Don Francisco Pérez de Arellano, vecino de la Jurisdicción de la Antigua Veracruz, informa que por subasta publica y remate de abasto de carnes de esta cabecera, se obliga a dar 6 libras de toro o novillo por un real y 22 onzas de carnero por otro real en esta cabecera, en sus Ramos a 4 libras de toro o novillo por un real y de carnero 22 onzas, nombrando como fiadores al Capitán Juan Antonio de Zavalza y a don Laureano Fernández de Ulloa, vecinos del pueblo de Jalapa, quienes se obligan a pagar 100 pesos anuales para la obra del desagüe de Huehuetoca, 35 pesos anuales al Sargento Mayor de este Obispado, dar la limosna un real de carne todos los días de carnal al convento de San Francisco y otro real de carnero para los pobres todos los días.
CAPITANES
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Los Capitanes Juan Antonio de Zavalza y Antonio Ribot, el Alférez Tomás García, los Tenientes Lucas Rosete, Francisco de Arellano y Bartolomé de Borja, junto con los demás oficiales de Gobierno del pueblo de Jalapa, de donde son vecinos, otorgan poder general al Capitán Gaspar de Olavarrieta, al Teniente Bartolomé Salvo, al Alférez Bernardo de la Fuente y a Pedro de Senande, vecinos de este pueblo, para que los representen en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
El Capitán Manuel de Olmedo, vecino del pueblo de Jalapa, vende a Isabel de Castro, viuda de Pedro Romero, una casa de madera, embarrada de cal y cubierta de tejas, con su sitio de 14 varas de frente y 23 varas de fondo, linda al norte con la calle de la Caridad y casa de Domingo Díaz Mier, al oriente con casa y solar que fue de Bernabela Antonia Montiel, al sur con solares de Pedro Montiel y al poniente con solar y casa de Joaquín Felipe Sarmiento, al precio de 120 pesos.
Don Manuel Rivero Cordero, Capitán y Maestre del navío “Nuestra Señora de Begoña”, otorga poder general a don Pablo Navales, Primer Piloto de dicho navío, para que en calidad de Capitán y Maestre, administre dicho navío, por la imposibilidad del otorgante para viajar, ya que debe quedarse al frente del cobro de fletes del llamado, “El Gallardo”, propiedad de su casa y compañía.
Don Diego Oros, Teniente Coronel del Regimiento de Dragones de España, residente en esta Villa, apoderado del Capitán de Milicias retirado don Francisco Agustín Blanco para la venta de una esclava prófuga de nombre María Agustina, mulata, a quien encontraron en esta Villa refugiada en la casa de don Ignacio José Justiniano, Escribano Real, quien ha tratado de comprarla y por la presente vende a dicho escribano la mencionada esclava en precio de 150 pesos.
Doña Andrea Dorotea Hernández y doña Gertrudis López, viuda y sobrina respectivamente del Capitán de la Compañía de Pardos Francisco Javier López, sus albaceas testamentarias según cláusula del poder para testar que confirió en esta Villa, y en uso de dicho poder venden a don José Ignacio Pavón y Muñoz, del comercio de la Nueva Veracruz, una casa situada en la Calle Nueva con 14 varas 2/3 de frente, que lo hace hacia el sur con la boca del callejón que baja al del Diamante y casa esquina de doña Rita Morales; y 88 varas de fondo que lo hace al norte con el pasadizo o camino que va para el aguaje de Xallitic, por donde cruza el desperdicio de aquéllas y otros manantialitos a su frente. Por el costado del oriente linda con solar de las señoras Acosta o Rodríguez y al poniente con casa nueva de don Juan Antonio Figueiras. La vende en 3 300 pesos, 1 900 de contado y 1 400 que reconoce en parte de una capellanía que mandó fundar doña Paula Barradas [Meléndez].
Don Miguel Ignacio de Miranda, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, albacea testamentaria de su difunta hermana doña Mariana de Miranda, otorga poder especial a don Juan José Patrón, en primer lugar, y en segundo a don Bartolomé de Elexalde, ambos vecino de la Ciudad de la Habana, para que en su nombre como tal albacea se presenten a recaudar los intereses que haya por esta causa en poder de don Andrés Jáuregui, de la misma vecindad, pertenecientes a don Juan Ignacio Bustillos, Capitán de navío que fue de la Real Armada, por la parte que recibió de dote de su esposa y mi sobrina doña María Josefa de Medina y Miranda, hija de la citada su difunta hermana.
Don José Ignacio de Urquide [José Ignacio de Urquidi], Capitán del Regimiento Veterano de Infantería de Puebla, y don Juan de Urquide [Juan José de Urquidi], Teniente del Regimiento de Infantería de la Corona, hermanos, otorgan poder general a don Fernando Sánchez Pareja, vecino y del comercio de Guadalajara, para que en sus nombres cobre a todas las personas que les deban. Así como también, para que los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, especialmente en el juicio de apelación que tienen interpuesto ante la Real Audiencia de Guadalajara, sobre cantidad de pesos que se les demanda en virtud de un compromiso o fianza que el difunto abintestato don Ramiro Vázquez hizo a favor de don Urbano de la Torre, del comercio de Durango, para que este supliera a don Tomás Balmaseda, una memoria de efectos que ascendió a 7,000 pesos, y como el citado Vázquez era apoderado de los otorgantes, en consorcio de su hermano don Marcos, para la administración de una hacienda, les ha demandado exhibir este adeudo, resistiéndose por no haber sido con consentimiento de los otorgantes.
Don Juan Esteban de Elías, don Anastasio Cruz, don Juan Bautista Guido y don José Antonio Domínguez, por sí y prestando voz y caución de grato rapto por don [José] Mariano de Osorio, vecino de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, como fiadores que son de la Colecturía de Diezmos de la Cordillera de esta Villa, que fueron a cargo del difunto Capitán de Milicias, don José de la Fuente, otorgan poder especial a don Cristóbal Rendón Palomino, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que en sus nombres como fiadores del enunciado difunto los represente en los autos de su testamentaria por el descubierto que sobre la enunciada fianza han experimentado.
Don José Ignacio de Urquidi, Capitán del Regimiento de Infantería de la Ciudad de la Puebla, y don Juan José de Urquidi, Teniente de la Corona de Nueva España, nombraron al Licenciado Manuel Taboada, vecino de México, como apoderado de ellos para que se ocupe de sus negocios en Durango, a quien le asignaron la cantidad de 2 000 pesos anuales, cada uno de ellos aportará 300 pesos por los viajes necesarios a México, Durango o de este lugar a Guadalajara, de igual forma le pagarán su retorno a México una vez que concluya sus negocios. También es condición que si antes del tiempo fijado terminase su negocio, se le pagará el sueldo completo de un año; en caso contrario, sólo se le seguirá apoyando con los 300 pesos hasta que concluya sus asuntos, y no se le revocará el poder que se le otorgó.