Don Joaquín de Tablas, Mayordomo de los propios y rentas del Ilustre Cabildo, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él se manifiesta que, en esta villa, en 5 de octubre de 1778, don Lucas de los Ríos, de aquella vecindad, apoderado especial del Licenciado Juan Gómez Dávila, Clérigo Presbítero de este obispado, y éste último albacea testamentario de doña Marina Gómez Dávila, otorgó la venta de una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, ubicada en el barrio que llaman de Ixhuatlán, perteneciente a la susodicha, al Licenciado don Antonio José Bravo, Presbítero, en precio de 600 pesos, de los cuales 300 pesos se obligó a exhibir dentro de seis meses y los otros 300 por nueve años, con obligación de réditos de 5 por ciento, sobre la misma casa, con hipoteca de ella, en favor del convento de Señor San Antonio de Padua de esta villa y dotación de las tres misas anuales conforme a la voluntad de doña Marina.
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Don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de la ciudad de los Ángeles, residente en esta villa de Córdoba, albacea y heredero de doña Marina Gómez Dávila, su madre difunta, otorga que vende al Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta dicha villa, una casa de cal y canto, cubierta de teja, que se compone de una sala de 16 varas de largo, con un pozo y su brocal de cal y canto, que está edificada en medio solar de 25 varas y 50 de fondo. Lo vende en 720 pesos de oro común que ella le ha dado y pagado.
Sans titreEl Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar, otorga por él y en nombre de sus hijos, que vende a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial de esta villa, y en su nombre al Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, su actual mayordomo, vecino de esta villa, 15 pesos de oro común de censo tributo y rédito en cada un año de los que corrieren de hoy día de la fecha, los cuales impone a censo principal redimible sobre su persona, especialmente sobre su casa baja cubierta de teja que posee en esta villa, los cuales dichos 15 pesos se los vende a dicha cofradía por precio de 300 pesos de dicho oro común, que dicho licenciado le ha entregado en número de cabal satisfacción.
Sans titreFrancisco Machado, vecino de esta villa de Córdoba, natural de las de Canarias en la isla de Tenerife, en el lugar de Garachico, hijo legítimo de Ascencio Hernández y de Francisca Machado, sus padres difuntos, estando enfermos de cuerpo y sano de la voluntad, en todo su libre juicio, cumplida y buena memoria, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que habrá tiempo de cuatro años que compró de Diego de Altamirano una hacienda de hacer azúcar nombrada Señora Santa Anna, en el pago que llaman Matlaqueaguitl [Matlaquiahuitl], en precio de 4 000 pesos por razón de sus cañas, casas, cobres y demás aperos, a cuenta de él le tiene entregado 1 348 pesos y le resta debiendo 2 652 pesos. Ítem, declara debe a los propios y rentas de esta villa 40 pesos por el arrendamiento de la tierra en que está fundada dicha hacienda, de un año que se cumple por pascua de navidad. Ítem, declara debe a Juan Ortiz de Rosas, vecino de esta villa, 66 pesos, y a doña Isabel de Rojas 80 pesos. Ítem, declara que habrá tiempo de dieciocho años que contrajo matrimonio con María López de Villardoy, la cual trajo de dote 1 600 pesos que le dio en dote el Sargento Bernardo de Rojas, su abuelo, e Isabel de Rojas su madre, y después su suegra le ha dado otros 200 pesos más; durante el matrimonio han tenido por hijos legítimos a Juan Machado que será de dieciséis años; a Josefa de catorce; a Teresa de doce; a María de nueve años; a Ana de tres años; y a Nicolasa de tres meses. Declara por sus bienes la citada hacienda; cinco esclavos; una casa de piedra y madera fabricada en medio solar; un tabacal con 9 000 matas de tabaco; veintidós mulas y machos de cargo; una yunta con dos aperos y dos rejas; dos caballos, cuatro sillas para montar; su ropa de color y blanca y el menaje de su casa. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, su paisano, Alcalde Ordinario, y a la dicha María López de Villardoy; y nombra por sus herederos a sus hijos legítimos.
Sans titreDon Francisco Valero y Alvarado, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de don Francisco Hernández Valero, difunto, y de doña María de Alvarado Vera y Disla, que vive en dicha ciudad; y doña Bernarda de Leiva y Rojas, mujer legítima del susodicho, natural de la ciudad de los Ángeles, hija legítima de Juan de Rojas y de doña María de Leiva, difuntos; se otorgan el uno al otro poder para que puedan otorgar el testamento de uno y del otro. Declaran estar casados desde hace diecinueve años, durante el cual han procreado al Bachiller don Diego Valero, de dieciséis años de edad, estudiante de teología; a don Miguel, de catorce años; don Felipe, de siete años; doña Nicolasa, de cinco años; doña María, de cuatro años; y don Francisco Valero, de un año. Declaran por bienes: una casa de 50 varas en cuadro, la cual tiene un censo a favor de la cofradía del Glorioso Patriarca San José; 1 400 pesos en piedra, con que está cercado el solar de dicha casa; cuarenta mulas aparejadas de lazo y reata; diez caballos; y tres sillas de montar. Se nombran el uno al otro albacea testamentario y tenedor de bienes y curador de sus menores hijos, y por la falta de alguno de los dos nombran al Bachiller don Diego Valero, como albacea y tenedor. Nombran como herederos a sus hijos.
Sans titreIsabel de Arévalo, natural y vecina de esta villa de Córdoba, hija legítima de José de Arévalo, vecino de ella, y de María Anastasia Gómez, difunta, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara haber sido albacea, heredera y tenedora de bienes de Fernando de Betancourt, su marido. Declara que entre varias personas que le deben, Nicolás Velázquez, carpintero, vecino de esta villa, le debe 12 pesos que le dio para una puerta con su clavazón y cerradura. Declara por bienes la casa de su morada, que es de cal y canto, cubierta de teja, sin puertas y sin ventanas, labrada en solar de 50 varas por cada viento; por el norte, calle en medio, linda con casa que fue de Benito Caravallo; por el sur con solar que fue de Francisca de Betancur; por el oriente, calle en medio, con solar de Francisca García; y por el poniente con solar de Josefa de Guzmán. Manda se le dé a Juana de Arévalo, su hermana, 200 pesos para ayuda al socorro de sus necesidades, por ser doncella pobre. Nombra como albacea testamentario y tenedor de sus bienes al Licenciado don José Mayorga Cervantes, Presbítero Vicario de esta villa. Nombra como heredero a José de Arévalo, su padre.
Sans titreEl Capitán Jacinto Ledos y Passos [Pasos], natural de Santiago de Galicia y estante en esta villa de Córdoba, dijo que el nueve de este corriente mes y año contrajo matrimonio con doña Gertrudis López [de Guzmán], doncella, hija legítima de Bernardo López [de Guzmán] y de doña María Martín Lomelín, y en el tiempo que se trató el casamiento y esponsales sus padres le prometieron dar en dote la cantidad que importaban las alhajas, ropa de vestir y parte de una casa, y debido a que no se le pudo hacer entrega de lo referido por la aceleración del matrimonio, por la presente otorga que ha recibido de mano de dicho Bernardo López y doña María Martín Lomelín los bienes que se mencionan en esta escritura, entre los que destacan: una sala de la casa de la morada de sus suegros, la cual hace esquina y frente con la plaza [Pública] de esta villa, por precio de 1 300 pesos. Una esclava nombrada Tomasa de veintitrés años de edad, la cual su suegro compró a Pedro Trillo de Figueroa por 350 pesos. Un esclavo criollo nombrado Joseph [José] [roto] de veinticuatro años de edad, el cual compró su suegro en la [ciudad de México] al Capitán don Joseph [José] del Pozo en precio de 400 pesos. Cuyo total de bienes que recibe suman 2 766 pesos 6 tomines, más 200 pesos que ha de recibir del albacea y tenedor de bienes de Juan Camaño. En cuya conformidad y por la honra, virginidad y calidad de la persona y linaje de Gertrudis López [de Guzmán], el Capitán Jacinto Ledos [y Pasos] le manda en arras proternupcias 2 000 pesos de oro común.
Sans titreDon Gaspar Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, de donde es vecino y natural de la villa de Lepe en los Reinos de Castilla, hijo legítimo del Capitán Juan Ramírez de Villafuerte y de doña Manuela Caballero de Carbajal [Caballero de Carvajal], difuntos, vecinos que fueron de dicha villa de Lepe, otorga su testamento de la manera siguiente: Ordena a sus albaceas y herederos mandar decir todos los años una misa cantada al Señor San Roque, en la iglesia parroquial de esta villa y por su limosna, con la cera y cantores, se han de pagar 3 pesos de oro común, para lo cual sitúa y señala 60 pesos en el valor de su hacienda de trapiche de fabricar azúcar que posee en la jurisdicción de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción. Es su voluntad se saque de sus bienes lo que importe el costo de unas vidrieras y la manufactura, las cuales ordena se pongan en todo el circulo que hace la imagen de Nuestra Señora de la Limpia Concepción, en el altar mayor de la iglesia parroquial de esta villa. Ordena que del remanente del quinto de sus bienes se separen 1 000 pesos de oro común que han de quedar impuestos sobre dicha hacienda, [roto] [para que se] diga la misa al glorioso Señor San Roque y para el aceite que se ha de gastar todo el año en la lámpara del glorioso Señor San José, en su altar que está en la iglesia parroquial de esta villa. Dijo que su hacienda tiene cargados 1 000 pesos a censo redimible pertenecientes a Nuestra Señora de Ocotlán, jurisdicción de la ciudad de Tlaxcala, y por cuanto con dicha cantidad ha aumentado la hacienda, es su voluntad que los 1 000 pesos queden cargados perpetuamente y se paguen los 100 pesos de sus réditos cada año al capellán del santuario de dicha señora. Ordena sacar 500 pesos de oro de su remanente y de ellos hacer un colateral al Glorioso San Joaquín, con los cinco señores de Jesús, María, José, Joaquín y Señora Santa Anna pintura en lienzo, menos el cuerpo de San Joaquín pues éste ha de ser de busto, el cual se ha de poner en la iglesia parroquial de esta villa, en la parte y lugar más inmediata al altar del Señor San José. Declara por bienes las casas de su morada en esta villa, que compró por remate público de los bienes de Joseph [José] de Nares, sita en la calle Real, que de la plaza Pública va al camino real que sale para Veracruz, y una esclava nombrada Teresa. Asimismo, declara tener dos solares de 50 varas de frente y 50 de fondo en esta villa, uno yermo que linda por el fondo con casa de Mariana Martín y por el frente, calle en medio, con solar de María González, viuda de Juan de la Cruz; el otro solar hace frente, calle en medio, con casas de Benito Rendón, hace esquina frente a casas de Juan de Soto Noguera, y por el fondo linda con solar de doña María de Brito, en cuyo centro del solar hay una casa baja. Declara por bienes la hacienda de trapiche de beneficiar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción, que hubo y compró a Pedro García de Messa [Meza], con 4 caballerías de [tierra] y hoy se encuentra con 8 caballerías y media [roto] que ha comprado a don Francisco de [Rivadeneira], apoderado de don Gaspar Carlos de [Rivadeneira]. Declara estar casado con doña Juliana de Contreras y Sid [Cid], hija legítima de Gonzalo de [Herrera y] Contreras y doña Josepha Cid [Josefa Cid de Lara], vecina de esta villa, con quien procreó a María, de catorce años; a Joseph [José], de doce años; a Manuela, de nueve años; a Gertrudis, de cuatro años; y Ana Francisca, niña de pecho. Nombra como albaceas al Regidor Miguel de Leyba y al Alguacil Mayor [Gregorio] Martínez de Solís, vecinos de esta villa, y a su esposa Juliana. Nombra por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos a su esposa.
Sans titreEl Bachiller don Leonardo García de Monzaval, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Tomás Fernández de Acevedo, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona administre todos y cualquiera de sus bienes muebles o raíces, especialmente una casa alta de piedra y madera que tiene en dicha ciudad, en la calle que va del convento de Nuestras Señora de las Mercedes al convento del Señor Santo Domingo. También, le da éste para que reciba y cobre los réditos de sus capellanías que tiene en dicha ciudad, de sus censualistas que se lo deban pagar y si por las cobranzas fuese necesario contienda de juicio parezca ante cualesquiera jueces y justicias de Su Majestad y haga pedimentos, requerimientos, protestaciones, embargos, ventas, presente testigos y demás recaudos.
Sans titreDiego Ventura Márquez y Josefa de Torres, marido y mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, ella con licencia del susodicho, ambos en mancomún, venden a Pascual de Molina, vecino de esta villa, una casa de piedra y madera que poseen por propia, edificada en medio solar que tienen a censo redimible a favor de la cofradía de Jesús de Nazareno, sita en la parroquia de esta villa. Solar y casa están en la calle Real a mano derecha del camino que va al pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], hace esquina y frente con solar de Alejo de Aguilar, calle en medio [roto]. La venden por libre de deuda e hipoteca al precio de [roto], mismo que hubo y compró a censo de doña María Manuela Rodríguez de Sandoval. Cantidad que paran en su poder, excepto los 40 pesos del censo de dicho medio solar que ha de quedar a cuenta del comprador.
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