El lic. Don Nicolás de Sedano y Mendoza, beneficiado del partido de Misantla, dio su poder cumplido al Lic. Pedro de Esqueda , Clérigo, vecino del a ciudad de los Angeles, y al Capitán Don José de Ceballos y Burgos, dueño de este ingenio, para que en su nombre pidan y demanden cualesquiera cantidades de pesos en oro, joyas, esclavos y mercaderías que le debieren y de lo que recibieren otorguen las cartas de pago, y generalmente, para en todos sus pleitos , causas civiles y criminales que tuviere con otras personas.
CAPITANES
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El Capitán Don Francisco Maraver y Padilla, Alcalde Mayor de Jalapa, habiendo visto lo pedido por el gobernador, alcaldes y oficiales de la república de este pueblo, la información por ellos dada y la hecha por su merced de oficio, les concedió licencia par que otorguen la escritura de venta a censo del mesón propiedad de la comunidad.
El Capitán Don José de Ceballos y Burgos, dueño de este ingenio, se obligó a pagar al Padre Lector Fray Juan de Córdoba y al Padre Procurador Fray Alonso de Cordóba, religiosos del Señor Santo Domingo de la ciudad de Los Angeles, como albaceas tenedores de los bienes de Juan de Córdoba, vecino de la dicha ciudad, y como albacea heredero de su hermano Alonso de Guiterrez de Ceballos, 840 pesos de oro común; los 800 que por cláusula del testamento de Alonso Gutierrez de Ceballos confesó deberle al dicho Juan de Córdoba, y los 40 pesos de réditos de un año, a razón del cinco por ciento, para de hoy día de la fecha en un año cumplido.
Don Vicente Mendoza, declara ser soltero, natural de México, bautizado en la parroquia de Santa Catarina Mártir, vecino de la del Sagrario de la misma ciudad, Capitán Graduado del Batallón de Toluca, desde hace dos meses residente en esta ciudad de Xalapa, hoy acampado entre esta ciudad y la de Veracruz, hijo legítimo de don Gabriel de Mendoza y de doña Petra Castañeda, de treinta años de edad. Dijo que en honra y gloria de Dios y para su santo servicio está tratando de casarse in facie ecclesiae con doña Gertrudis Sánchez, doncella de veintiocho años, natural de Tulancingo y desde pequeña avecindada en México, en la parroquia de la Santa Veracruz, hija legítima de padres difuntos, a cuyo clero no puede concurrir personalmente por hallarse como ha dicho acampado y a larga distancia de la ciudad Federal y para que por este motivo no deje de tener efecto, otorga poder especial a su hermano, don Macario Mendoza, residente en la expresada ciudad Federal, para que en su nombre se despose por palabras de presente que constituyen legítimo y verdadero matrimonio con dicha doña Gertrudis.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOIgnacio María de Aspíroz, Capitán del duodécimo regimiento de caballería residente en esta ciudad, otorga poder a su legítima esposa doña Teresa Blanco, residente en la ciudad de Orizaba, para que parezca ante alguno de los escribanos o jueces de aquella población o ante quien corresponda, prestando su consentimiento a fin de que sus coherederos tomen cualesquiera cantidades de pesos hasta la de 20 000, con hipoteca especial y expresa de la casa número 561 sita en la calle de San Juan de Dios de Veracruz, perteneciente a los bienes que dejo su señor padre, don Juan M. Blanco, proindiviso hasta el día, concurriendo al efecto de las escrituras correspondientes.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOEl Señor Intendente Honorario de Provincia don Antonio Abad Iberri, de esta vecindad, otorga poder general a su hijo don Nemesio Iberri y Fonseca, Coronel retirado y Jefe de Departamento de esta ciudad, para que en su nombre promueva todos lo conducente al giro y conclusiones de todos los asuntos que tiene pendientes. Para que administre y defienda los bienes vinculados y libres de su nieto el Capitán de Caballería don José María Castillo Iberri, a cuyo cuidado se hallan en clase de tutela.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODoña María Josefa Fernández de Ulloa, viuda, albacea testamentaria y tenedora de bienes del Capitán don José de Arias y Torija, de esta vecindad, otorga poder especial al Excelentísimo Señor don José Ignacio de Ansorena, Ministro Superior de Justicia del Estado, para que en nombre de la otorgante, representando su propia persona y los derechos y acciones de sus hijos los herederos del señor Arias, prosiga todos los negocios de la testamentaria, así como, el juicio de inventarios hasta concluirlos, formar la cuenta de división y partición, hacer pagos y cobranzas. Asimismo, para que venda la casa situada en la calle del Beaterio de esta ciudad, perteneciente a dicha testamentaria.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODoña María Josefa de Herrasti y Alba, viuda, de esta vecindad, dijo que su hija doña Josefa Ramona Díaz de Oronoz, por liquidación de cuentas que tuvo con el Capitán don Francisco Blanco, vecino de Puebla, le salió debiendo 1 900 pesos procedentes de la negociación entablada con doña María de la Luz Blanco y que se expresa en la escritura de fianza que otorgó don Toribio Díaz de la Serna, el 6 de julio de 1831, y como éste falleció pidió el acreedor a la deudora le caucionase su crédito a favor del expresado Blanco, con persona de su satisfacción. Y habiéndose conformado con fianza de la que habla, otorga que fía a su citada hija doña Josefa Ramona Díaz de Oronoz, de tal modo que, si no pagara a Blanco los citados 1 900 pesos y lo demás que adelante apareciere a su favor, pagará por ella la otorgante. Y para mayor seguridad hipoteca una casa que posee en la calle de Belén de esta ciudad.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODoña María Gertrudis Jiménez, viuda de don Cayetano Santos Roldán y sus hijos don José María y doña Josefa Santos Roldán, dijeron que en el año de 1825, el capitán don Manuel Santos Roldán, hijo legítimo de los primeros y hermano de los segundos, dio al citado su padre 600 pesos para componer una casa, que poseía en esta ciudad, situada en la calle que va para el Molino de Pedreguera con su frente al sur y linda por el oriente con casa de don Jacinto Álvarez; por el poniente con casa de doña Teresa López y por el norte con solar de Luz Jiménez. Y que por las ausencias del citado don Manuel no habían podido otorgar ningún instrumento para asegurarle esa cantidad; pero que, habiéndose presentado la oportunidad por hallarse de paso en esta ciudad, han deliberado en concertar la presente; por la cual, otorgan que deben, al citado capitán don Manuel Santos Roldán, la cantidad de 600 pesos, los cuales le pagarán cuando haga la partición de los bienes que se hallan pro indivisos. Y para mayor seguridad de este deudo, hipotecan la repetida casa. Y el derecho, que tiene a la referida casa, lo cede en beneficio de su señora madre doña María Gertrudis Jiménez, para que, si en algún tiempo estuviese necesitada, pueda vender la casa y aprovecharse de las utilidades que como acreedor y heredero de su difunto padre le corresponden. Y en defecto por fallecimiento de su señora madre, cede estos derechos en favor de sus sobrinos: José Joaquín, José de Jesús y Francisca Garrido, todos hijos de su hermana doña Josefa y su difunto marido don Rafael Garrido.
JOSÉ FRANCISCO RIVADENEIRA, ALCALDE CUARTO CONSTITUCIONALDon José María Valero, de esta vecindad, otorga que vende realmente a Francisco Barrios y Luciana Arcos, su mujer, una casita, de edificio bajo de paredes, cubierta de madera y teja construida en sitio que le compró a Andrea Dorotea Hernández, como viuda y albacea del Capitán Francisco Javier López, como consta la escritura otorgada en esta ciudad, el 14 de mayo de 1805. Dicho sitio tiene de ancho de sur a norte 16 varas lindando por poniente con la calle que de la del Sindicado va para las piletas de Jalitic [Xallitic]; por norte con casa y solar de los herederos de Manuel González; por el sur con la callejuela que va para el puente que llaman de Los Lagos y por oriente hasta orillas de la Acequia o derrame de las aguas de Jalitic [Xallitic], como se explica en dicha escritura y que aunque en ella se relaciona que el padre del relacionante era el que tenía construida una casilla en ese sitio, dicha casa se arruinó y así es que la que ahora existe es labrada a expensas del comparente; y como dueño de dicha casita, otorga que la vende en precio de 350 pesos. Finalmente estando presente el nominado Francisco Barrios otorga que acepta tal y como se halla extendida dicha acta y confiesa que el dinero, con que ha hecho la compra y los gastos relativos a ella, es perteneciente a María Luisa González, madre de Luciana Arcos, esposa del comprador, a cuya disposición queda la casa comprada.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO