El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador Mayor del Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de ella, otorga en arrendamiento a José Hernández Navarro, vecino de esta villa, una caballería de tierra de las pertenecientes a esta villa, ubicada en el paraje que llaman Pastorcillo y Palotar, que por el lado del sur linda con el arroyo que llaman de [Villegas], desde donde se une el arroyo con el río de la [roto] hasta el camino real que va para San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], donde está el rancho que fundó Juan Morán que está al sur, mirando al norte con el rancho de las vacas de Alonso Galván; por el lado del norte linda con el río de Acatengo de esta villa, que divide las tierras de Alonso Galván con la caballería de tierra; y por el oriente hasta donde [roto] los arroyos con más un pedacito de tierra de la otra banda en el paraje que llaman del Palotar, donde tiene su rancho fundado [roto; poniente con dicho río de la villa. El arrendamiento lo hace por tiempo de nueve años, que empiezan a correr y contarse de hoy día de la fecha en adelante, por precio de 12 pesos y medio anuales que se obligará a pagarle a él o al procurador que es o fuere de esta villa, sin pleito, pena de la ejecución y costas de su cobranza, y él se obliga a que le será seguro éste arrendamiento y no le serán quitadas, pena de dar otras y tan buenas por el dicho tiempo y precio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOCAPITANES
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Don José de Segura y Ceballos, natural y vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el 26 de noviembre de 1716 contrajo matrimonio con doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, hija del Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro y de doña Antonia Clara de Rivadeneira, y al tiempo de dicho matrimonio se le prometieron en dote 8 000 pesos en reales, incluyendo 400 pesos en el valor de una negra nombrada María de la Cruz. Y ahora, por la presente a solicitud de los padres de su mujer, otorga haber recibido [roto] incluyendo a la negra, y entrega recibo en forma y el escribano dio fe de ello y señaló haber visto la entrega [roto] que junto con 6 000 pesos que el otorgante señala [roto] dicha su mujer en arras propter [roto] de su virginidad y limpieza hacen 14 000 pesos, mismos que se obliga a tener en su poder en la mejor forma y mejor parados de sus bienes y los devolverá [roto] y los entregará a su mujer o a sus padre sin pleito alguno, para lo cual obliga sus bienes habidos y por haber.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta y doña María Josefa de Celis, vecinos de esta villa de Córdoba, marido y mujer, ella con licencia del susodicho, ambos en mancomún, venden a María Teresa Valera, vecina del pueblo de Taliscoya [Tlalixcoyan], una negra esclava de ambos nombrada María Josefa, que será de edad de treinta años poco más o menos, misma que María hubo y compró del Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa. La venden por esclava cautiva, sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre por libre de deuda, empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurarla de ninguna tacha, vicio, defecto y enfermedad, al precio de 300 pesos horros de alcabalas y escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, otorga haber recibido del Capitán don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa y Alcalde Ordinario de ella por Su Majestad, 7 500 pesos, de los cuales 5 000 pesos le debía el General don Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor que fue de esta villa, y los apercibió de Pibot como su albacea, y los 2 500 pesos restante que le suplió al susodicho. Cantidades que se obligó a pagar el Capitán Pibot por escrituras de 29 de agosto y 12 de noviembre de 1707, que tiene recibidas el otorgante, quien se dio por entregado y otorgó carta de pago, finiquito y cancelación.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de hacer azúcar en su jurisdicción, como principal; el Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta y don Gaspar Rendón, dueños de hacienda de hacer azúcar y vecinos de esta villa, como sus fiadores; se obligan de pagar al fator [Factor] don Juan de Astros, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, del Asiento de Negros de las dos majestades, católica y de la Gran Bretaña, a saber 2 350 pesos de oro común en reales de resto del valor de trece negros y negras que el Bachiller don Andrés de Meza hubo y compró del citado asiento. Cantidad que señalan tienen recibida y pagarán en la siguiente manera: 1 000 pesos de la fecha de esta escritura en seis meses, y los 1 350 pesos restantes dentro de un año que corren de la fecha de esta escritura, llanamente y sin pleito alguno, pena de la ejecución y costa de su cobranza, por lo que principal y fiadores se obligan con sus personas y bienes habidos y por haber.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Marcos Rendón, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de San Lucar de Varrameda [Sanlúcar de Barrameda], hijo de don Alonso de Santiago y doña Juana Rendón, difuntos, otorga poder para testar al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Prespítero, su compadre, a Salvador de Mérida, su hermano y compadre, y a doña Estefanía Rodríguez, su mujer, a cada uno insolidum para que en el término que dispone la Ley 33 de Toro hagan y otorguen su testamento como les deja comunicado. Manda sea amortajado con el hábito de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano, y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa en la capilla de las Ánimas. Declara tiene diferentes cuentas con algunos vecinos de esta villa y fuera de ella las cuales constaran en su libro de caja y manda a sus albaceas las ajusten y liquiden, paguen y cobren el alcance que contra él resultaren. Señala tiene cuenta corriente con el Capitán don Gaspar Rendón, su hermano, manda a sus albaceas paguen lo que se debiere. Hace cinco años y meses contrajo matrimonio con doña Estefanía Rodríguez, quien no llevó dote alguna, y él tendría de caudal de 4 000 a 5 000 pesos, y han procreado a María Francisca, José Román y doña Rosa María. Declara por bienes, una casa en esquina que está fabricando y un rancho de labor en tierras de esta villa, de lo que se hará inventario. Nombra por sus albaceas testamentarios al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, don Salvador de Mérida y a doña Estefanía Rodríguez, nombra por sus herederos a sus hijos y a su mujer. Usando de la patria potestad, nombra por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos a su mujer Estefanía, relevándola de fianza.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJosé Beltrán, mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, y el Alférez Francisco López de la Rosa, mayordomo de la cofradía de Jesús Nazareno de las Tres Caídas, ambas de la parroquia de esta villa, vecinos de ella, acreedores a los bienes y trapiche del Capitán don Manuel Gómez Dávila difunto. Por la presente, otorgan poder especial al Licenciado don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, para que en nombre de dichas cofradías y representando su derecho, parezca ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y pida a su alteza se sirva que del procedido del remate del dicho trapiche se les paguen a las cofradías los réditos que se estuvieron debiendo hasta el día del remate.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, dueño de trapiche de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa de Córdoba, y don José Manuel de Castro, vecinos de ella, dijeron que el día 7 del presente mes se le remató a don José Manuel el trapiche de hacer azúcar nombrado San Antonio de Padua, que quedó por bienes de don Juan Rodríguez Durán, padre de dicho capitán, mismo que poseía sin título don Manuel Gómez Dávila, más que con solo la administración de él; el cual se le remató en 29 159 pesos y 6 reales, y sobre cuya propiedad el citado Nicolás Rodríguez ha estado siguiendo artículo contra los albaceas del citado Manuel Gómez, su tío, sobre que presentaren el título de propiedad. Y respeto a “que somos mortales” y solicitan la paz, quietud y sosiego de sus hijos y herederos, se han comprometido y ajustado en lo siguiente: El Capitán Nicolás, dijo que hizo renuncia, cesión y traspaso en don José Manuel de Castro de todos los derechos que tiene sobre la hacienda nombrada San Antonio de Padua. Es condición que si el Capitán don Nicolás ganase en el litigio que sigue sobre el trapiche nombrado San Antonio y su propiedad, no le tiene que pedir a Castro más cantidad que en la que se le remató, en caso de declararse como suya y mandársele entregar por los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y ha de ser obligado a mantenerlo en la propiedad de la hacienda como si por [él] en venta real se le hubiese celebrado escritura, quedando en la obligación de hacérsela buena y apartando a sus hijos y sucesores de la propiedad y derecho que a ella pudieren representar, dejándoles sólo el derecho de poder demandar la cantidad que quedase líquido pagado los acreedores que fueren o hubiesen sido del cargo de la hacienda del tiempo que la poseyó su padre. De cuya cantidad se le rebajarán 5 000 pesos que reconocerá a censo don José Manuel, los 3 000 a favor del convento de religiosas de descalzas de Santa Teresa de la ciudad de los Ángeles, 2 000 pesos a favor de la capellanía, cuyos cargos hoy se hallan sobre su hacienda nombrada Señor San José y cobrar como capellán el Bachiller don Nicolás de Barrios. Asimismo, 4 275 pesos que tiene a censo sobre las casas de su morada a favor de los menores hijos y herederos de don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor Perpetuo que fue de esta villa. Y José Manuel de Castro hará obligación y reconocimiento sobre la hacienda a favor de los menores y pagará sus réditos a finales de cada año, que empezaron a correr desde el día del remate; con declaración, de que si alguno de los menores se pusiese en estado dentro de dos años de la fecha del remate ha de ser de cuenta del Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila el pagar la cantidad que cada uno tiene de principal sobre la casa, y pasados los dos años, no poniéndose en estado cualquiera de los menores, al siguiente año se pusiesen en estado de casado o tuviese la edad competente dispuesta por derecho o ser sacerdote, don José Manuel le ha de entregar sus legítimas llanamente sin pleito alguno. Estando presente don José Manuel de Castro, se obligó a reconocer a censo en la forma y manera que van expresados, y a pagar sus réditos, junto con los réditos de los 4 275 pesos a favor de los menores del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, y que el principal con los 5 000 pesos antecedentes de la capellanía y religiosas, cargaría de principal sobre su hacienda nombrada San Antonio de Padua, y que si al tercer año se pusiesen en estado o tuviesen la edad competente entregará a los hijos y herederos del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente sus legítimas por entero, y también se obliga a que entregará al Capitán don Nicolás Rodríguez, luego que se halla [roto] remate por los señores de la Real Audiencia de esta Nueva España, un cofre grande que tiene demás la hacienda y 18 piezas de esclavos y lo que quedare debiendo, según el avalúo liquidando la cuenta, incluyéndose en ella los censos arriba expresados, lo que restare a deber lo ha de reconocer a censo sobre dicha su hacienda y pagará sus réditos al Capitán don Nicolás Rodríguez o a los herederos, y los costos del litigio han de ser dé cuenta del dicho don José Manuel de Castro.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, y doña Gertrudis López del Castrillo, su mujer, con expresa licencia del susodicho, ambos en mancomún, se obligan de pagar al convento del sagrado monasterio de religiosas de Nuestra Señora de la Concepción Regina Seli [Coeli] de la ciudad de la Antequera, valle de Oaxaca, a saber 3 000 pesos de oro común en reales, mismos que el convento les prestó en virtud de la licencia que antecede a esta escritura; cantidad que pagarán en cuatro años, con uno de hueco en que sólo se pagarán los réditos del principal, y en los tres siguientes en fin de cada año a 1 000 pesos cada uno que empezó a correr y contarse desde hoy día de la fecha en adelante. Para lo cual el Capitán don Juan Valero, hipotecó su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Señor Santiago y Señor San Miguel que está avaluada en 28 871 pesos, libre de censo, capellanía ni otro gravamen.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Fernández de Ávila, vecino de esta villa, dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción nombrado Nuestra Señora del Rosario, alías Venta Parada, otorga poder especial a don Felipe de Figueroa, mercader y vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona y derechos pueda vender a las personas que le pareciere, una negrita nombrada Andrea Gertrudis, criolla, que será de edad de catorce años más o menos, misma que hubo y compró por bienes del Capitán Sebastián Pérez Padrón.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO