Antonio Millán, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a don Gaspar de Caravajal Benavente, de la misma vecindad, una casa cercada de palos y barrotes, techada de teja y medio solar en que está edificada, de 50 varas de fondo y 25 de frente, con un pozo y su brocal de cal y canto. Dicho solar linda por la parte del oriente con solar de los herederos de Tomás de Xaurigui [Jáuregui]; por el poniente con otro medio solar que es del dicho don Gaspar; por el norte con casa y solar de los herederos del Capitán Tomás López de [Sagade]. Lo vende en precio de 280 pesos de oro común.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALCAPITANES
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Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche en esta jurisdicción, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y representación lo obligue a favor de la persona o personas que hallare y concertare hasta por la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándolo como principal o como fiador del Capitán y Sargento Mayor Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa de Córdoba y provincia de San Antonio Huatusco, y entregue la escritura que le sea pedida.
ALONSO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTOREl Capitán y Sargento Mayor Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa de Córdoba y provincia de San Antonio Huatusco, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su representación saque y reciba los pesos de oro que hallare hasta en cantidad de 8 000 pesos por el plazo o tiempo que por bien tuviere y lo obligue, así como también obligue a Juan Rodríguez Durán, Gregorio [Martínez] de Solís, Juan García de Miranda y a Josepha [Josefa] García de Miranda, todos vecinos de esta dicha villa y dueños de trapiche en esta jurisdicción, en virtud de sus poderes que para el efecto le dan, otorgados a los 3 de abril del presente año por ante Alonso de Meza [y Mendoza] a falta de escribano público y real; en la que ha dicho Pedro López del Cano como principal y a los dichos Juan Rodríguez Durán, Gregorio Martínez de Solís, Juan García de Miranda y a Josepha [Josefa] García de Miranda como fiadores o por el contrario de mancomún y cada uno pagarán los pesos que así hallare y se les dieren a la persona o personas en las partes y lugares al plazo y en la forma que se contuvieren en la escritura que en esta razón otorgare, por lo que se le da éste con general administración.
ALONSO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTORDoña María Valero [de] Grageda [Grajeda], vecina de esta villa de Córdoba, viuda y albacea testamentaria del Capitán Joseph [José] Blanco, tutora y curadora de la persona y los bienes de doña Josepha [Josefa] de Grageda [Grajeda], niña menor de dos años; otorga poder a don Joseph [José] Valero [de] Grageda [Grajeda] y al Alférez Mayor Miguel Valero [de] Grageda [Grajeda], sus hermanos, para que en su nombre demanden, reciban y cobren cualesquier pesos de oro, plata, joyas, esclavos y otros bienes que se le deban por escritura, vales, libranzas y cuentas de libros, tomen cuentas a cualesquier albaceas y tenedores, de todo lo cual entregue carta de pago, finiquito y lastos, por lo que se le da éste con libre y general administración.
ALONSO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTOREl Doctor Joseph [José] Valero [de] Grageda [Grajeda], Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, y los Regidores don Francisco Valero [Grajeda] y don Diego Valero [de] Grageda [Grajeda], hermanos y vecinos de esta villa, dijeron que por cuanto el Doctor Joseph [José] Osorio, Canónigo de la Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, ordenó al Capitán Juan de Urue, que al presente salió del puerto de San Juan de Ulúa hacia los Reinos de Castilla, supliese y prestase 400 pesos, tomándolos a daño de la persona o personas que se los supliesen; cantidad que se obligan de dar y pagar al Doctor Joseph [José] Osorio con las costas de cobranza correspondientes.
JUAN MALDONADO, ALCALDE ORDINARIOLicenciado Joseph [José] Rodríguez de la Peña, con poder de Ana Martín del Canto, mujer legítima del Capitán Juan Bautista Carenzo, vecinos de la Nueva ciudad de Veracruz, otorga que vende un esclavo llamado Manuel de treinta y tres años, en precio de 200 pesos de oro común.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALBaltazar González de Velilla Blanco, dueño de trapiche de hacer azúcar, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva Veracruz y Alcalde Ordinario en ella; o al Contador don Martín Calvo, vecino de la Puebla; o al Capitán Francisco Canales y Gacio, vecino de la ciudad de México, para que en nombre de su persona puedan recibir prestado [roto] y lo obliguen a pagar con los premios que corrieren.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALEl Capitán don Lope de Yribas [Iribas], marido y conjunta persona de Ana González de Velilla, y la susodicha como heredera del Capitán Nicolás Blanco, su tío, otorga con previa licencia de su marido, que da poder a dicho Lope de Yribas [Iribas] para que en su nombre venda a las personas o personas que hallare los negros y negras que le dejaron por herencia.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALDon Joseph [José] de Sentís, hijo legítimo de don Antonio Sentís [de Ojeda] y doña Ana González de Velilla Blanco, natural de esta villa, otorga poder para testar al Capitán don Lope de Yribas [Iribas] y doña Ana González de Velilla Blanco, sus padres, para que otorguen su testamento según lo tiene comunicado.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALEscritura de venta de medio solar que compró don Gaspar de Caravajal Benabente [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], vecino de esta villa, el solar está ubicado en esta villa, linda por una parte con casa y solar del comprador; por otro con Juan de Soto Noguera y casa de los herederos del Capitán don Tomás López de Zagada [Sagade]; también con calle en medio y con casa de Benito Rendón. El solar fue comprado en 40 pesos en reales.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REAL