Don Pedro Telmo Primo, Capitán del Regimiento de Infantería Provincial de Valladolid, vecino de Guanajuato y residente en esta Villa, otorga poder especial a don Tomás Antonio Paradela, Agente de Negocios de México, para que en su representación otorgue escritura de obligación en la que lo constituya por fiador de don Ignacio Villaseñor Cervantes, Corregidor de la Ciudad de Querétaro.
CAPITANES
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Concierto entre Sebastián de la Peña y Domingo de Oliveros, vecinos de Jalapa, por el cual el primero se comprometió a dar al segundo, si éste logra cobrar 733 pesos de oro común al Capitán Don Pedro Zorrilla, Tesorero, Juez, Oficial Real de la ciudad de Guanajuato, 383 pesos, quedando los 350 para Sebastián de la Peña, pero entendido que los gastos de ida, estancia y vuelta serán por cuenta de Domingo de Oliveros.
Don José Santos Islas y Juan Naquenes, vecinos de la Ciudad de Guanajuato, residentes en este pueblo, otorgan que deben y se obligan a pagar el próximo mes de enero de 1737, al Capitán don Pedro Negrete Sierra, la cantidad de 6, 095 pesos 2 reales, en la forma siguiente: 4, 636 pesos, el dicho José Santos Islas, y 2, 269 pesos 2 reales Juan Nameques, por concepto de varios géneros que les ha entregado en este pueblo.
Don Ignacio de Zamarripa, vecino de la Ciudad de Guanajuato, residente en este pueblo, apoderado del Capitán don Simón Francisco de Arroyo y Sardaneta, vecino de dicha Villa, se obliga a dar y pagar a don Manuel de Riveros, la cantidad de 9, 159 pesos y 2 reales en plata doble, para el día 15 de Abril de 1737.
El capitán don Felipe Díaz de Peón y don Juan Díaz de Peón, hermanos, residentes en esta villa, como maridos y conjuntas personas de María Josefa y doña María Ignacia González del Campillo, también hermanas enteras, nietas de la difunta de doña María Ana Lanuza, otorgan poder especial a don Juan Antonio Beistegui, vecino y del comercio de Guanajuato, para que en su representación perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de don Victoriano Mosqueda, sus administradores o arrendatarios o de quién haya más lugar, los réditos o los premios que producen los dos capitales, pertenecientes a sus citadas esposas, que están impuestos en la hacienda de labor nombrada el Cuisillo, ubicada en jurisdicción de Irapuato, perteneciente al citado Mosqueda. Otorgando de ello recibos, cartas de pago y demás documentos que sean el caso; haciendo todas las presentaciones, actos, autos, agencias y diligencias que convengan.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Pablo Beti, capitán de la Compañía de Cazadores del Batallón Provincial de Guanaxuato [Guanajuato], residente en esta villa, otorga poder especial a don Vicente de Obeso, vecino y del comercio del mismo Guanajuato, para que en su representación, proceda a otorgar renuncia de una capellanía eclesiástica, que de diferentes ramos asciende su principal a 7 010 pesos, la cual ha disfrutado y cuyo beneficio debe en su cesar desde el día que contrajo matrimonio con doña María Agustina de la Pedreguera, natural y vecina de esta villa. También, le confiere poder, para que represente sus derechos y acciones a la misma capellanía por su hijo párvulo, don Francisco de Paula Beti de la Pedreguera, llegado que sea el tiempo en que se fijen los edictos convocatorios para proveerla, haciendo todas las diligencias que sean necesarias.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINOSebastián de la Peña, vecino de Jalapa, hijo legítimo del Capitán Don Sebastián de la Peña, Alguacil Mayor que fue de la ciudad de Veracruz, y de Doña Ana de Alfaro, difuntos, como albacea y heredero de la susodicha, dio su poder cumplido a Domingo de Oliveros, mercader y vecino de Jalapa, para que en su nombre pida, reciba y cobre, del Capitán Don Pedro Zorrilla, Tesorero, Juez, Oficial Real de la Real Caja de Su Majestad de la ciudad de Guanajuato, en esta Nueva España, 733 pesos de oro común que quedó a deberles a los dichos sus padres, según consta en el libro de cuentas del difunto.
Don Ignacio de Zamarripa, vecino de la Ciudad de Guanajuato y residente en este pueblo, apoderado del Capitán de Infantería Española don Simón Francisco de Arroyo y Sardaneta, vecino de esta Villa, se obliga a pagar a don Pedro de Iriarte, del comercio de España, la cantidad de 13, 395 pesos 5 reales y medio.