Doña Inés Ruiz de Meza y Moral, viuda de Bartolomé Soriano Correa, vecino del pueblo de Tenexapa [Tenejapa] de la jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, residente en la villa de Córdoba, una de las hijas y herederas del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, difunto, otorga poder general al Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre y representación prosiga, fenezca y acabe los autos del juicio divisorio de los bienes que quedaron por fin muerte de su padre en la jurisdicción de la villa de Córdoba y ciudad de Tehuacán, y para ello haga pedimentos y los requerimientos necesarios. Otro se lo da para todos sus pelitos, causas, negocios civiles y criminales que tuviere contra cualquier persona.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOCAPITANES
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Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, vende a Gabriel Duarte, vecino de la ciudad de Tehuacán, un esclavo negro nombrado Francisco, de veinticuatro años de edad, en precio de 200 pesos de oro común, que por su compra le ha dado y pagado por mano del Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa, en reales de contado.
SIMÓN DE CABRERA, ALCALDE ORDINARIO Y JUEZ RECEPTORGabriel Duarte, dueño de recuas y vecino de Tehuacán, en virtud del poder otorgado por el Capitán Manuel Román de Nogales, vecino y encomendero de la ciudad de Nueva Veracruz, vende al Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de la villa de Córdoba, una esclava mulata criolla nombrada Josepha [Josefa], de veinticinco años de edad, por precio de 400 pesos de oro común.
SIMÓN DE CABRERA, ALCALDE ORDINARIO Y JUEZ RECEPTOREl Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, Clérigo Presbítero Domiciliario de esta obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa de Córdoba, uno de los albaceas, hijo y heredero del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, su difunto padre, otorga poder especial a don Juan Dávila Barrientos, vecino de esta villa, para que en su nombre parezca ante la Real Justicia de la ciudad y provincia de Teguacan [Tehuacán] y reconozca el juicio divisorio que se ha hecho de los bienes que quedaron por fin y muerte de su padre y vea los cargos que se le tienen hechos en razón de una hacienda de trapiche que posee el otorgante, que quedó por bienes de su padre, y la cual compró en remate público en precio de 14 000 pesos, con la obligación de exhibir 1 000 pesos de contado y los réditos de dicha cantidad. Asimismo, reconozca las partidas de abono que se le hicieron correspondientes a la parte legítima que le toca como uno de los herederos de su padre, y pida se le apliquen 3 000 pesos de una capellanía que está a su favor en dicha hacienda y sus réditos. Además, pida que los albaceas de su padre le enteren el número de esclavos que le vendieron en el remate de dicha hacienda, y le paguen los salarios de dichos esclavos por el tiempo que los ha tenido a su servicio don Juan Manuel de Meza y Mendoza, su hermano y uno de los herederos de su padre. Del mismo modo, haga reconocimiento de todos los autos por el cargo que se le hace, por lo que se estuviera debiendo a dichos herederos, y cobre los referidos esclavos y sus salarios, y haga se le notifique al Capitán don Francisco de Meza, su hermano, que como albacea y tenedor de bienes le entregue y entere el número de dichos esclavos que se le remataron.
FELIPE LÓPEZ DEL CASTRILLO, JUEZ RECEPTORDon Hipólito del Castillo de Altra, como albacea del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza; y el Alguacil Mayor don José del Monge y Mendoza, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], hijo y heredero del dicho Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza; dijeron que por cuanto en poder de don Hipólito entró la legítima paterna y materna que le cupo al dicho alguacil mayor por muerte de sus padres, la cual dicho Hipólito le ha ido satisfaciendo en reales al susodicho, restándole solo 3 251 pesos de cuya cantidad le otorgó escritura el dicho Hipólito, con fecha en esta villa a 25 de agosto de 1707, y por cuanto dicha cantidad tiene recibida don José del Monge, junto con sus réditos corridos, le otorga recibo en forma, carta de pago, finiquito y cancelación.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Gaspar del Monje y Mendossa [Gaspar del Monge y Mendoza], vecino de esta dicha villa, dijo que por escritura de 23 de octubre de 1684 se obligó a la paga y satisfacción de un [roto] y 4 pesos y 4 tomines de oro común [roto] a la Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, [roto] de los diezmos que fueron de la cordillera de [la ciudad de Tehuacán], por otros tantos que lo importaron [roto] y maíces [roto]. Asimismo, señala que al presente sólo resta debiendo 77 pesos y 4 tomines, como consta por recibo que tiene en su poder; sin embargo la parte de la Santa Iglesia asegura que el otorgante adeuda 184 pesos. Por tanto, para que se pueda ajustar cuentas, otorga poder al Capitán don Gabriel de Bonilla [Calderón], vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en nombre del otorgante comparezca en la contaduría de dicha Santa Iglesia, ante los señores jueces hacedores de ella, y represente no deber más que los 77 pesos y 4 tomines de resto de la escritura mencionada, para lo cual presente los recibos que le remite junto con este poder.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Pedro de Solís y Padilla, vecino de ella, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió testimonio de una escritura a efecto de que se registre en este libro, y de él consta que el Licenciado don Felipe José Mariano Conte, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, en voz y nombre de doña María Gertrudis de Veristrain y Meza, vecina de la ciudad de Tehuacán, labradora en su provincia y viuda del Capitán Francisco de Meza y Mendoza, recibió la cantidad de 500 pesos de principal pertenecientes a la capellanía que fundó don Luis de Palacios, como albacea de don Alonso de Gómez [ilegible]; y por tanto, obligó a doña María a pagar a la citada capellanía en un periodo de cinco años y en el ínterin sus réditos del 5 por ciento, y para seguridad del principal hipotecó una hacienda de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, alias la Punta, la misma que se le fue adjudicada a su apoderada por muerte de su marido, la cual está grabada en cantidad de 11 000 pesos, 6 000 de ellos a favor del hospital que ha de fundarse en el paraje de Jamapa; 3 000 pesos al de las religiosas, parientas suyas, y los 2 000 restantes al convento hospital de Señor San Juan de Dios de la ciudad de Tehuacán; asimismo, otra hacienda de la susodicha de labor, riego y trapiche nombrada la Santísima Trinidad que posee en jurisdicción de Tehuacán.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODoña Catalina de Esparragosa, natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán] y vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima del Regidor José de Leiva, hija legítima de Alonso Miguel de Esparragosa y de doña María Martínez, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena ser sepultada en la iglesia parroquial de esta villa, en la bóveda en que fue enterrado el Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, su hijo. Manda se den de sus bienes 200 pesos para ayuda a la obra de la Capilla de la Tercer Orden que actualmente se está aderezando en esta villa; asimismo, manda 100 pesos para ayuda al colateral que se pretende hacer en el altar de la iglesia parroquial de esta villa. Es su voluntad se saquen de su bienes 1 000 pesos y se carguen a censo sobre finca segura para que con sus réditos se diga todos los años una misa cantada en el octavo día de la fiesta de San Antonio. Manda se den 40 pesos a Nuestra Señora de Cosamaluapan [Cosamaloapan] y 20 pesos al Santo Cristo que está en la parroquia del pueblo de San Pedro Yshuatlan [Ixhuatlán]. Ordena que se den 500 pesos a María Gómez, su nieta; 4 pesos a María de las Vírgenes, parda libre pobre; 30 pesos a Jerónima, mulata libre, mujer su esclavo negro nombrado José, Mina, persona que le asistió en sus enfermedades. Manda que Juana Medina, su esclava mulata, siga sirviendo a su marido y cuando éste fallezca obtenga dicha esclava su libertad. Declara que hace más de cincuenta años se casó con el Regidor don José de Leiva, con quien procreó a Nicolasa Teresa de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, Religiosas Profesas del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles; a María de Leiva Esparragosa, que casaron con el Capitán José Gómez Dávila, ambos difuntos; al Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, que estuvo casado con doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos; a José de Leiva Esparragosa, difunto, quien murió sin tomar estado; y por último, a Antonio de Leiva Esparragosa, que vive en esta villa, casado con Margarita de Bistrain Dávila. Nombra por albaceas testamentarios a Antonio de Leiva, hijo y a Juan de los Santos Cubillos; y por tenedor de bienes a Antonio de Leiva, su hijo. Nombra por sus únicos y universales herederos a sus nietos, Miguel y Rafael, José, Juana y María; y a Antonio de Leiva, su hijo. Y manda que el remanente que quede del quinto de sus bienes, sus albaceas los pongan a censo redimible y sus réditos se entreguen por mitad a sus dos hijas monjas, para ayuda de su vestuario y otras necesidades; con la condición de que cuando hayan fallecido ambas, con el principal se funde una capellanía de misas bajo las condiciones y nombramientos que se mencionan en este su testamento. Para finalizar, dijo que es su voluntad se den 400 pesos en reales a doña María de Olaso y Salgado, vecina de esta villa, mujer que fue del Capitán José Gómez Dávila, por ser pobre y por el mucho amor que le tiene.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan Manuel de Meza y Mendoza, mayor de veinticinco años, uno de los hijos, herederos y albacea del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, difunto, otorga poder especial al Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, su hermano, vecino de la ciudad de Tehuacán, asimismo, heredero y albacea, para que en su nombre y representando su persona use el cargo de albacea en todos los casos, pidiendo y tomado cuentas a quienes se les deba dar, y se proceda a la cuenta de división y participación de ellos, asimismo, para que en su nombre como tal heredero pida se haga inventario y avalúos de dichos bienes.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco de Messa [Meza] y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de [roto] jurisdicción, otorga poder a don Francisco de Messa [Meza] y Mendoza, su hijo, vecino de la ciudad y partido de Teguacan [Tehuacán], para que en su nombre pida al Capitán don Lorenzo Montero de Bonilla o a don Lorenzo Navaro Montes de Oca, su apoderado y administrador de sus haciendas en dicho partido, le arriende la hacienda de labor de riego nombrada la Huerta, que en otra ocasión tuvo el otorgante en arrendamiento en el pueblo de San Pablo. Y logrando el arrendamiento otorgue escritura por tiempo de seis años y precio de 300 pesos anuales.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO