Manuel Gómez Dávila, Regidor; Joseph [José] de Leiva, don Francisco de Messa [Francisco de Meza y Mendoza], Miguel de Leiva [Esparragosa], Alonso Gómez Dávila, Juan Gómez Dávila, don Gaspar Carbajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], Pedro García de Messa [Meza], Nicolás de Olibera [Olivera], Gaspar Rendón, Juan de los Santos Cubillos, [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, Manuel de Piña, Antonio Millán, Pedro Trillo de Figueroa, Diego de [la] Palma, Benito Rendón, Thomas [Tomás] Ferrer [de Benavides], Dyego de Roxas [Diego de Rojas], Antonio Martínez, Antonio de Villavizenzio [Villavicencio], todos vecinos de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el del Capitán Joseph [José] de Leiba [Leiva] Esparragosa, Antonio Muñoz, Juan [José] Coronado y don Juan de Figueroa, que al presente se hallan ausentes; todos otorgan poder especial al Capitán Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, residente en la ciudad de México, para que en nombre y representación de cada uno de ellos, pueda hacer cualquier transacción y en virtud de lo que pactare desistirse del pleito comenzado, y no seguir los capítulos que tiene puestos ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de la dicha ciudad de México y su corte contra el Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, su jurisdicción y sus partidos de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], en virtud de poder que para ello le otorgaron.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOCAPÍTULOS
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MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0034
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Unidad documental simple
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1695/09/18
Parte de Archivo Notarial de Córdoba