acuda a pagar la alcabala de lo que vendiese con el Alférez Agustín Sierra, a cuyo cargo está la cobranza.
Ante don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad, pareció Francisco Hernández, mercader viandante, quien manifestó 500 pesos de oro común de mercaderías de la tierra de Castilla que venderá en esta jurisdicción, asimismo el Corregidor le notificó acuda a pagar la alcabala con el Alférez Agustín Sierra, vecino de esta jurisdicción, en quien está rematada la alcabala.
Isabel Romero, vecina de Ayamonte, reinos de Castilla, solicitó al Corregidor de la citada Villa, don Gabriel de Medinilla, un traslado del pleito y de la sentencia donde se le dio permiso para vender un esclavo mulato llamado Antonio.
Cédula Real y capítulo de carta enviada por el Rey al Virrey de Nueva España, don Luis de Velasco, en la que se ordena que ningún extranjero de otros reinos pueda pasar ni estar en ninguna parte de las Indias sin su licencia, orden que no fue acatada, siendo que viven en las provincias de la Nueva España muchos extranjeros tratando y contratando libremente, en perjuicio de sus vasallos y contraviniendo lo que manda dicha cédula; y ahora enterado el Rey de lo que sucede, ha ordenado que el Consejo de Indias trate lo que convendría proveer sobre ello, y habiéndoselo consultado, con su acuerdo y parecer ha tenido por bien que se cumpla y ejecute lo que está dispuesto por las ordenanzas y cédulas, y en cumplimiento de ellas salgan de todas las provincias y de las Indias e islas de Barlovento, todos los que no fueren naturales de los reinos de Castilla, Valencia, Aragón y Cataluña, y no puedan pasar ni estar en las indias dentro de 4 meses después que se les notificare esta orden. Por lo que se ordena al corregidor del pueblo de Tequila, aprenda a todos los extranjeros y portugueses que hubiere en su jurisdicción, haga lista de ellos, de sus bienes, y presos los envíe a la cárcel real de esta corte, y a los que fueren abonados les señale tiempo conforme a la distancia que hubiere de dicho pueblo a la ciudad de México, para que se presenten ante el Doctor Antonio Maldonado, Oidor de la Real Audiencia de México, bajo buena fianza que para ello darán y en caso de no dar fianza los envíe presos con los demás a su costa y les secuestre los bienes que tengan, depositándolos en personas abonadas, lo cual hagan y cumplan dentro de 10 días a partir de que fue notificado este mandamiento.
Adrián Alejandro, ante don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad de este partido, manifestó tener 250 pesos poco más o menos en diferentes mercaderías de Castilla, el cual pidió licencia al Corregidor para venderlos en esta jurisdicción, cuya licencia fue otorgada, asimismo se le ordenó acudir con el Alférez Agustín Sierra o con su apoderado Francisco Rangel, a quien debe pagar la alcabala de lo que venda.
Ante don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad de este partido, pareció Francisco Borjes Pacheco, vecino de este pueblo, quien manifestó tener [100] pesos empleados en diferentes mercaderías de la tierra de [Castilla] para vender en su tienda, asimismo el corregidor le mandó acudir a pagar la alcabala con el Alférez Agustín Sierra, vecino de esta jurisdicción, en quien está rematada la alcabala.
Ante don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad de este partido, pareció Miguel de Carvajal, quien manifestó 400 pesos empleados en ropa de la tierra y de Castilla y otras mercaderías que tiene para vender en su tienda y una pipa de vino, asimismo el Corregidor le notificó que debe de acudir a pagar la alcabala con el Alférez Agustín Sierra, vecino de esta jurisdicción, a cuyo cargo está la cobranza.
Ante don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad de este partido, pareció Diego de la Fuente, vecino de la Nueva Veracruz, quien manifestó [150] pesos de mercaderías [roto] ropa de la tierra y de Castilla para vender en esta jurisdicción, asimismo el Corregidor le notificó acuda a pagar la alcabala de lo que vendiese.