Gaspar Álvarez de Rivas Estremadoyro, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Cádiz en los reinos de Castilla, natural del reino de Galicia en el arzobispado de Santiago, en la villa de Rrederredondela [Redondela], hijo legítimo de Lucas de Rivas y Estremadoyro y de María Giraldez, difuntos, otorga poder a Juan Álvarez de Rivera, su hermano, y al Tesorero Pedro Trillo de Figueroa, vecinos de esta villa, para que después de su fallecimiento hagan y otorguen su testamento como se los tiene comunicado. Declara estar casado con doña María Vázquez, vecina de la ciudad de Cádiz, y cuando contrajeron matrimonio no tenían caudal alguno. Asimismo, dijo que de su matrimonio tuvieron algunos hijos que ya son difuntos y al presente no tiene ninguno. Nombra como albaceas a su hermano y Pedro Trillo, y como heredero universal a su hermano.
Sans titreCASTILLA, REINO DE
774 Description archivistique résultats pour CASTILLA, REINO DE
El Bachiller don José Mayorga Cervantes, vecino de esta villa de Córdoba, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, Notario del Juzgado Eclesiástico de esta villa, dijo que por cuanto el 13 de febrero de 1708 otorgó poder general a don Juan Prieto de Ahedo, Caballero de la Orden de Santiago, Contador Mayor de las Ordenes Militares y Caballería de Santiago, Calatrava y Alcántara; y a don Diego Prieto de Ahedo, su hermano, vecinos de la villa de Madrid, Corte de Su Majestad; y porque en distintas ocasiones han venido embarcaciones de los reinos de Castilla y no ha tenido noticias de los susodichos, por la presente revoca dicho poder y lo otorga a don Juan Sáenz Viteri, Caballero de la Orden de Santiago y vecino de la villa de Madrid, para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor y en su Real y Supremo Consejo de las Indias u otro cualquier tribunal pida le honre con las mercedes que fuere servido en atención a sus méritos y servicios.
Sans titreDon Jácome Antonio Tuñón, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Cádiz en los reinos de Castilla, otorga poder general a don Antonio [Redonda], residente en la ciudad de México y vecino de Cádiz, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, movidos o por mover que tenga con cualquier persona.
Sans titreBlas Martín Romero, residente en esta villa de Córdoba y natural de la villa de Paterna del Campo, arzobispado de la ciudad de Sevilla, en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Diego Romero, difunto, y de Isabel Martínez, que vive en dicha villa; otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena ser sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de Nuestra Señora de la Soledad. Declara deber 685 pesos a su tío el Capitán don Rodrigo Tirado. Declara que a él le deben diferentes cantidades: Diego Beltrán, Juan de Dios Beltrán, Manuel Montoya, Francisco Martín [roto], Manuel, el Isleño, [Pedro] Barriga, Francisco de Mitre, Juan Prieto, Bartolomé Pérez, Luis Castañeda, Antonio Calsinas, don Juan de Piña, José de Piña, Juan Abad, María de Osses, Miguel Benítez, su compadre Francisco Velázquez, Francisco Bello, Miguel Martín, Gaspar González, entre otros. Declara por bienes: 400 cabeceados de tabaco engranisdado [sic] en una pila; su ropa de vestir, de color y blanca; y algunos rezagos que quedaron de la tienda que tuvo en esta villa, todo lo cual se encuentra dentro de su casa y la llave de ésta la tiene Francisco Bernal. Declara que, en poder de Benito, no recuerda su apellido, tiene 130 varas de cinta de diferentes colores, asimismo, en poder de Gaspar Portes tiene algunos géneros. Nombra como albaceas testamentarios a don Rodrigo Tirado, su tío, y a Francisco Bernal, y por tenedor de bienes a dicho su tío. Nombra como heredera a su madre doña Isabel Martínez.
Sans titreJuan Martín, residente en esta villa de Córdoba y vecino y natural de [la ciudad de Sevilla] en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Cristóbal Martín Infante y [roto] Gabriela, vecinos que son de dicha ciudad de Sevilla; dijo que por cuanto tiene comunicado a su hermano Cristóbal Lorenzo Infante, las cosas tocantes al descargo de su conciencia y lo que le deben y él debe, otorga poder a Francisco José de la Parra, vecino de esta villa, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Nombra como albaceas a Cristóbal Lorenzo Infante y a Francisco José de la Parra, su compañero, y como herederos a sus padres.
Sans titreEl Capitán Juan López Mundo, vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla, Piloto de la Carrera de Indias y residente en esta villa de Córdoba, otorga que vende a Manuel Gómez Dávila, vecino de esta villa y dueño de hacienda de trapiche de fabricar azúcar en esta jurisdicción, un negro atezado nombrado Antonio José, de edad de veinticuatro años, el mismo que hubo y compró a doña Leonor de Vera, vecina de dicha ciudad de Sanlúcar de Barrameda y viuda del Capitán Francisco Baz García, Piloto que fue de dicha Carrera de Indias. Lo vende sujeto a servidumbre y libre de hipoteca, en precio de 315 pesos de oro común en reales de contado de los cuales se da por entregado.
Sans titreJuan Ruiz, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Basilio Ruiz y doña Luisa de los Reyes, vecinos que fueron de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de donde es natural y Tercero Profeso de Hábito Exterior de la Tercera Orden de Penitencia del Seráfico Padre San Francisco, ordena su testamento de la manera siguiente: Señala que le deja a sus albaceas la forma de su entierro, manda que se digan veinticinco misas rezadas por la pitanza ordinaria, diez por el alma de sus padres difuntos y cuarenta por aquellas personas a quienes puede ser de encargo; dos reales a cada una de las mandas forzosas y acostumbradas. Declara estar casado con doña Margarita de Cuéllar y al tiempo cuando contrajeron matrimonio la susodicha trajo a su poder en dote 500 pesos en reales y él no tenía ningún caudal, y durante dicho matrimonio procrearon como hijo legítimo al Padre Fray Francisco Antonio Ruiz, Religioso Sacerdote de la Orden de Nuestro Padre San Agustín, el cual durante su profesión renunció a los bienes de sus padres y posteriormente el otorgante lo excluye del derecho que pudiera tener en sus bienes. Declara que le resta debiendo 74 pesos a Manuel Francisco, mercader y residente en esta villa, por el valor de dos marquetas de cera de Castilla; a Juan Lanceta Osorio, vecino de esta villa, dos marquetas de cera de Castilla; a Gaspar Rendón, vecino de esta villa, una marqueta de cera de Castilla. Ítem, declara tener en su poder una marqueta de cera de China, manda se le entregue al Regidor don Miguel de Leiva, como Mayordomo que es de la Cofradía de la Purísima Concepción de Nuestra Señora la Virgen María. Declara ser diputado de la Cofradía de Nuestra Señora de la Concepción, sita en la santa iglesia parroquial de esta villa, y de lo que ha sido a su cargo tiene dada la cuenta al mayordomo de ella. Nombra como albaceas a su mujer, doña Margarita de Cuéllar, y al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; como tenedora de sus bienes a dicha su esposa, asimismo, la nombra como su única y universal heredera.
Sans titreJuan Guazo de los Ríos, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la Pie de Concha en el arzobispado de Burgos en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan Guazo de los Ríos y de María Sáenz de Hoyos, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Pide ser sepultado en la capilla de la Tercera Orden de Penitencia de Nuestro Padre San Francisco. Ordena se den 6 pesos a la comunidad y religiosos de Nuestro Padre San Antonio, y otros 6 pesos a la capilla de los Hermanos Terceros. Declara ser deudor de los herederos de Antonio de Brito Lomelín. Asimismo, declara que antes de llegar a esta villa contrajo matrimonio con doña Ana [Núñez], difunta, con quien procreó a Francisco Guazo de los Ríos, quien se quedó en dichos reinos y le ha escrito cartas sin obtener noticias de él. Declara que al llegar a esta villa se casó con doña María Galván de la Oliva, con quien no han procreado hijos, y cuando se casaron dicha su mujer trajo a su poder un medio solar, el cual lo vendió en 44 pesos y 6 reales, cuya cantidad entró en su poder. Instruye la imposición de una capellanía de misas rezadas por su alma, la de sus padres y la de su primera mujer; bajo la condición de que sus albaceas la han de fundar de la fecha de este testamento en diez años, por si viniera o tuviera noticias de su hijo. Nombra por albaceas testamentarios a Juan de Piña y a Isidro Sánchez, vecinos de esta villa, y solo por tenedor de bienes a Isidro Sánchez. Nombra por único y universal heredero al dicho Francisco Guazo de Ríos, su hijo legítimo.
Sans titreJosé Jorge Pérez, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Medinacidonia [Medina Sidonia] en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan Jorge Pérez y de Francisca de la Paz Morito, vecinos que fueron de dicha ciudad, otorga su testamento en la siguiente manera: Declara le deben Domingo Merodio 312 pesos y doña María de Seijas 25 pesos. Declara deberle a Juan Gómez Dávila, Isidro Sánchez, Jorge Salmerón, vecinos de esta villa, entre otros. Menciona por bienes dos cajas de cedro, una papelera de cedro, una escopeta de arción, un alfanje, una almadaneta, un caballo ensillado y enfrenado, un capote de barraca, una cama, un colchón, entre otros. Nombra por su albacea testamentario y tenedor de bienes a Domingo Merodio, vecino de esta villa, y como no tiene herederos ascendientes ni descendientes nombra por su único y universal heredero a Alonso Merodio, natural de esta villa, de edad de diez años más o menos, su ahijado e hijo legítimo de Domingo Merodio y de doña Juana Franco de Algarín, y por tutor y curado de su persona a Domingo Merodio.
Sans titreDon Manuel de Aguilar, natural de la Ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los Reinos de Castilla y vecino de Jalapa, otorga poder especial a su esposa doña Luisa de Pina, vecina de dicha ciudad, para que pueda vender, cambiar, empeñar o de cualquier manera enajenar una viña que dejó en el paraje nombrado El Cabezón, la que heredó de sus padres.