El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de la villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de los Dolores, alías el Ojo del Agua, en esta jurisdicción, dijo que el 29 de enero del presente año otorgó [poder] a don Francisco Jerónimo Fernández de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que con su dita y crédito solicitara 1 000 pesos [roto], cuyo poder don Francisco lo sustituyó en don Antonio de Urrutia, Receptor de la Real Audiencia, quien en virtud de dicho poder solicitó 500 pesos a don Pedro Salgado de Zúñiga y Barros, mismos que no notificó al otorgante. Por lo cual, le revoca dicho poder y por la presente otorga poder especial a don Pedro Salgado de Zúñiga, vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial o extrajudicialmente de Antonio de Urrutia y de sus bienes, albaceas, herederos y de quien con derechos pueda y deba, a saber los 500 pesos del empréstito y 62 pesos de salarios de su cobranza. Con declaración de que si el susodicho hubiere recibido otros 500 pesos los aperciba y [roto] por entregado a su voluntad y entregue recibo en forma, y si por la cobranza fuere necesario contienda de juicio, haga pedimentos, requerimientos y demás que sea necesario.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOCAPITANES
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Don Gregorio Rendón, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, exhibió un testimonio de escritura de obligación fecha en la ciudad de los Ángeles a primero del corriente mes y año, cuyo testimonio al parecer se halla firmado del susodicho, por lo que pidió ante el escribano se registre en este libro de censos, y según se percibe parece haberse obligado dicho regidor como fiador de doña Josefa Gómez Dávila, vecina de dicha ciudad, viuda del Capitán don Antonio de los Reyes Ladrón de Guevara, asimismo, el Capitán don Manuel de los Reyes Ladrón de Guevara, vecino de dicha ciudad de los Ángeles, al seguro de 6 000 pesos común que por hacerle buena obra se le suplieron y prestaron en reales de contado a la dicha doña Josefa, de la obra pía de casar huérfanas que mandó fundar don Jorge Cerón Zapata, con obligación de réditos de 5 por ciento, y los tres juntos de mancomún se obligaron de pagar dicha cantidad de 6 000 pesos a la dicha obra pía y en su nombre al Licenciado don Gregorio Solano su administrador que al presente es y al que en adelante lo fuere; para mayor seguridad del principal y réditos doña Josefa hipotecó unas casas que posee en dicha ciudad de los Ángeles [roto] y don Gregorio Rendón hipotecó una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Nicolás Obispo, alias Cuichapa, fundada en 27 caballerías de tierras, lindadas por el poniente con tierras de los naturales del pueblo del Naranjal, por el poniente con tierras de la hacienda de Guadalupe pertenecientes a don Lope Antonio de Iribas, por el norte con las serranías de Posquautla [Poscuautla] y por el sur con río Blanco; y para que conste el registro de dicha escritura se asentó en este libro.
BERNARDINO DE TOVAR Y SOTELO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Muy Reverendo Padre Fray Felipe de Barbera, Prior actual del convento de San Hipólito y Hospital de la Santísima Trinidad, exhibió una escritura su fecha de 18 de diciembre de 1623, y pidió se registre en el presente libro de cabildo, en dicha escritura se percibe que el Capitán don José de Segura y Ceballos, vecino de esta villa, impuso y cargó a censo principal redimible 500 pesos de oro común en favor de dicho convento y hospital, sobre la casa de su morada situada en la calle que baja del convento del Señor San Antonio y baja a la Lagunilla, y se obligó a pagar dicho principal y sus réditos, cuyo testimonio quedó registrado.
DIONISIO SERRANO, JUEZ RECEPTORDon Juan Dávila Barrientos, vecino de esta villa, registró una escritura en la que parece que el Teniente don Pedro Pablo del Portal, vecino de esta ciudad los Ángeles, en voz y nombre de doña María Gertrudis Veristrain y Meza, vecina de la ciudad de Tehuacán, se obligó a pagar 6 000 pesos como albacea y tenedora de los bienes del Capitán de Infantería Española don Francisco de Meza [y Mendoza], quien lo fue y uno de los universales herederos del Licenciado don Andrés de Meza y Mendoza, su hermano, a favor de la obra pía y memoria que así se destinare por jurisdicción ordinaria a su patrono y administrador que fuere, cuya paga es a su cargo por haberla destinado dicho Licenciado don Andrés de Meza para un hospicio que se había de fundar entre Jamapa y Cotaxtla que no tuvo efecto y se ha de [roto] para la obra pía que así destinase; a cuyo seguro hipotecó una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Guadalupe, alias la Punta, que dicha su parte tiene y posee en esta jurisdicción.
IGNACIO DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco José Rodríguez de Abouza, vecino de esta villa, exhibió una escritura su fecha en la ciudad de los Ángeles a 10 de junio de 1740, y en dicha escritura se percibe que doña Juana Mozárabe y Sumbi, vecina de dicha ciudad, como a quien se adjudicaron varios bienes raíces de los que quedaron por muerte del Capitán don Francisco José de Morales y Torija, su marido, de quien fue albacea, vendió realmente a dicho Capitán don Francisco José Rodríguez un potrero cerrado compuesto de un sitio de tierra para ganado mayor, entre los pueblos de San Geronimo Zentla [San Jerónimo Zentla] y San Martín Tepatasco [San Martín Tepatlasco], y entre los dos ríos Xamapa [Jamapa] y Soquiapa [Zoquiapa], cuya venta se celebró en precio de 1 000 pesos, los mismos que quedaron sobre dicha tierra a favor de la vendedora, por lo que el comprador había de reconocer sus réditos; y de pedimento del otorgante fue registrada la presente escritura en el libro de censos.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Manuel Francisco García del Castillo, vecino de esta villa, uno de los Procuradores de Causas de la Audiencia Ordinaria de ella, exhibió un testimonio de escritura para que se registre en los libros de este cabildo, y en él se percibe que el Licenciado don Manuel José Rodríguez de Abouza y Meza, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, en virtud de poder que tiene del Capitán don Francisco José Rodríguez de Abouza, su padre, vecino de esta villa, le obligó al susodicho a dar y pagar a la capellanía de misas rezadas que instituyeron y fundaron don Francisco de Meza y Mendoza y doña Ana de la Plaza y Moral, y de la que es capellán propietario dicho don Manuel José Rodríguez, la cantidad de 3 000 pesos de oro común de principal, por otros tantos que pertenecieren al dote de dicha capellanía, y se le mandaron a entregar en nombre de dicho capitán don Francisco José Rodríguez, por modo de depósito irregular por decreto proveído de 14 de diciembre de 1745; de cuya cantidad se dio por entregado y se obligó a que pagará dicha cantidad en nueve años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento, y para el seguro de los referidos 3 000 pesos hipotecó una hacienda y trapiche del beneficio de hacer azúcar, el cual posee en esta jurisdicción con 6 caballería y tres lomas dilatadas de monta con sus cañas, esclavos y aperos; igualmente a dicho seguro hipotecó la casa de la morada de dicho don Francisco.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Manuel de Rosas, de esta vecindad, Procurador de Causas de esta Audiencia Ordinaria, exhibió copia de una escritura en la ciudad de los Ángeles de 22 de noviembre, y pidió su registró en el libro del becerro en que se asientan los gravámenes e hipotecas a que se hallan afectas las fincas de esta jurisdicción, y en dicho testimonio consta que el Capitán don Agustín Gutiérrez Navamuel, vecino y del comercio de dicha ciudad de la Puebla, en virtud del poder del Bachiller don Francisco Ángel de Rivadeneira, su tío, Clérigo de menores órdenes, Domiciliario en este obispado, subrogó, colocó y sustituyó en favor del sagrado convento de señoras religiosas de Santa Rosa de dicha la Puebla, 2 000 pesos de principal a censo redimible, obligándose a pagar al mayordomo que es de dicho convento o en el que adelante lo fuere.
JOSÉ MATEO NAVARRO, JUEZ RECEPTORDon Pedro de Solís y Padilla, vecino de ella, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió testimonio de una escritura a efecto de que se registre en este libro, y en él consta haberlo otorgado doña María Gertrudis de Veristrain y Meza, viuda del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, vecina y labradora en jurisdicción de la ciudad de Tehuacán, su data a 23 del próximo pasado, y que confesando haber el expresado su marido en una de las cláusulas de su testamento ordenó que se dieran de limosna para ayuda de la fábrica material del convento hospital Señor San Juan de Dios, y en el caso de tener efecto su formación en dicha ciudad, la cantidad de 6 000 pesos de oro común, los 4 000 pesos que dejó impuestos a censo principal redimible sobre dos trapiches y los 2 000 restantes que se sacarán del importe de los suyos. Y en atención a que con la relacionada cantidad se fundó el hospital en la expresada ciudad de Tehuacán y con ello la llegada de los religiosos del Sagrado Orden del Señor San Juan de Dios para su asistencia desde agosto de 1744; en ese sentido el 26 del dicho mes y año la expresada otorgante hizo cesión en favor de dicho convento hospital de los enunciados 4 000 pesos que su marido dejó de principal, y para completar la determinación del susodicho también impuso los 2 000 pesos restantes sobre su hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, alias la Punta, la cual posee por suya propia en esta misma jurisdicción. Y porque una de las calidades del citado instrumento fue el que los réditos de 5 por ciento de los referidos 2 000 pesos habían de comenzar a correr desde que estuviera puesta la enfermería en dicho hospital para recibir enfermos, y respecto a haberse verificado desde el 15 de octubre de 1744 hasta el presente, pagando anualmente los 100 pesos que corresponden a dicho principal; por tanto, el Reverendo Padre Fray Jacinto Quiñones, actual Prior de dicho convento hospital, le ha pedido a la susodicha el que haga reconocimiento en forma de los relacionados 2 000 pesos; quien otorgó que sobre el expresado trapiche de Nuestra Señora de Guadalupe reconocía los 2 000 pesos en favor de dicho sagrado convento hospital, obligándose a pagar a su reverendo actual prior o al que en adelante fuere sus respectivos réditos anuales, y para seguridad del principal hipotecó la referida hacienda.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO“El Licenciado don Pedro Jerónimo Laso, Clérigo Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles, exhibió un testimonio de una escritura a efecto de que se registre en este libro, y de él consta haberla otorgado doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda de don Miguel Navarro, que antes lo fue del Capitán don José de Carvajal y Contreras, su data a 2 de mayo del presente; y que la susodicha en conformidad de haber don José Nicolás de Luque, vecino de la ciudad de a Puebla de los Ángeles, en virtud de poder de doña Ana [Francisca] Margarita de Iribas Dávila, vecina de esta villa, viuda del Factor [roto] Lorenzo de la Torre, confesando haber recibido del Capitán don Ignacio de Eguren, vecino de la expresada ciudad, la cantidad de 1 000 pesos en reales de contado a que se hallaba obligado en favor de la capellanía de misas rezadas que se ha de fundar y a cuyo título se ordenó dicho Bachiller don Pedro Jerónimo Laso; y dándose por entregado de ellos a su satisfacción, cedido, transferido y traspasado en dicho favor de la mencionada capellanía, expresado capellán, y de los demás sus capellanes y patrones, 1 000 parte de los 1 500 de un censo a que en favor de la expresada doña Ana se halla afecta y grabada la hacienda de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción y unas tierras pertenecientes a la expresada doña Gertrudis; consintiendo en que los reconociese en el asentado favor de dicha capellanía, los reconoció sobre las prenotadas tierras, que es un sitio para ganado menor, en favor de este censo y sobre dicha su hacienda, obligándose a darlos y pagarlos cuando los quite y redima; y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento”.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, vecino republicano de esta villa, de su comercio, y Sotasíndico del convento de San Antonio de religiosos Descalzos de Nuestro Seráfico Padre Señor San Francisco, hizo exhibición de un testimonio de una escritura de imposición de censo otorgada por don Miguel de Salas, vecino de esta villa, para que se registre en este libro corriente de censos, por la cual consta que el referido don Miguel se obligó a reconocer a censo principal redimible la cantidad de 720 pesos que recibió del expresado Capitán don Ambrosio, a favor de los 600 de ellos de la fiesta anual que en el expresado convento de Señor San Antonio se celebra y acostumbra hacer en honras y memoria de los Dolores de la Santísima Virgen María Nuestra Señora, conforme a la voluntad de doña Josefa Gómez Dávila, quien para este piadoso destino dejó determinado se impusiese de sus bienes; y los 120 restantes a favor de una misa, que con el rédito se ha de cantar cada año en dicho convento al Glorioso San Francisco de Paula, según disposición de doña Gertrudis María del Castillo de Altra. Y dicha cantidad de 720 pesos la situó a censo principal redimible sobre el valor y precio de una casa, la cual se compone de sala, recamara, tienda, bodega, zaguán, dos hornos de pan coser y un pozo, fundado todo en medio solar de tierra propia, con 25 varas de frente y 50 varas de fondo, ubicado en esta villa, y se obligó a satisfacer los réditos correspondientes de 5 por ciento en cada un año.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO