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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0141 · Pièce · 1834/10/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano José María Medina, de esta vecindad, dijo que posee por suya propia una casita compuesta de una pieza de material y un jacal de madera, todo cubierto de teja, ubicada en esta ciudad a la calle que sube para la Cruz Verde, en sitio perteneciente a los naturales, el cual tiene 17 varas de frente que lo hace al poniente con la expresada calle y 29 de fondo al oriente, lindando por este rumbo con callejón que llaman de los Florifundios o Chorrito y del otro lado casa de Rafael Espejo, por norte linde con casa de José María Muñoz alias Carpio, y por sur con casa de Manuel Luna; y aunque en el terreno que comprende las dimensiones expresadas hay otros dos jacales que pertenecen a otros dueños, a quienes se les ha de costear la traslación de ellos a otro punto cuando quiera que le dejen libre el terreno. Y al presente la vende al nominado ciudadano José María Muñoz alias Carpio en precio de 150 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0004 · Pièce · 1835/01/09
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Luis García Teruel, como tutor y curador ad bona de los menores hijos del finado don Marcelino Pensado, otorga que tiene dado en arrendamiento a don Joaquín García, vecino de la Orduña, una casa de material ubicada en el paraje o vecindario de la Banderilla, junto a la entrada de Temascalapa [Temaxcalapa], con su armazón y mostrador, perteneciente todo a la testamentaria del finado referido, por la merced de 6 pesos mensuales y tiempo de cinco años que comenzaron a correr y contarse desde el día 4 de noviembre último, para que dicho García establezca en esa casa el giro de comercio [ventorrillo], haciendo buen uso de ella de su armazón y mostrador, saliendo por su fiador don José María Grajales.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0016 · Pièce · 1835/02/06
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Mariano de Casas, de esta vecindad, otorga que vende a José Aparicio Carrillo, una casita de material cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta ciudad en el callejón que nombran del Chorro del Poblano, con el cual hace su frente de 19 varas al sur; por el oriente linda con solar que fue de la viuda de Antonio Salado y hoy es de José María Santos y Roldán; por el poniente con solar de Micaela Chávez; y por el norte, que es su fondo de 44 y media varas, con solar que fue del Presbítero don José Alejandro de Campo. Cuya casita la compró el compareciente a doña Úrsula Castillo por escritura hecha en esta ciudad el 14 de abril de 1828. La vende en precio de 300 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0018 · Pièce · 1835/02/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              María Telésfora de los Reyes y María Benita Octaviana Álvarez, hermanas, con sus respectivos maridos Antonio Roldán y José Severo Romero, de los cuales Benita y Romero son menores de edad, por cuya razón concurre como curador de ambos Vicente Alarcón; con la precisa licencia de sus maridos, dijeron que don Marcelino Pensado, como curador ad bona de las Álvarez, le vendió a Ana María Alarcón y Castillo una casita deteriorada perteneciente a las relacionantes, ubicada en esta ciudad en el barrio de Santa María, con 9 varas de frente, que lo hace con la calle que va al molino de Pedreguera, y formando esquina a la izquierda linda con el callejón del Chorro de San Pedro; y por la espalda con solar que fue del finado José Hipólito, siendo el fondo del sitio de 44 varas; cuyo solar y ruinas fue vendido a Ana María Alarcón en 100 pesos, dándole a ésta el nominado Pensado un papel de venta privado en esta ciudad el 16 de junio de 1832. Y habiendo muerto Pensado, Ana María Alarcón solicita se le ratifique formalmente dicha venta, por lo cual, otorgan que la ratifican.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0022 · Pièce · 1835/02/17
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Cano y Valle, albacea testamentario del finado don Joaquín Fernández del Campo, de esta vecindad y comercio, dijo que se celebró almoneda judicial el día 13 del corriente para la venta de un casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad, en la calle Principal primera, con su frente al sur; lindando por oriente con casa baja de los herederos de don Pedro Miguel de Echeverría; por el poniente con casa alta de don José María de Goiri; y por el norte, que es su fondo, con el callejón que nombran de Flores; cuya casa quedó por bienes del referido finado y fue rematada a don Nicolás Pastoressa para el Presbítero don Francisco Antonio Gil, por cantidad de 7 450 pesos. Por lo cual, como albacea que es, otorga que ratifica la venta de dicha casa en favor del Presbítero don Francisco Antonio Gil, en el expresado precio de 7 450 pesos, de los cuales debe reconocer 1 600 pesos a favor de la cofradía del Santísimo de esta parroquia.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0030 · Pièce · 1835/02/28
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa Reyes de Sedano, con licencia de su marido don Cristóbal Sedano, y el Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, como apoderado del Presbítero don Vicente Maldonado, actual recaudador de huecos y capellanías vacantes en el obispado de Puebla, dijeron que el nominado señor Viamonte demandó a la señora Reyes por cantidad de réditos de 2 000 pesos impuestos sobre una casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad, en la plazuela que se denominó del Rey y hoy se nombra de la Constitución, cuya finca pertenece hoy a la nominada señora Reyes y fue antiguamente de doña Antonia Domínguez Ballesteros, quien la gravó en dicha suma que recibió de don Gabriel Arteaga para que se impusiese una capellanía, según consta en escritura con fecha en esta ciudad a primero de septiembre de 1770. Asimismo, dijeron que de las contestaciones habidas sobre dicha demanda entre Viamonte y la señora Reyes, quien tiene hechos gastos considerables en reponer la finca, ha resultado un acuerdo que contiene las cláusulas siguientes: Primero, que la señora Reyes acudirá con el Señor Obispo para solicitarle se reduzca la deuda atrasada de réditos a 1 000 pesos por los últimos diez años en atención a no haberse presentado ningún interesado en tiempo oportuno a cobrar dichos réditos. Segundo, en caso de denegarse dicha solicitud, se procederá a liquidar el monto de dichos réditos atrasados. Tercero, entretanto la señora Reyes ha de ir pagando cada mes de diciembre 100 pesos por el rédito corriente y 40 pesos en cuenta de lo atrasado. Cuarta, que dichas exhibiciones de 140 pesos anuales se han de caucionar con responsabilidad de don Dionisio Camacho, y en caso de no querer continuar este señor en esa caución, el año que siga al que se venza hará entrega de la casa al apoderado de la recaudación de vacantes, al mismo tiempo de exhibir en el respectivo diciembre los 140 pesos anuales. Bajo tales condiciones otorgan que formalizan el expresado compromiso y estando presente don Dionisio Camacho, otorga se constituye fiador de doña María Josefa Reyes, obligándose a satisfacer por esta señora los 140 pesos anuales al representante de recaudación de vacantes del obispado de Puebla.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0074 · Pièce · 1835/06/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Juan Muñiz, de esta vecindad, dijo que don José María Rodríguez le tiene vendida una casita ubicada en esta ciudad, en la plazuela de Señor San José, en precio de 110 pesos por escritura con fecha en esta ciudad a 11 de febrero del presente año. Y con posteridad al otorgamiento de esa escritura aparecieron otros interesados representando derechos a la misma casa, aunque por pequeñas acciones. Por lo cual, resolvieron, el vendedor y el compareciente, componerse en lo privado con esos interesados. A cuyo fin, el referido Juan Muñiz otorga que se constituye responsable a cualesquiera reclamos que otro tercero haga a la referida casa por razón de herencia que alegue a los bienes de los causantes del vendedor, de manera que el otorgante por sí responderá en cualquier tiempo de todo reclamo.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0117 · Pièce · 1835/09/07
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Catalina Lazon, de esta vecindad, mayor de edad, libre de tutela y ajena administración, dijo que por fallecimiento de su padre, don Juan Lazon, quedó una casita ruinosa, ubicada en esta ciudad, en la calle de Tecuanapa, haciendo esquina con la calle que de la Fuente de San Cristóbal baja para Cantarranas, lindando por el oriente y sur con casa de don José Manuel de Izaguirre; por el norte con dicha calle de Tecuanapa; por el poniente con la de San Cristóbal; cuya casa la hubo su padre por compra que hizo a don Francisco Javier Sáenz de Santa María. Asimismo, dijo que su padre dejó declarado deberle 100 pesos a doña María Margarita Barradas como albacea de su marido don Cipriano Pensado y Navarrete; a doña Juana Pensado y Navarrete, viuda de don Pedro Francisco de Villa, otros 100 pesos; y a Manuel Esteban, vecino de Paso de Ovejas, 20 pesos; y ordenó también se le entregaran al cura de esta ciudad 300 pesos para que cumpliera un comunicado reservado; pero nada de eso se ha cumplido por no haber bienes competentes, pues solo existe la enunciada casita; habiendo acordado los acreedores con ella en prorratearle lo que quedara liquido de la venta de la casa. Por tanto, otorga que vende dicha casa a don Diego Macartney en precio de 300 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0127 · Pièce · 1835/09/30
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Petra Oropeza, mujer legítima de don José de Alcalde, dijo que en juzgado de tercera nominación de esta ciudad, se gira un expediente que tuvo principio sobre el cumplimiento de un pacto conciliatorio celebrado entre la comparente y su consorte, acerca de la consignación de 3 000 pesos con que debe comprarse una casa para la otorgante, cuya suma fue enterada por Alcalde y se haya actualmente en depósito en poder del Excelentísimo Señor don Juan Francisco de Bárcena, no obstante que Alcalde ha pretendido se conservase en el juzgado; asimismo, dijo que ya porque en cuanto a los indicados particulares es preciso continuar las respectivas gestiones y ya porque es muy regular le ocurran a la relacionante algunas pretensiones relativas a la manera de asegurar ese capital en términos que le sean más útil. Todo lo cual no puede hacer por sí misma en razón de su sexo, viéndose precisada a otorgar poder, para cuyo fin se le otorgó licencia judicial y usando de ella, otorga poder general al Licenciado don Ramón María Terán, de esta vecindad, para que en su nombre siga gestionando lo conducente en el negocio de que se ha hecho mención, conviniendo en la compra de la casa, del modo que sea benéfico y útil a la otorgante o lo resista en el evento contrario. También, para que entretanto no se haga la referida compra, procure que el capital de destine o imponga de manera que produzca para aliviar en parte los gastos de la otorgante.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0144 · Pièce · 1835/10/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Excelentísimo señor don Juan Francisco de Bárcena, actual Vicegobernador de este Estado, dijo que en abril de 1831 recibió en Puebla de don Esteban Guenot, 2 797 pesos 4 reales y 6 granos, los 2 000 de ellos pertenecientes al convento de Santa Catarina de dicha ciudad, 490 pesos 6 reales 6 granos de la capellanía fundada por don Domingo Franco, y los 306 pesos 4 reales restantes de la capellanía que fundó doña Juana Pineda; cuya total suma le fue entregada a virtud de recomendación del comparente para con el señor don Joaquín de Haro y Tamariz, quedando éste obligado inmediatamente por sí para con los intereses de esos dineros. Y a fin de caucionarle al señor de Haro y Tamariz, por si acaso en algún tiempo llegase a lastar alguna cosa o el todo, así del capital como de los réditos, porque Guenot no cumpla, ha resuelto el señor relacionante y convenido afianzar con hipoteca de una casa. Y reduciéndolo a efecto, por la presente otorga que se obliga a que siempre que el señor Haro llegue a lastar alguna parte o el todo del expresado capital y sus réditos, le indemnizara el señor otorgante, satisfaciéndole por si lo que fuere, pues al efecto se constituye principal pagador, haciendo como hace de causa y negocio ajeno suyo propio, sin que contra Guenot o sus bienes preceda o se haga diligencia alguna. Y para mayor seguridad hipoteca una casa de edificio bajo, que posee en esta ciudad en la calle de Alba, haciendo esquina con el callejón que llaman de las Bochas.

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