El Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Pava, Cura Beneficiado pos Su Majestad Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico, otorga poder especial al señor Capitán don Lope de Yribas [Iribas], Alcalde Mayor y Capitán a Guerra por Su Majestad de esta villa y del partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], y a Juan Rodríguez de la Muela, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezcan ante los señores jueces oficiales reales de la Real Hacienda y Caja de la ciudad de México y pidan se le pague al otorgante los pesos que le debe Real Caja por concepto de salario como cura beneficiado, por el tiempo de seis años desde 1672.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALCAPITANES
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Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo por Su Majestad en esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de los Propios y Rentas, nombrado por el muy Ilustre Cabildo de ella, otorga que da en arrendamiento a Diego Ventura, pardo libre, vecino de la jurisdicción de esta dicha villa, un tercio de caballería de tierra laborea en el paraje nombrado los Barbechos, que por una parte linda con tierras de propios de esta villa, por otra con tierras de Sebastián de la Cruz; por el norte con Diego de la Cruz, indio de San Juan de las Casillas; por el sur con el rancho del Licenciado don Salvador Martínez. El arrendamiento es por tiempo de nueve años, en precio cada uno de 4 pesos y 5 reales, bajo las condiciones siguientes: La primera que no ha de sembrar caña dulce ni haber casas de cal y canto; ni meter otras personas; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo.
JUAN VALERO GRAJEDA, JUEZ RECEPTOREl Cabildo, Justicia y Regimiento de esta muy Noble y Leal villa de Córdoba, a saber el Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Graxera, Alférez Real y Alcalde Ordinario de primera elección; don Raphael [Rafael] de Leyva [Leiva], don Gaspar Rendón y don Fernando [de] Carvajal todos regidores perpetuos, otorgan que dan su poder al Capitán don Lope Antonio de Yribas [Iribas], Regidor perpetuo y Depositario General de Su Majestad, Procurador Mayor del Ilustre Cabildo de esta villa, para que en nombre de ellos y de este Cabildo, demande, reciba y cobre judicial y extrajudicialmente de todas y cualquier personas de cualquier estado o calidad, las cantidades de pesos que por razón de los propios y renta de dicha villa y sus tierras estuvieren debiendo hasta el día de hoy. También para que siga y acabe cualquiera de sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
PEDRO FERNÁNDEZ DE VES Y SEGURA, JUEZ RECEPTORJuan García de Miranda, vecino de esta jurisdicción de San Antonio Huatusco, administrador y podatario de [roto] otorga que ha recibido del Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano 1 200 pesos de oro común, que por hacerle buena obra le ha suplido para el avío y pertrechos del dicho trapiche que tiene en administración, los cuales pagará en la ciudad de la Nueva Veracruz al Alférez Juan Hurtado de Mendoza, Provincial y Regidor de ella, para fin del mes de diciembre del presente año, por cuenta de dicho Sargento don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor.
LUIS PALOMINO RENDÓN, ESCRIBANO REALJuan de Escalona, vecino de este pueblo de San Juan Coscomatepec, como principal deudor y obligado, el Capitán José de Álvarez Ricard[roto], vecino y labrador de la provincia de Tepeaca, como su fiador, otorgan que deben y se obligan a pagar a Felipe de Ábrego Tenorio, vecino de dicho pueblo, 200 pesos de oro común, que por hacerle buena amistad le ha prestado, lo cual pagarán para fin de mes de agosto del presente año.
LUIS PALOMINO RENDÓN, ESCRIBANO REALJuan Riaño, vecino de esta villa de Córdoba, declara que compró al Capitán Juan de la Carra, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, un negro bozal, sin bautizar, cataluango [sic] de edad de ocho años, marca de fuego en un brazo, por precio de 200 pesos de oro común. Asimismo, declara que dicho esclavo lo compró para doña María de la Parra y Oliveros, vecina de la ciudad de los Ángeles, por lo cual todo el derecho que ha adquirido por la compra, lo renuncia y traspasa a la citada María de la Parra.
PEDRO LÓPEZ DEL CANO, JUEZ RECEPTOREl Capitán Joseph [José] Rodríguez, vecino de esta jurisdicción, otorga que da su poder al Bachiller Antonio Téllez de Acuña, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre comparezca ante el Juzgado General de Bienes de Difuntos, y demande de los bienes que quedaron por fin y muerte del Alférez Francisco Sánchez, la cantidad que le era deudor.
PEDRO LÓPEZ DEL CANO, JUEZ RECEPTOREl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, como albacea testamentaria y tenedor de bienes de su difunta esposa, doña Juana Gatica y Aguilar; y el Señor don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, del Consejo de Su Majestad, Alcalde de Corte de la Real Sala del Crimen de la Audiencia de México, como marido legítimo de doña Águeda María de Solís y Gatica, hija legítima de dicho alguacil mayor y de doña Juana Gatica, de quien es heredera universal; dijeron que han acordado que don Gregorio Martínez de Solís se quede en poder y dominio de 60 000 pesos correspondientes a la legítima materna de doña Águeda, por lo cual éste se obliga a pagar a don Juan Antonio de la Veguellina de la siguiente manera: 8 000 pesos en reales de contado y los 52 000 pesos restantes, en el término de nueve años 10 000 pesos y los 42 000 pesos en el término de quince años, a partir esta fecha, con sus réditos a razón de 5 por ciento anual mientras se los acaba de pagar; y dándole a don Juan Antonio de la Veguellina: dos negrillos de catorce a quince años, dos candeleros, un pichel, una fuente y doce platillos, todo en plata, lo cual aparece en los inventarios.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOManuel de Espinosa de los Monteros, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el día 30 de julio de 1711 el Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila le otorgó poder general, el cual por la presente substituye en cuanto a la cobranza en esta villa y no más, en el Sargento Miguel de Salcedo, vecino de esta villa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, nombrada Santa Teresa, dijo que por el mucho amor y voluntad que le tiene a doña María Nicolasa de Bistrain Dávila, su sobrina, viuda del Alférez Antonio Miguel, vecino que fue de esta villa, y por la asistencia que le hizo dicho su marido en su enfermedad, digno de remuneración, otorga le hace gracia y donación a la susodicha de una esclava negra de su propiedad, nombrada Bernarda, criolla, mayor de doce años de edad, para que por siempre pueda disponer de ella a su voluntad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO