“Como nosotros los vecinos de esta villa conviene a saber los señores Alférez Mayor don Miguel García Valero [Grajeda], Teniente de Alcalde Mayor por nombramiento y ausencia del General don Pedro Caramur y Enríquez; Antonio de Brito [Lomelín], Miguel de Leiva [Esparragosa], Alcaldes Ordinarios; don Diego Valero [Grajeda] y Francisco [de] Aguilar, Regidores; Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; los Capitanes don Pedro López del Castrillo y don Lope de Yribas [Iribas]; don José de Segura y Ceballos, José Gómez [Dávila], Manuel Gómez [Dávila], Alonso Gómez de Ávila [Dávila], don Gaspar Carabajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], Francisco de Barrios, Juan Rodríguez Durán, José de Leiva, Francisco Rodríguez de Olmedo y José de Leiva, todos vecinos de esta villa y dueños de hacienda de hacer azúcar, en nombre de los demás dueños de hacienda de labranza de cualquier género que sean, declaran que habiendo considerado con maduro acuerdo y atención las relevantes cesáreas y esclarecidas prerrogativas del gloriosísimo y bien aventurado señor San Juachin [Joaquín] y su gran poder en la gloria, adquirido por sus preclaras virtudes [roto] y multiplicados beneficios con que por su intercesión han sido y son, los vecinos de esta Ilustre Villa favorecidos y socorridos de la poderosa mano del altísimo Dios en la inundidad y de la langosta que nos acaba, consume [roto] los cañaverales y cimientes, por lo cual [roto] por su intercesión [roto] del altísimo Dios, Santísima Madre y de dicho San Juachin [Joaquín], acordamos ponernos debajo de su poderoso patrocinio y nombramos por único y general patrón, titular nuestro, de los demás vecinos y labradores que ahora son y adelante fueren […] para que en devotos y reverentes cultos veneremos y celebremos a tan esclarecido santo. Y para que tenga firmeza prometemos y juramos a Dios Nuestro Señor, en manos del señor Doctor don Joseph Valero de Graxeda [José Valero de Grajeda], Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico, Comisario del Santo Tribunal de Cruzada, y yo Pedro López del Castrillo por mí y en nombre de todos los demás vecinos y labradores, que tendremos y veneraremos perpetuamente para siempre por nuestro único y general patrón y abogado al gloriosísimo señor San Juachin. También nos obligamos y a los que en adelante fueren a celebrarle una fiesta y novenario de misas cantadas que ha de empezar el día 18 de julio. Y para dicha festividad nos obligamos a dar cada uno en cada un año 4 pesos al tesorero que fuere nombrado para dicha festividad, y declaramos lo han sido este presente año nosotros los dichos Regidores Francisco [de] Aguilar y Juan Rodríguez Durán, y tesorero yo el dicho Alcalde Miguel de Leyva [Leiva]”.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOCAPITANES
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El Capitán Antonio de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario por Su Majestad, otorga que ha recibido de Gaspar Carabaxal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], [roto] pesos de oro común por otros tantos que [roto] y pagó por el susodicho a la parte de don Miguel Guerrero Salamanca, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, como su fiador y principal pagador que se constituyó de dicha cantidad por escritura que otorgó en 30 de junio de 1691.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Alférez Pedro Pablo Sánchez López, residente en esta villa, en voz y en nombre del Sargento Juan Rodríguez Gómez, que lo es actualmente de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, otorga que vende al Licenciado Francisco Fernández de Acevedo, Clérigo Presbítero, un negro esclavo nombrado Luis, casta Cabo Verde, que será de edad de veinticinco años, que su parte compró del Capitán Pedro Bohórquez de Cárdenas, vecino de dicha ciudad. Lo vende por esclavo cautivo sujeto a perpetuo cautiverio en precio de 400 pesos.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOMiguel Francisco de Valenzuela, residente en esta villa de Córdoba, en nombre del Capitán don Antonio Medina de Picasso, vecino de la ciudad de México, otorga que ha recibido de don Matías Fernández de Benavente y Aragón, residente en esta villa [roto] de la provincia de Guasaqualco [Coatzacoalcos], 681 pesos que le era deudor a dicho su parte, y son de resto de 1 361 pesos.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOIsabel Vázquez, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Diego de Sandoval, y Juan Álvarez, hijo legítimo de la susodicha, dijeron que Diego de Sandoval otorgó un vale a favor del Capitán Juan Díaz de Palacios, residente en esta villa, hecho en el pueblo de Teposcolula el 8 de [agosto] de 1688, por la cantidad de 143 pesos de oro común en el que constituyó a los otorgantes fiadores, con hipoteca de una casa y a satisfacer en cuatro meses, cuyo plazo se cumplió sin solventar la deuda, iniciando el Capitán Juan Díaz pleito ante la Real Justicia de esta villa y pretendiendo embargar la casa hipotecada en dicho vale; por lo cual se obligan a pagar al capitán 170 pesos de oro común, los mismos que resultan de dicho vale y costas causadas por el pleito, la mitad a mediados de junio de este año y la otra mitad en junio de 1691, ambas cantidades deben ser entregadas en la ciudad de la Nueva Veracruz.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALDoña Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera, dueño de trapiche de hacer azúcar, y Juan García de Miranda, su sobrino, dueño también de trapiche de fabricar azúcar en esta jurisdicción, dijeron que el 31 de agosto de 1688 el Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Veracruz, como su apoderado los obligó de mancomún con el Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor que fue de esta villa y San Antonio Guatusco [Huatusco], a pagar a don Gerónimo [Jerónimo] Francisco Mier del Tojo la cantidad de 2 000 pesos de oro común cada uno al plazo que se contiene en dicha obligación, cuyo plazo se ha cumplido viniendo a la cobranza Luis Francisco de Haze como su apoderado, y habiendo conseguido de éste un nuevo término, por la presente se obligan a pagar 2 000 pesos en un año con 100 pesos más y los restantes 2 000 pesos dentro de dos años con 200 pesos más.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALEl Capitán Marcos Blanco, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], Teniente General de dicha provincia, otorga poder especial a Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor perpetuo de esta villa de Córdoba, para que en su nombre pueda cobrar y recibir del Capitán don Francisco de las Casas, vecino de [roto] México, la cantidad de pesos que en su poder paran por cantidad de tablas.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALDiego Notario, vecino de la ciudad de Cádiz y residente en esta villa de Córdoba, en nombre y con poder del Capitán don Diego de Ayala, vecino de Cádiz, vende al Alférez Juan Maldonado, vecino de esta villa, un esclavo mulato nombrado Andrés de Avalo y Ayala, en precio de 150 pesos.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALEl Capitán José Arias y Torija, dueño de un ingenio de fabricar azúcar y vecino de Jalapa, otorga poder general al Licenciado José Mariano Suárez de la Cueva, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de la Ciudad de México, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don Ángel Galindo, capitán del Ejército permanente en el batallón número 11, como marido y conjunta persona de doña María Crispina Guillén, otorga poder general a don Dionisio Camacho, de este comercio y vecindad, para que en su nombre y representación haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de todas aquellas personas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, esclavos y otras cosas que le deban. De lo que recibiere, entregue cartas de pago y demás instrumentos que se le pidan. También, se lo confiere especial para que pueda gravar, empeñar o enajenar del todo, una tercera parte que a su esposa le corresponde en el valor de una casa, que hace su frente en la calle del Calvario o de la Amargura, que posee en unión de otros dos hermanos, por el precio y en los términos que ajuste. Asimismo, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales que se presenten.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO