CAPITANES

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              1624, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-0056-EO_0056_0001 · Unidad documental simple · 01/04/1624
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Gaspar Asencio Cornejo, Corregidor en esta Jurisdicción, visitó los carros de la viuda de Gerónimo [Jerónimo] de Villegas, vecina de los Ángeles, que bajan a la ciudad de Veracruz a cargo de Juan Benítez, y halló la gente e indios siguientes: Melchor, Capitán, natural de Amozoque [Amozoc] y su mujer Catalina; Diego, de Tepeaca; Francisco, de Tecamachalco, y su mujer María; Pablo Maldonado, natural de la Puebla, viudo; Jusepe [José] Miguel, soltero, de Tlaxcala; Gaspar de Santiago, de Tecali; Juan Miguel, de Puebla; Jusepe [José], de la Puebla, y su mujer Francisca; y Juan, soltero, de la Puebla.

              1645, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-0092-EO_0092_0702 · Unidad documental simple · 15/08/1656
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Se tomó la razón de 35 arrobas de vino en 35 botijas, que lleva Joseph [José] Méndez para entregar al Capitán Domingo Rodríguez en el pueblo de Tecamachalco.\n

              1668, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-00122-EO_0122_0234 · Unidad documental simple · 21/08/1686
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Ante don Juan de la Lastra Madrazo, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció José de Sayas, vecino del pueblo de Tecamachalco, de la provincia de Tepeaca, en nombre del Capitán Lope de [roto], vecino de la Villa de Córdoba, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 150 reses, toros, que el susodicho compró a diferentes criadores, para pasar a los ejidos de la ciudad de Tepeaca\n

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0110 · Unidad documental simple · 1719/10/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Milián Perdomo, viuda y heredera del remanente que quedó por bienes de doña Francisca Milián Perdomo, su difunta hija; y el Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, albacea y tenedor de bienes que es de la susodicha, su mujer. Ambos otorgantes dijeron que el día 25 del presente mes y año se procedió a hacer inventario y avalúo de bienes que quedaron de la difunta. Doña María Milián, señaló que el caudal que dejó su hija ha sido ganado durante su matrimonio de lo que quedó más que medio [solar] de tierra eriazo que le dio en dote de 25 varas de frente y 50 de fondo, y el dicho [roto] llevó al matrimonio 4 500 pesos [roto] de casa y un esclavo nombrado Antonio de Segura. Le consta que el caudal de [roto] pasaban de 8 000 pesos como parece del libro de sus cuentas, la mayor parte de él son débitos incobrables como cobrables que lleva mucho tiempo para apercibirlos, como asimismo otros gastos precisos e inexcusables que se puedan ofrecer. Situación por la cual, ambas partes han convenido y ajustado transacción en esta escritura, para que la parte que tocare de herencia [roto] se pueda distribuir en la forma y manera siguiente: primero doña María, declara haber recibido del capitán la ropa de color y blanca de la difunta su hija, alguna plata labrada, un par de sarcillos de oro grandes, dos pares de aretes de oro, dos sortijas de oro, una cama de grana, un rodastrato de pinturas nuevo, tres cojines de raso encarnados, seis sillas de baquetas labradas nuevas, unas colcha camera nueva de Tecamachalco, un colchón camero y otras menudencias del uso de su hija y algunos reales que le había dado [roto], que de uno y otro se da por entregado a su voluntad, por lo que entrega carta de pago y recibo en forma. Asimismo, durante los días de su vida y hasta donde cubriere la cantidad que le tocare de su legítima, le halla de dar el capitán para sus alimentos, todos los sábados 4 pesos y de quince en quince días 4 libras de cacao y dos onzas de canela y la azúcar correspondiente a cada molienda. Asimismo, se encargará de techar la casa de su morada que se compone de la sala de 12 varas de tejas, la madera y clavos que necesitare y haya de pagar los operarios. Asimismo, en el caso de que llegase su fallecimiento, sobreviviendo don Pedro Fernández, se encargará de enterrarla en donde fuere su voluntad sin que se entrometa ninguno de sus herederos. Tanto el uno y el otro se remiten y perdonan los alcances y se dan por finiquito y apartan los derechos y acciones. La susodicha aparta a sus herederos para que no pidan ni demanden cosa alguna al Capitán don Pedro Fernández, por estar satisfecha la herencia y él pueda disponer de sus bienes, y ella se obliga a las calidades y condiciones que se mencionan en esta escritura.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0214 · Unidad documental simple · 1774/05/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Miguel de Leiva Esparragosa, de esta vecindad y república, dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él consta que, en la ciudad de la Puebla a 20 de abril de este año, el Licenciado don Manuel José Rodríguez de Abouza y Meza, Cura por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y doctrina de Tecamachalco de esta diócesis, dijo que por escritura otorgada en ésta el 30 de junio de 1759, don José Francisco Oropeza, dueño que fue de la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Defensa, se obligó a pagar al susodicho 23 158 pesos 4 tomines, los mismos que en cuenta de su precio le quedó debiendo don Salvador Fernández Marín, su antecesor en la posesión de la referida hacienda, y aseguró su paga y ratificó la hipoteca que de ella se hizo por el primer deudor; y porque estando por religiosa de velo y coro en el convento de Santa Teresa la Antigua de dicha ciudad doña Francisca de Paula Mejías de Reinoso, hija legítima de don Gaspar Mejías de Reinoso y de doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, no teniendo para exhibir los 3 000 pesos de dote, presentó memorial en la Secretaría de Gobierno de esta diócesis en 20 de marzo, ofreciendo otorgar escritura de cesión y traspaso a favor del referido convento por los dichos 3 000 pesos, colocándolos en los citados veinte mil y más pesos que a su favor se reconocen en la citada hacienda. Y por decreto del señor obispo de 19 de abril, previno se efectuase la escritura de cesión y traspaso, y que don José Mariano Oropeza en consorcio de doña María, doña Bárbara, doña María Guadalupe de Oropeza [roto] hicieran reconocimiento e hipoteca de la dicha [roto], por tanto, hizo el traspaso a favor del citado convento de Santa Teresa de los 3 000 pesos de la dote de la Madre María Guadalupe de San Francisco de Paula la que en el siglo se llamó como queda dicho doña Francisca de Paula Mejías de Reinoso, y para demandar el principal le dio cuanto poder en derecho sea necesario. Y estando presente el citado José Mariano Oropeza, hijo legítimo del referido don José Francisco y de doña María Gertrudis de Orta, albacea, tutor y curador ad bona de las expresadas sus sobrinas María, Bárbara y María Guadalupe, y dueño de la mencionada hacienda, otorgó y reconoció por dueño de los citados 3 000 pesos al convento, los cuales dará y pagará en el término de tres años, y para seguridad del pago hipotecó la expresada hacienda.

              JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0232 · Unidad documental simple · 1777/01/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Miguel de Leiva Esparragosa, de esta vecindad y república, exhibió para que se registre en este libro, dos testimonios de una escritura que en nombre de doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, viuda de don Gaspar Mejías de Reinoso, residente en la ciudad de la Puebla, albacea y heredera del Licenciado don Manuel José Rodríguez de Abouza y Meza, Cura Beneficiado que fue del pueblo de Tecamachalco, otorgó venta de la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Defensa, alias Panzacola, en este distrito, al Licenciado don Martín Antonio de Leiva, Presbítero de esta diócesis y de esta vecindad, en 30 447 pesos 7 reales de los que ha de reconocer 15 731 pesos 4 reales y un grano de los principales con obligación de réditos a favor de la nominada albacea y heredera; asimismo, los nominados 14 816 pesos 2 reales y 11 granos a favor de dicha doña Manuela Antonia Rodríguez.

              JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0112 · Unidad documental simple · 1709/09/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              José de Aldaraca, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Tecamachalco, en nombre del Capitán José López de Priego, vecino y labrador de la jurisdicción de la ciudad de los Ángeles, en virtud de su poder; y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada San Juan Bautista en su jurisdicción; dijeron que por cuanto don Antonio de Leiva posee una esclava nombrada Gertrudis, negrita criolla de doce años, y la parte de José de Aldaraca una esclava negra nombrada Úrsula, de treinta años de edad, la cual vale 300 pesos y la negrita Gertrudis 225 pesos; por la presente hacen trueque y cambio el uno al otro de dichas dos esclavas, entregando Leiva 75 pesos a Aldaraca en cumplimiento de los 300 pesos del valor de la esclava Úrsula.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0088 · Unidad documental simple · 1707/06/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Capitán don Tomás López de Sagade y de doña María de Brito Lomelín, difuntos; y doña Antonia Clara de Rivadeneira, su legítima mujer, natural del pueblo de Tecamachalco de la jurisdicción de la ciudad de Tepiaca [Tepeaca], hija legítima del Capitán don Francisco de Rivadeneira y de doña Leonor de Zubiate y Arévalo, vecinos de dicho pueblo, dijeron que por cuanto las cosas del descargo de sus conciencias y bienes de sus almas se las tienen comunicadas el uno al otro y el otro al otro; por tanto, en aquella vía y forma otorgan poder el uno al otro y el otro al otro para que puedan hacer y otorgar su testamento con el número de misas, mandas, legados, declaraciones, obras pías y las demás cosas que se tienen comunicado. Declaran que habrá tiempo de dieciséis años que contrajeron matrimonio, en el tiempo en que se efectuó dicho matrimonio tenía el citado Alonso López 4 000 pesos y doña Antonia Clara llevó de dote 3 000 pesos, durante él han tenido por hijos legítimos a José que será de edad de quince años, a Gaspar de catorce, doña Antonia de doce, doña María de diez y doña Gertrudis de cinco. Y para cumplir y pagar este testamento nombran el uno al otro y el otro al otro por albacea y tenedor de bienes, y en el remanente que quedare de sus bienes nombran por universales herederos a los citados sus hijos. Finalmente, dijeron que debido a que sus hijos son menores se nombraban el uno al otro y el otro al otro como tutores y curadores ad bona de sus personas y bienes.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0049 · Unidad documental simple · 1705/04/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y natural de ella, hijo legítimo del Regidor don José de Leiva, difunto, y de doña Catalina de Esparragosa, vecina de esta villa; y doña Margarita de Bristain Dávila, natural de Tecamachalco, hija legítima del Capitán don Francisco de Bristain y de doña María Dávila, difuntos; dijeron que por cuanto los descargos de sus conciencias los tienen comunicados el uno al otro, por tanto, en aquella vía y forma otorgan que se dan el poder que se requiere y sea necesario para que en caso de morir cualquiera de los dos y el que quedare vivo otorgue testamento con las cláusulas que se tienen comunicado. Declaran que son casados y de cuyo matrimonio tienen por hija a María Antonia niña de edad de un año y al póstumo del que se halla encinta doña Catalina. Declaran que para cumplir el testamento se nombran el uno al otro como albaceas testamentarios y tenedores de bienes; y cumplidas las mandas y legados del testamento instituyen y nombran por sus herederos a su hija Antonia y al póstumo o póstuma; asimismo se nombran el uno al otro como tutores y curadores de las personas y bienes de sus hijos.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0054 · Unidad documental simple · 1687/07/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Luis de Arévalo, vecino del pueblo de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], hijo legítimo de García de Arévalo y doña Catalina López, naturales que fueron del pueblo de Tecamachalco, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que debe al tendero del alguacil mayor de la villa, al Alcalde Mayor, a Diego Muñoz vecino de Huamantla, al Capitán Marcos Blanco, a un indio llamado José [roto]. Menciona por sus bienes siete mulas, seis yeguas; una chamberga, un capote, almohadas, camisas, entre otros géneros que se mencionan en la escritura. Declara que fue casado con Isabel Figuera [sic], hija legítima de Andrés Marín y María de Figuero [sic]; durante el matrimonio procrearon a Juan de Arévalo. Para cumplir y pagar el presente testamento nombra albacea a Francisco de Arévalo y como su heredero universal a Cristóbal de Arévalo, que ha criado en su casa, además de que lo ayudó a ganar lo que tiene, nombra por tutor y curador del susodicho al citado Francisco de Arévalo.

              PEDRO LÓPEZ DEL CANO, JUEZ RECEPTOR