El Alférez Sebastián de Flores Moreno, mercader y vecino de Jalapa, como albacea y tenedor de los bienes de su difunto hermano Juan de Thormes, asimismo tutor y curador de sus hijos menores, otorga poder especial a don Miguel Castellanos de Ibarra y Ezpeleta vecino del pueblo de Sanlúcar de Barrameda, en los Reinos de Castilla, para que en su representación haga la remisión de las mercaderías y demás efectos que en su poder tenga, atendiendo a la orden que por sus cartas que para la remisión se diere.
CASTILLA, REINO DE
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José Ventura del Pedredo Salazar, vecino y residente en el Pueblo de Jalapa, español natural de la Villa de Laredo en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan Bautista del Pedredo Salazar y de María de Lingres, otorga poder para testar al Padre Fray Antonio Cagigas y al Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, para que en su representación otorguen su testamento con las declaraciones, mandamientos, legados y todo lo que le tiene comunicado.
El Licenciado José Joaquín de Flores Moreno, Presbítero residente en el pueblo de Jalapa, hijo del Alférez Sebastián de Flores Moreno y doña Gertrudis de Gala y Thormes, su heredero y don José Ramos, defensor nombrado por la Real Justicia, don Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Ciudad de la Puebla, con poder que para ello tienen de doña Juana de los Santos y Thormes, su mujer, don Tomás Martínez Navarro, vecino del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla, y Juan José de Thormes, todos acreedores a dichos bienes, dijeron que por lo que a cada uno toca como interesados, han convenido con el Capitán Juan de Malpica venderle una casa con su solar que quedó de doña Gertrudis de Thormes, y poniéndolo en efecto José de Flores en virtud de licencia que para ello tiene de la Real Justicia, vende al Capitán Juan de Malpica una casa de cal y piedra con solar, ubicada en la calle Real que de la plaza pública sube para el camino [Real] de México, en 4, 000 pesos que por ella ha de pagar al Capitán José Robledano de Cardeña, depositario de dichos bienes.
Tomás Martínez Navarro, residente en el pueblo de Jalapa, vecino del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla, en nombre de Manuela de Castellanos, su mujer, como heredera de Juan de Dios Thormes, su hijo, y de Pedro Miguel de Thormes, su primer marido, quien fue hijo y heredero de Juan de Thormes, y Juan José de Thormes, vecinos de este pueblo, dijeron que por la partición de los bienes se les aplicó la tercia parte de 1, 300 pesos que debía su padre a Juan Bravo de Alarcón y la otra tercia se le asignó a Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Puebla de los Ángeles, como marido de Juana de los Santos y Thormes, también heredera, pero están convenidos con Juan de Tejada a traspasarle dicha tercia en pago de las costas que reportó en el pleito que siguió con el Alférez Sebastián de Flores Moreno, en tal virtud, por parte de Manuela y por el otro Juan José ceden y traspasan la tercia parte que a cada uno les toca según se les aplicó por la hijuela contraída, para el debido pago.
El Capitán Don Nicolás Alejandro de Meza, Alcalde Mayor de Jalapa y de Jalacingo, dio su poder cumplido a Don Francisco de Villarroel Ordóñez, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante el Excelentísimo Señor Virrey de esta Nueva España, y expresando las causas, motivos, razones y fundamentos que le tiene comunicado por memoriales que presente, haciendo dejación de sus dos oficios en toda forma; y habiendo sido Su Excelencia servido de admitir la dejación, se le conceda licencia, libre de todo acontecimiento, para que en la presente flota del cargo del General Don Ignacio de Barrios Leal, pueda embarcarse en una de las naos y pasar a los reinos de Castilla.
El Capitán Don Nicolás Alejandro de Meza, Alcalde Mayor de Jalapa y de Jalacingo, dijo que por cuanto tenía nombrado por Teniente General en esta jurisdicción a Don Juan de Medina Caraveo, pero no usa su cargo;y en atención a la facultad que Su Majestad le concede por su real título, nombró como Teniente General a Don Juan de la Fuente, español, natural de los reinos de Castilla, para que pueda alzar vara de la real justicia y con ella entre a cualesquier pueblos, ingenios, trapiches, ranchos y demás partes y lugares de esta jurisdicción; asimismo, para que en sus ausencias, conozca de todas las causas civiles y criminales que para la buena administración de la real justicia requiera.
Don Juan Gómez de Medina, vecino de Cádiz, en los reinos de Castilla, residente en la Nueva Veracruz, con poder de don Domingo de Arrangoitia, albacea podatario de Don Domingo de Iriberri para hacer su testamento, salió por fiador de Don Francisco Serrano, albacea de Don Domingo de Iriberri, de que no le será puesto litigio alguno por la razón de ser tal albacea.
Francisco de Thormes, vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de Gaspar de Thormes, natural de los Reinos de Castilla, y de doña Nicolasa de la Gasca y Ortega, fallecidos, otorga poder para testar a favor de su cuñado José Cardeña, vecino de Jalapa, para que en su nombre haga su testamento en la forma más conveniente; nombra por heredera a la Cofradía del Santísimo Sacramento ubicada en la iglesia parroquial de este pueblo.
Diego Ignacio Brengero, vecino de la Ciudad de Sevilla en los Reinos de Castilla, residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder a don Gregorio Mendoza, vecino de la mencionada ciudad, residente en Veracruz, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre cualquier cantidad de pesos de oro, plata, joyas, mercaderías y otras cosas que cualquier persona le deba por escritura, conocimientos, sentencias y en especial para cobrar de los albaceas, herederos y bienes que quedaron por muerte de don Juan Cuadrado, vecino que fue de Veracruz y de lo que reciba otorgue recibos, cartas de pago, finiquitos, poderes y lastos.
Don Lorenzo de Richarte, vecino y mercader de la Ciudad de México, confiesa haber recibido de don Francisco de San Ginés, residente en el pueblo de Jalapa, vecino de la Ciudad de Cádiz, la cantidad de 7, 123 pesos 6 reales de oro común, los cuales se obliga a pagarle en moneda del cuño mexicano en el primer despacho del navío de guerra español que salga de este Reino para los de Castilla.